Decreto 01 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Culiacán, Sinaloa

Fecha de publicación26 Febrero 2014
EstadoSinaloa
MunicipioNavolato
8 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 26 de Febrero
de
2014
EL
C.
LIC. MIGUEL ENRIQUE CALDERÓN QUEVEDO, Presidente Municipal
de
Navolato, Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que
el
Ayuntamiento
de
este Municipio, por conducto
de
su
Secretaria,
ha
tenido a bien comunicarme para los efectos
correspondientes,
lo
siguiente:
Que en sesión de cabildo 04/14 celebrada con carácter
de
extraordinaria el dla siete de febrero del ano dos mil catorce,
el
Ayuntamiento
de
Navolato, en ejercicio de las facultades conferidas
en
los artlculos 115 fracción
11
de
la
Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos , articulo
125
fracci
ón
11 de
la
Po
lítica del Estado
de
Sinaloa, articulo 27, 79,
80
,
81
y
82
de
la
Ley de Gobierno Municipal del Estado
de
Sinaloa y articulo
93
fracción 1 del Reglamen.to Interior del Ayuntamiento de
Navolato, tuvo a bien aprobar
el
REGLAMENTO INTERNO
DE
LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA DEL MUNICIPIO
DE
NAVOLATO, con base
en
la
siguiente:
EXPOSICIÓN
DE
MOTIVOS
El
Ayuntamiento, conformado
po
r
el
Presidente Municipal,
el
Sindico Procurador y los Regidores , constituye el órgano
de
administración del Municipio y como tal ,
en
el
desempello
de
sus
funciones deben actuar conforme a derecho y
en
oficio y
beneficio de
la
comunidad.
El
Reglamento Interno
de
la
Administración Pública del Municipio
de
Navolato contiene las normas por las cuales
ha
de
conducirse
la
vida institucional del Ayuntamiento, asi como l
as
facultades y obligaciones de quienes
lo
integran.
Que con
la
finalidad
de
lograr que
el
ejercicio de
la
administración pública municipal
sea
más eficiente y que
se
refleje
en
beneficios para
la
sociedad navolatense , haciendo
un
profundo anál isis
en
la
necesidad para que
se
mejore
la
prestación de
los
servicios públicos que
el
gobierno municipal tiene encomendados para mejorar
la
calidad
de
vida de sus habitantes,
es
por
lo
que
se
ha
decidido incluir
en
el Reglamento Interno de
la
Administración Pública del Municipio de Navolato
la
figura del administrador
municipal, a efecto
de
que éste,
en
coordinación
con
las diversas unidades administrativas implementen politicas públicas
tendientes a mejorar
el
desempello
de
las mismas,
lo
cual
se
traducirá en
la
prestación
de
un
mejor servicio y atención oportuna a
la
ciudadanla.
La
instrumentación
de
la
figura del administrador municipal
le
da
sustento a
la
voluntad ciudadana de consolidar
una
visión de
largo alcance que garantice y
le
de
permanencia a dicha voluntad ciudadana.
De
esta manera
la
administración municipal
se
enfocara a
la
prestación de los servicios públicos municipales que cons agra a favor del ciudadano
el
articulo 115
de
la
carta
magna.
Asi,
en
ejercicio de
la
facultad reglamentaria que
la
fede
ral y local nos confiere,
se
presenta
el
Reglamento Interno
de
la
Administración Pública de l Municipio de Navol
ato
, conforme
al
siguiente texto :
DECRETO MUNICIPAL
01
REGLAMENTO INTERNO
DE
LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO
DE
NAVOLATO
CAPÍTULO!
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo
1
.-
El
Municipio
de
Navolato, Sina l
oa
,
es
una
Institución política y jurídica, constituido por una comunidad
de
personas
establecidas en
un
terrttorio determinado, autónomo
en
su
gobierno interior y
en
la
administración
de
su
hacienda, con las
facultades y limitaciones establecidas
en
la
Constituc
ión
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en
la
Constituci
ón
Política del
Estado de Sinaloa y demás Leyes emanadas de aquella s.
Articulo
2.- Para los efectos de
es
te ordenamiento
se
entenderá por:
Administración Pública Munlclpal:
La
Administración Pública del Municipio
de
Navolato, Sinaloa .
Administrador: Administrador Municipal.
Ayuntamiento:
El
Ayuntamiento
de
Navolato, Sinaloa .
Código
de Ética:
El
Código de Etica para Servidores Públicos del Municipio
de
Navolato, Sinaioa.
Auditoria Superior del Estado:
La
Auditoria Superior del Estado
de
Sinaloa.
Ejecutivo
del
Estado:
El
Gobernador Constitucional del Estado
de
Sinaloa.
Congreso
del
Estado:
El
Congreso del Estado
de
Sinaloa.
Ley
de
Ingresos:
La
Ley de Ingresos del Municipio
de
Navolato, Sinaloa .
Municipio:
El
Municipio de Navolato, Sínaloa.
Miércoles 26 de Febrero de 2014 «EL
EST
ADO
DE
SIN ALOA»
Presidente Municipal:
El
Presidente Municipal
de
Navolato, Sinaloa .
Presupues
to
de Egresos:
El
Presupuesto Anual de Egresos del Municipio de Navolato, Sinaloa .
