Declaratoria de Desastre con motivo del fenómeno sísmico ocurrido el diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete en la Ciudad de México

2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 de Septiembre de 2017

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

JEFATURA DE GOBIERNO

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, Apartado A, Base III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Transitorios Primero y Segundo del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 8°, fracción II, 12, fracciones IV y VI, 67, fracción II, 87, 90, 97 y 115, fracción II, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 7°, 12, 14, 15 y 23 al 39, 40, 42 y 43, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1º, 7, fracción XXI, 123, 125, 126 ,136 a 142 de la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal; 1º, 3º, 5º, 11, 71, fracción IX, 73, 74 y 89 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 4, 6, fracción XLI, y 10, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 1º, 2º y 14 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 109 y 110 del Reglamento de la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que con motivo del sismo ocurrido el diciembre de septiembre de dos mil diecisiete en la Ciudad de México, la Secretaría de Protección Civil remitió a esta Jefatura de Gobierno a mi cargo el informe a que se refieren los artículos 108 y 109 del Reglamento de la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal.

Que la Secretaría de Protección Civil analizó los datos contenidos en el informe de referencia, y constató la evidencia fehaciente relativa a la población afectada, considerando personas lesionadas, fallecidas y evacuadas; los daños a los servicios vitales, sistemas estratégicos y medio ambiente, y los daños a la infraestructura urbana.

Que en términos del informe remitido a esta Jefatura de Gobierno por la Secretaría de Protección Civil, el fenómeno sísmico ha causado daños que rebasan la capacidad de recuperación de las delegaciones afectadas y han causado afectaciones a la estructura productiva, la infraestructura vial y de servicios, que alteran las condiciones ordinarias de vida y ponen en riesgo la estructura social, la paz pública y el orden social.

Que en mérito de lo...

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