CONVENIO DE COLABORACI�N QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, Y POR OTRA PARTE EL AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO LAGUNILLAS; CON EL OBJETO DE REALIZAR LA OBRA �REHABILITACI�N DE EMPEDRADO DE LA CALLE HIDALGO� DEL MISMO MUNICIPIO.
COPIA DE INTERNET
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, A TRAVÉS DE LAS SECRETARÍAS DE
FINANZAS,
PLANEACIÓN,
OBRAS
PÚBLICAS
Y
CONTRALORÍA
GENERAL,
REPRESENTADAS POR SUS TITULARES, C.P. GERARDO GANGOITI RUIZ, LIC. PABLO
MONTOYA DE LA ROSA, ING. HÉCTOR MANUEL IBARRA ORTA Y LA LIC. LAURA
ALEJANDRA MONROY BERECOHEA, RESPECTIVAMENTE; Y POR OTRA PARTE EL H.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE SAN PEDRO LAGUNILLAS, NAYARIT,
REPRESENTADO POR LOS C.C. PROFR. JOSÉ ÁNGEL GONZÁLEZ ARCADIA, PRESIDENTE
MUNICIPAL; PROFR. J. JORGE OCEGUEDA PÉREZ, SECRETARIO; Y ESTHER LETICIA
SAUCEDA VERDÍN, SÍNDICO DEL MISMO; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES
DENOMINARÁ “EL GOBIERNO DEL ESTADO” Y “EL AYUNTAMIENTO” RESPECTIVAMENTE,
QUEDANDO AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
D E C L A R A C I O N E S
-
De “EL GOBIERNO DEL ESTADO”:
I.1. Que las Secretarías de Finanzas, Planeación, Obras Públicas y Contraloría General, son
Dependencias de la Administración Pública Centralizada, de conformidad con lo estipulado por el artículo 1º y 31 fracciones II, III, IV y VI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de
Nayarit.
I.2. Que los titulares de las Secretarías que se mencionan en el párrafo anterior, están facultados para suscribir el presente Convenio, conforme a lo establecido por los artículos 18, 26, 30 fracción X, 33, 34, 35 y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.
I.3. Que para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el de Palacio de Gobierno ubicado en Avenida México entre las calles Javier Mina y Mariano Abasolo Zona Centro, Código
Postal 63000 de la Ciudad de Tepic, Nayarit.
-
De “EL AYUNTAMIENTO”:
II.1. Que el Municipio de San Pedro Lagunillas, es libre y base de la división territorial y de la organización política del Estado, investido de personalidad jurídica y patrimonio propio y forma parte del Estado de Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 115 fracción II de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2º y 3º de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Nayarit; 2º, 3º y 5º de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit.
II.2. Que el Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de San Pedro Lagunillas, Nayarit; el Síndico y el Secretario, están facultados para la celebración del presente Convenio con fundamento en los artículos 64 fracción VI y IX, 73 fracción II, 114...
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