Reglamento:
El
Reglamento Interno de
la
Administración Públ
ica
del Municipio de Navolato .
9
Unidades Administrativas: Las Direcciones , Coordinaciones, Departamentos y Organismos Paramun icipales que confonnan
la
Administración Pública del Municipio
de
Navolato, Sinaloa.
Estado:
El
Estado Libre y Soberano de Sinaloa.
Sindico: Síndico Procurador.
Slndicos: Sindicas Municipales .
Articulo
3.-
El
presente Reglamento tiene por objeto fundamental establecer y organizar
la
estructura y
el
funcionamiento
de
la
Administración Pública centralizada del Municipio de Navolato, precisando las facultades y obligaciones de los titulares
de
las
dependencias y Organismos Públicos Municipales,
en
los términos
de
lo
ser'lalado por
el
Capítulo XIV, relativo "
De
la
Potestad
Reglamentaria", de la Ley de Gob ierno Municipal del Estado
de
Sinaloa,
de
acuerdo a los Articules
79
,
80
,
81
y
82
.
Articulo
4.- Fonnan parte de
la
Administración Pública Municipal:
l.
Los Dependencias y Organismos Municipal
es
citados
en
el presente reglamento .
11
. Los Organismos Descentralizados y Paramunicipales que establezca
el
Ayuntamiento, para atender asuntos
especificos
de
la
gestión Municipal.
111.
Las Unidades de Servicios Municipales que
se
establezcan de acuerdo a l
os
requerimientos
de
orden
geográfico, económico o administrativo del Municipio.
IV.
Las Comisiones, Patronatos o Consejos
de
carácter temporal o permanente, a los que
se
les asignen
funciones de estudio , planeación y ejecución de asuntos del orden público municipal.
CAPÍTULO
11
DE
LAS ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDAD
ES
GENÉRICAS
DE
LOS TITULARES
DE
LAS DEPENDENCIAS Y
UNIDADES ADMINISTRATIVAS
Art
í
culo
5.-
Al
tomar posesión
de
su
cargo, los titulares de las Dependenci
as
y Unidades Administrativas mencionadas en este
reglamento, deberán levantar
un
inventario
de
los bienes que
se
encuentran bajo resguardo de las mismas, debiendo registrar
dicho inventario en
la
Dependencia y Aéreas responsables del control
de
los Bienes Municipales,
la
que verificará
la
exactitud del
mismo.
De
igual manera ,
al
separarse de sus cargos deberán entregar las oficinas y demás elementos materiales
de
trabajo, de
acuerdo
al
procedimiento que para tal efecto señale el Administrador
Mun
icipal,
la
Dirección de Contraloria Interna dependiente
del Sindico Procurador,
la
Ley
de
Entrega Recepción de los Asuntos y Recursos Públicos del Estado
de
Sinaloa y
el
Reglamento
Municipal que exista para tal efecto.
Articulo
6.- Los Titulares de las Dependencias y Unidades Administrativas que señale el presente reglamento serán directamente
responsables
de
los bienes muebles que obren en
el
espacio fisico que ocupen sus oficinas,
as
l como los respectivos vehlculos a
su
cargo, los cuales serán registrados
en
el
Departamento
de
Bienes Muebles adscrito a
la
Dirección de Administración
dependiente del Administrador Municipal.
Articulo
7.- Los Titulares de las Dependencias y Unidades Administrativas que señala
el
presente reglamento, participarán
en
el
diser'lo y elaboración
de
los proyectos de reglamentos o acuerdos, cuyas materias correspondan a sus propias atribuciones y que
coadyuven a
un
mejor desemper'lo
de
sus actividades y programas dentro
de
la
gestión gubernamental.
Articulo
8.- Los Titulares de las Dependencias y Unidades Administrati
vas
deben conocer aquellas disposiciones legales del
orden Estatal y Federal , asl como
la
reglamentación del Municipio
de
Navolato, que tengan relación directa con sus funciones y
atri
bu
ciones.
En
todo momento los funcionarios son responsables
de
ajustarse
al
Programa Operativo Anual y
con
ello
al
ejercicio
de
los
recursos contenidos
en
el
presupuesto autorizado por
el
Ayuntamiento.
En
caso de requerir ajustes
al
programa y/o presupuesto,
se so
licitara
la
reasignación correspondiente según los procedimientos establecidos para ello cuando
el
caso
lo
requiera, obtener
la
autorización de reasignación por parte del Ayunt
am
iento asegurándose que los cambios no alteren
la
condición de
un
presupuesto balanceado.
Articulo
9
.-
Los Titulares
de
las Dependencias y Unidades Administrativas deberán infonnar
al
Administrador Municipal sobre el
avance de sus programas y del estado que guardan los asuntos
es
pe
cíficos
de
su
competencia, con excepción de
la
Secretaría
del Ayuntamiento, del S indico Procurador y de sus respectivas Unidades Administrativas.
Articulo
10.- Los Titulares
de
las Dependencias y Unidades Administrativas, por acuerdo del Presidente Municipal, podrán
representar a éste en los actos y demás eventos, excepto
en
aquellos que sean de
su
facultad exclusiva , según
lo
establezca
la
ley.

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