Aviso por el que se da a conocer el Establecimiento del Corredor Concesionado de Transporte Público Colectivo de Pasajeros 'Peñón - Panteón San Isidro'

SECRETARIA DE TRANSPORTES Y VIALIDAD

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ESTABLECIMIENTO DEL CORREDOR CONCESIONADO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS "PEÑÓN 2013 PANTEÓN SAN ISIDRO"

LICENCIADO RUFINO H LEON TOVAR, Secretario de Transportes y Vialidad del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 28 décimo párrafo y 122 apartado C, base tercera, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2°, 12 fracciones I, II, IV y VI, 87, 93, 115 fracción VI y 118 fracción VII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 3° fracciones VIII y XIV, 12 párrafo segundo, 15 fracción IX, 16 fracción IV y 31 fracciones I, II, VII, XII, XIII, XIV, XVIII, XX y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 2º, 3°, 7° fracciones I, II, III, IV, VI, XIII, XIV, XV, XVII y XXII, 11 fracción I, 12 fracción I inciso b), 24 y 33 bis inciso a) de la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal; 2 fracción IX inciso b), 17 párrafo segundo, 19, 40, 42 Ter, 69 fracción V, 73, 74 y 75 del Reglamento de Transporte del Distrito Federal; y

C O N S I D E R A N D O

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal, la prestación de los servicios públicos de transporte en esta Ciudad es de utilidad pública e interés general, cuya obligación de proporcionarlos corresponde originalmente a la Administración Pública, ya sea a través de empresas de participación estatal u organismos descentralizados, o bien, por conducto de personas físicas o morales mediante concesiones.

Que es política del Gobierno del Distrito Federal emprender acciones a corto y mediano plazo tendientes a simplificar la regulación y mejorar los mecanismos de control para la prestación del Servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros, al amparo de un marco jurídico eficiente, dotado de legalidad y transparencia, pero sobre todo bajo los principios de confianza y buena fe.

Que para tales efectos, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, se auxilia de la Secretaría de Transportes y Vialidad, a la que corresponde entre otras las facultades de fomentar, impulsar, ordenar y regular el desarrollo del Servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros en el Distrito Federal, con objeto de proporcionar un servicio de calidad que satisfaga las necesidades de la ciudadanía, garantizando su prestación en las mejores condiciones de seguridad, comodidad e higiene.

Que para el mejoramiento del servicio de transporte público colectivo de pasajeros es indispensable la renovación del parque vehicular obsoleto y contaminante con que operan actualmente los prestadores de este servicio, así como la aplicación de nuevas tecnologías y esquemas de operación para mejorar la atención de los usuarios, con calidad, eficiencia y cuidado del medio ambiente.

Que la transformación del transporte concesionado generará un conjunto de soluciones viales locales, que permitan un incremento en la densidad y habitabilidad de los corredores viales y la zona de influencia; que favorezca el uso eficiente dela energía y por ende la disminución de los niveles de contaminación, mejorando la calidad del aire de la zona, la cual estará articulada con...

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