CONVENIO DE COLABORACI�N QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, Y POR OTRA PARTE EL AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO LAGUNILLAS; CON EL OBJETO DE REALIZAR LA OBRA �REHABILITACI�N DE EMPEDRADO DE LA CALLE HIDALGO� DEL MISMO MUNICIPIO.

COPIA DE INTERNET

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO

DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, A TRAVÉS DE LAS SECRETARÍAS DE

FINANZAS,

PLANEACIÓN,

OBRAS

PÚBLICAS

Y

CONTRALORÍA

GENERAL,

REPRESENTADAS POR SUS TITULARES, C.P. GERARDO GANGOITI RUIZ, LIC. PABLO

MONTOYA DE LA ROSA, ING. HÉCTOR MANUEL IBARRA ORTA Y LA LIC. LAURA

ALEJANDRA MONROY BERECOHEA, RESPECTIVAMENTE; Y POR OTRA PARTE EL H.

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE SAN PEDRO LAGUNILLAS, NAYARIT,

REPRESENTADO POR LOS C.C. PROFR. JOSÉ ÁNGEL GONZÁLEZ ARCADIA, PRESIDENTE

MUNICIPAL; PROFR. J. JORGE OCEGUEDA PÉREZ, SECRETARIO; Y ESTHER LETICIA

SAUCEDA VERDÍN, SÍNDICO DEL MISMO; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES

DENOMINARÁ “EL GOBIERNO DEL ESTADO” Y “EL AYUNTAMIENTO” RESPECTIVAMENTE,

QUEDANDO AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.

D E C L A R A C I O N E S

  1. De “EL GOBIERNO DEL ESTADO”:

    I.1. Que las Secretarías de Finanzas, Planeación, Obras Públicas y Contraloría General, son

    Dependencias de la Administración Pública Centralizada, de conformidad con lo estipulado por el artículo y 31 fracciones II, III, IV y VI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de

    Nayarit.

    I.2. Que los titulares de las Secretarías que se mencionan en el párrafo anterior, están facultados para suscribir el presente Convenio, conforme a lo establecido por los artículos 18, 26, 30 fracción X, 33, 34, 35 y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.

    I.3. Que para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el de Palacio de Gobierno ubicado en Avenida México entre las calles Javier Mina y Mariano Abasolo Zona Centro, Código

    Postal 63000 de la Ciudad de Tepic, Nayarit.

  2. De “EL AYUNTAMIENTO”:

    II.1. Que el Municipio de San Pedro Lagunillas, es libre y base de la división territorial y de la organización política del Estado, investido de personalidad jurídica y patrimonio propio y forma parte del Estado de Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 115 fracción II de la Constitución

    Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2º y 3º de la Constitución Política del Estado Libre y

    Soberano de Nayarit; 2º, 3º y 5º de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit.

    II.2. Que el Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de San Pedro Lagunillas, Nayarit; el Síndico y el Secretario, están facultados para la celebración del presente Convenio con fundamento en los artículos 64 fracción VI y IX, 73 fracción II, 114...

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