Declaratoria de necesidad para el otorgamiento de una Concesión para el uso, aprovechamiento y explotación del Parque Público Metropolitano denominado “La Mexicana” con el fin de operar, conservar y mantener dicho parque y así contribuir al desarrollo sostenible de la zona conocida como “La Mexicana” en la Delegación Cuajimalpa de Morelos, Ciudad de México

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Noviembre de 2017

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

DECLARATORIA DE NECESIDAD PARA EL OTORGAMIENTO DE UNA CONCESIÓN PARA EL USO, APROVECHAMIENTO Y EXPLOTACIÓN DEL PARQUE PÚBLICO METROPOLITANO DENOMINADO "LA MEXICANA", CON EL FIN DE OPERAR, CONSERVAR Y MANTENER DICHO PARQUE Y ASÍ CONTRIBUIR AL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA ZONA CONOCIDA COMO "LA MEXICANA" EN LA DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS, CIUDAD DE MÉXICO.

JORGE SILVA MORALES, Oficial Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México y EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Titular de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, con fundamento en el Acuerdo por el que se delegan en los titulares de la Oficialía Mayor, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y la Secretaría de Finanzas las facultades que se indican, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de octubre de 2013, y lo dispuesto por los artículos 28, párrafo décimo primero, 122, Apartado A, Base III y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Quinto Transitorio del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 1°, 2°, 8°, fracción II, 12, fracciones I, II, IV y V, 67, fracciones II y XIX, 87, 137, 138 y 140 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 5°, 7º, 12, párrafo segundo, 15 fracciones II, VIII y XIV, 16 fracción IV, 17, 24 fracción XX, 30 fracción XLV y 33 fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, y 1°, 2° fracción II, 17, 75, 76 y 77 fracción III de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público; y

CONSIDERANDO

Que el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 reconoce que el territorio de la Ciudad de México es dinámico y cambiante, mismo que actualmente se encuentra en una fase de transición demográfica en la que la mayor parte de la población se ubica en edades productivas, por lo que se ha registrado un aumento en la demanda de vivienda, empleos, equipamientos, infraestructura, servicios y espacios públicos para el disfrute, el esparcimiento, la integración social y la convivencia en la búsqueda de una mejor calidad de vida. Para ello, en dicho Programa se determina que la planeación del territorio urbano y natural, a partir del estudio de los patrones de ocupación territorial en la Ciudad de México y la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM), permitirá identificar las situaciones de conflicto y las oportunidades que lleven a un mejor aprovechamiento del suelo, a la vez equitativo y equilibrado, con particular énfasis en las infraestructuras y equipamientos dedicados a la juventud, a la recreación, a la prevención de enfermedades y al desarrollo social.

Que el mismo Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 11 de septiembre de 2013, establece en su Eje 4 (Habitabilidad y Servicios, Espacio Público e Infraestructura), en el apartado, Área de Oportunidad 2, Espacio Público, que la insuficiencia y deterioro del espacio público en la Ciudad de México, aunado a la falta de integración de la forma, función, uso y accesibilidad de éste, inciden en la ruptura y debilitamiento de circuitos económicos, tejido social, imagen urbana y seguridad pública en los entornos donde estos se encuentran.

Que en el ámbito del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 en el Área de Oportunidad 2, Espacio Público, Objetivo 1, Meta 1, se plantean las siguientes líneas de acción:

f0b7 Ampliar el desarrollo y mantenimiento de corredores urbanos como espacios peatonales, ramblas y parques lineales, así como fortalecer la recuperación de bajo puentes y otros espacios públicos para interconexión y recreación de barrios y colonias.

f0b7 Desarrollar el Sistema de Parques Públicos de la Ciudad de México, conformado por los siguientes tipos: parque metropolitano, parque local, parque barrial y parque de bolsillo.

f0b7 Promover la formación de proyectos culturales y artísticos pensados para el espacio público, que incluyan la participación de artistas de reconocido prestigio y que fomenten la...

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