CONVENIO DE COORDINACI�N QUE CELEBRAN LA SECRETAR�A DE EDUCACI�N P�BLICA, EL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO Y EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT; CON EL OBJETO DE LLEVAR A CABO ACCIONES DE FOMENTO EDUCATIVO, CON BASE EN LAS PRIORIDADES, LOS MECANISMOS Y ESTRATEGIAS, QUE ASEGUREN CONDICIONES DE EQUIDAD EN LA EDUCACI�N INICIAL Y B�SICA.

CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR

CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “LA

SEP”, REPRESENTADA POR SU TITULAR, LIC. JOSEFINA VÁZQUEZ MOTA, EL

CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO, EN ADELANTE “EL CONAFE”,

REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL EL DR. ARTURO SÁENZ FERRAL;

Y EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE

NAYARIT, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL

ESTADO EL C. LIC. NEY GONZÁLEZ SÁNCHEZ, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR

LAS SECRETARIAS GENERAL DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN PÚBLICA LAS C.C.

PROFA. CORA CECILIA PINEDO ALONSO Y LA PROFA. OLGA MARGARITA

URIARTE RICO; EN COMÚN “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES,

CONSIDERANDOS, Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

A N T E C E D E N T E S derecho de todo individuo a recibir educación.

Federal, Estatal y Municipal; y en el Capítulo III, referente a la equidad en la educación, artículos 32 y 36, establece la atribución para coordinar esfuerzos y acciones a fin de lograr ese propósito.

El artículo 33 del ordenamiento legal mencionado, establece que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo actividades para atender de manera especial a las localidades aisladas, donde sea mayor la posibilidad de atrasos o deserciones; para desarrollar programas de apoyo a los maestros de esas localidades; promover centros educativos; prestar servicios para quienes abandonaron el sistema regular; otorgar apoyos pedagógicos a grupos con requerimientos específicos; desarrollar programas para otorgar becas; efectuar programas dirigidos a los padres de familia; otorgar estímulos; promover la participación de la sociedad en la educación; conceder reconocimientos y distinciones; y realizar las demás actividades que permitan ampliar la calidad y la cobertura de los servicios educativos.

El artículo 34 de la Ley de referencia, dispone que el Ejecutivo Federal llevará a cabo programas compensatorios por virtud de los cuales apoye con recursos específicos a los gobiernos de aquellas entidades federativas con mayores rezagos educativos, previa celebración de convenios en los que se concierten las proporciones de financiamiento y, las acciones específicas que las autoridades educativas locales deban realizar para reducir y superar dichos rezagos.

Gobierno de cada Entidad Federativa, en todo tiempo procurarán fortalecer las fuentes de financiamiento a la tarea educativa y destinar recursos presupuestarios crecientes, en términos reales para la educación pública.

C O N S I D E R A N D O S

Que en los objetivos 9, 10, 11 y 12 del Eje 3. Igualdad de Oportunidades, del Plan

Nacional de Desarrollo 2007-2012, se establecen las prioridades educativas del Gobierno

Federal: elevar la calidad educativa; reducir las desigualdades de género y entre grupos sociales, en las oportunidades educativas; impulsar el desarrollo y la utilización de nuevas tecnologías en el sistema educativo; y promover la educación integral de las personas en todo el sistema educativo.

Que la Agenda Educativa presentada por la Secretaria de Educación Pública ante la

Conferencia Nacional de Gobernadores (CONAGO), XXI Reunión Ordinaria: febrero 16 de capacitación y actualización de maestros, participación de la comunidad educativa, evaluación para la calidad, sistema nacional de información educativa, modernización tecnológica, seguridad y certeza, infraestructura, gobernabilidad y federalismo educativo.

Que el Conafe y el Gobierno del Estado en años anteriores han suscrito convenios para coordinar esfuerzos y recursos a favor de los niños y jóvenes de las localidades más necesitadas de la entidad federativa.

Que las estrategias de planeación, organización, administración y evaluación de las acciones para generar condiciones de equidad a favor de los niños y jóvenes más necesitados, a fin de resultar más eficaces deben ser ejecutadas de manera coordinada entre los tres niveles de gobierno.

Que conformidad con el artículo 1 segundo párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y

Responsabilidad Hacendaria, establece que los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esa Ley deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalizada, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.

D E C L A R A C I O N E S

Administración Pública...

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