Resolución Expropiación por La que Se Decreta la Expropiación por Causa de Utilidad Pública y En Favor del H. Ayuntamiento de Villa de álvarez, Colima; del Inmueble Ubicado en La Avenida Manuel álvarez No. 1a, Colonia Centro, de Ese Municipio, que Cuenta con Una Superficie de 124.31 Metros Cuadrados

Fecha de disposición19 Diciembre 2009
Fecha de publicación19 Diciembre 2009
SecciónSección General
Número de Gaceta63

RESOLUCIÓNEXPROPIACIÓN POR LA QUE SE DECRETA LA EXPROPIACIÓN POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA Y EN FAVOR DEL H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA; DEL INMUEBLE UBICADO EN LA AVENIDA MANUEL ÁLVAREZ No. 1A, COLONIA CENTRO, DE ESE MUNICIPIO, QUE CUENTA CON UNA SUPERFICIE DE 124.31 METROS CUADRADOS.

Visto para resolver el Expediente de Expropiación por Causa de Utilidad Pública, número 01/2009, iniciado en fecha 17 de agosto del año 2009 por el Ejecutivo a mi cargo, a solicitud del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez, Colima; y R E S U L T A N D OPRIMERO.-

Mediante oficio No. CAB-001/2009 recibido el día 13 de enero del año en curso, los CC. Felipe Cruz Calvario, Dr. Víctor Chapa Farías e Ing. Ramón del Toro Velasco, en sus caracteres de Presidente, Síndico y Secretario respectivamente, del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez, Colima, solicitaron del Titular del Ejecutivo a mi cargo, iniciar el trámite de expropiación por causa de utilidad pública de la finca urbana marcada con el No.1 A, ubicada sobre la Av. Manuel Álvarez de ese municipio, cuya propiedad corresponde a LA C. NORMA LETICIA CEDEÑO RAMÍREZ, la cual cuenta con una superficie de 124.31 M2 y las siguientes medidas y colindancias:

Al Norte, en 26.58 m., con lote 13;

Al Sur, en 16.54 m., haciendo un ancón de 4.45 m. con Av. Manuel Álvarez;

Al Oriente, en 3.80 m. haciendo un ancón de 2.35 m. con propiedad particular; y Al Poniente, en 4.35 m. y un ancón de 0.73 m. con calle Cristóbal Colón, en el Municipio de Villa de Álvarez.

SEGUNDO.-

De igual manera mediante oficio No. 197/2009, de fecha 14 de agosto del año en curso, en seguimiento al oficio DGG 062/09, el C. Presidente del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez, para satisfacer lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Expropiación para el Estado de Colima y en complemento a su petición, hizo llegar los documentos siguientes:

Copia fotostática certificada de la escritura pública número 12,445 de fecha 1º de diciembre del año 2005, otorgada ante la fe del Lic. Ramón Pérez Díaz, titular de la Notaría Pública número 1 de esta demarcación e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio el día 2 de marzo de 2006, bajo los folios reales números 4211-Z, 71720-1, 72721-1 y 145989-1 relativo al documento No. 12445, y el folio No. 145989-1, que corresponde al inmueble propiedad de la C. Norma Leticia Cedeño Ramírez, inmueble motivo del presente procedimiento;

Certificado de existencia o inexistencia de gravámenes, expedido el 29 de mayo del año en curso, por el Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, el cual ampara el folio real No. 145989-1, respecto de la finca urbana marcada con el No. 1 A, ubicado sobre la Av. Manuel Álvarez, del municipio de Villa de Álvarez, a nombre de la C. Norma Leticia Cedeño Ramírez;

Avalúo Catastral de fechas 12 de agosto del presente año, emitido por el Tesorero Municipal del H. Ayuntamiento solicitante de la expropiación; así como, Certificación de Avalúo Catastral emitido el 13 de agosto del 2009 por el Ing. Francisco Manuel Sánchez Hurtado, Director de Catastro del Estado, ambos, respecto del bien inmueble identificado con clave catastral número 10-01-13-035.026-000, que corresponde a la finca urbana marcada con el No. 1 A, ubicado sobre la Av. Manuel Álvarez, del municipio de Villa de Álvarez, a nombre de la C. Norma Leticia Cedeño Ramírez, mismo a que se refiere la solicitud de expropiación;

SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNOPlano de localización y ubicación correspondiente al inmueble que se pretende expropiar;

Certificación de fecha 10 de agosto del año 2009, expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez, Colima, del punto de acuerdo del acta de cabildo No. 13, de fecha 10 de febrero del año 2005, en la cual la Comisión de Asentamientos Humanos del municipio mencionado, mediante la cual el H. Cabildo autoriza la iniciación del proceso de expropiación del inmueble motivo del presente procedimiento, en virtud de la necesidad de realizar algunas ampliaciones de arterias vehiculares con la consecuente apertura de calles que las conformen, entre ellas la ampliación de la Av. Manuel Álvarez, de ese municipio.

Copia certificada con fecha 10 de agosto del año 2009, por el Secretario del H. Ayuntamiento del municipio de Villa de Álvarez, Colima; del acta de cabildo correspondiente a la sesión solemne No. 41, libro III, fojas 318, de fecha 15 de octubre del año 2006, mediante la cual se acredita haber rendido protesta los C.C. Felipe Cruz Calvario y Víctor Chapa Farías, como Presidente Municipal y Síndico, respectivamente, de dicho Ayuntamiento.

Copia Certificada el 10 de agosto del año 2009, por el Secretario del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez, Colima, de la constancia de mayoría y validez, extendida el 9 de julio del año 2006 por el Instituto Electoral del Estado de Colima, mediante la cual se acredita la planilla de candidatos que obtuvo el mayor número de votos en el Municipio multicitado, entre los que se encuentran el Presidente Municipal y el Síndico, mencionados en punto que antecede.

Copia Certificada el día 10 de agosto del año 2009, por el Secretario del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez, Colima, del acta de cabildo correspondiente a la sesión ordinaria No. 40, libro I, fojas 236, de fecha 30 de agosto del año 2007, mediante la cual se acredita que el H. Cabildo del municipio aprobó por unanimidad el nombramiento como Secretario del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez, Colima a favor del C. Ramón del Toro Velasco.

TERCERO.-

En virtud de la solicitud referida, en mi carácter de titular del Ejecutivo del Estado y con apoyo en el artículo 17 de la ley de la materia, mediante Acuerdo dictado en fecha 17 de agosto del año 2009, ordené iniciar el procedimiento expropiatorio, realizar las anotaciones correspondientes en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado, formar el expediente respectivo, recabar los elementos y practicar las diligencias que se estimaran necesarias para la debida integración del expediente; así también ordené remitir a la Secretaría General de Gobierno el Acuerdo de iniciación del procedimiento y las constancias que hizo llegar la autoridad solicitante, para que por conducto de la Dirección General de Gobierno procediera a la tramitación del procedimiento respectivo, acorde a las facultades que a dicha dependencia otorga el artículo 8º, fracción II, de la Ley de Expropiación para el Estado de Colima.

CUARTO.-

Mediante acuerdo de fecha 24 de agosto del año 2009, relacionado al oficio número SGG-342/2009, la Secretaria General de Gobierno, turnó el expediente de expropiación por causa de utilidad pública número 01/2009 y las constancias respectivas a la Dirección General de Gobierno, para la substanciación del procedimiento expropiatorio, ordenando se giren sendos oficios a los C.C. Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, al Director de Catastro de Gobierno del Estado y al Director del Catastro del Municipio de Villa de Álvarez, Colima, con el propósito de que tomen nota de la instauración de este procedimiento; señalando asimismo, las 11:00 once horas del día 9 de septiembre del año 2009, para que, en cumplimiento a lo previsto por el artículo 12 de la Ley de Expropiación, se cite personalmente a la C. Norma Leticia Cedeño Ramírez, a la Audiencia de Ley que se celebrará en la fecha y hora señaladas, por conducto de la Dirección General de Gobierno, prevista por el artículo 20 de la Ley de la materia, para que ofrezca las pruebas y alegatos que a su derecho convengan.

QUINTO.- La Directora General de Gobierno, mediante oficios números DGG 702/2009, DGG 706/ 2009 y DGG 707/ 2009, envió copia con firma autógrafa del Titular del Ejecutivo, del Acuerdo Expropiatorio por Causa de Utilidad Pública de fecha 17 de agosto de 2009, a los C.C. Directores del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, de Catastro de Gobierno del Estado y de Catastro del Municipio de Villa de Álvarez, solicitándoles tomaran nota de la instauración del procedimiento referido y, en el caso del Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, realizara la anotación preventiva en el folio real correspondiente, según lo prevé el artículo 17 de la Ley de la materia.

SEXTO.-

Mediante oficio número DGG 714/2009 y de conformidad con lo previsto por el artículo 10 de la Ley de la materia, la C. Directora General de Gobierno, comisionó a la C. Lic. Zaira Nayeli Gaytán Gómez, acompañada con los testigos de asistencia Lics. Alfonso Chacón Rojas y Marco López González, a efecto de notificar personalmente a la C. NORMA LETICIA CEDEÑO RAMÍREZ, I.- El Acuerdo de Instauración del Procedimiento Expropiatorio por Causa de Utilidad Pública de fecha 17 de agosto de 2009, expedido por el Titular del Ejecutivo; II.- El oficio número DGG 710/2009, de fecha 27 de agosto de 2009, suscrito por la Directora General de Gobierno, mediante el que se informó a la propietaria que se inició el procedimiento expropiatorio por causa de utilidad pública respecto del inmueble referido y; III.- Que se señalaron las 11:00 once horas del día 9 (nueve) de septiembre del 2009, (dos mil nueve) para que tenga verificativo en las oficinas de la Secretaría General de Gobierno, la Audiencia de Ley prevista por el artículo 20 de la Ley de Expropiación para el Estado de Colima.

En cumplimiento al procedimiento de notificación señalado por el artículo 12 y demás relativos de la Ley de Expropiación para el Estado de Colima, el personal comisionado se constituyó en el domicilio de la propietaria del inmueble materia de este procedimiento expropiatorio, ubicado en la calle Rafael Macedo López, número 740, de la colonia Camino Real, en esta ciudad de Colima, sin que ocurriera persona alguna al llamado del notificador, por lo que se procedió a recabar datos de una vecina, quien dijo llamarse Diana Portillo Vázquez, que habita en el domicilio Rafael Macedo López número 722, identificándose con credencial...

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