Convenio específico en Materia de Transferencia de Recursos que celebran por una parte el Ejecutivo Federal y por la otra parte, el Gobierno del Distrito Federal

CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA, TITULAR DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR EL LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO, SECRETARIO GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS Y, POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL EJECUTIVO DEL DF", REPRESENTADO POR EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, EL DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y EL DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ, DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. Con fecha 28 de febrero de 2013, "EL EJECUTIVO DEL DF" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "EL EJECUTIVO DEL DF" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.

II. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Tercera de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por "EL EJECUTIVO DEL DF", el titular de la Secretaría de Finanzas, el titular de la Secretaría de Salud y Director General de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, el titular de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal; y por "LA SECRETARÍA", el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, asistido por el Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

DECLARACIONES

  1. De "LA SECRETARÍA":

    1. Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1 de la Ley General de Salud, 1, 2, 3 y 10 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cuyo objeto es el ejercicio de las atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios conforme a la Ley General de Salud.

    2. Que su representante, en su carácter de Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 17 bis y 17 bis 1, de la Ley General de Salud; 1, 2 inciso C, fracción X, 3, 6, 36 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 10, fracciones XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó al "EL ACUERDO MARCO"

    3. Que dentro de las funciones del Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de representar al órgano de que se trate, con facultades para celebrar los actos jurídicos, convenios que requieran para el ejercicio de las atribuciones del órgano respectivo, participar, en el ámbito de su competencia, en los mecanismos de coordinación y concertación que se establezcan con las autoridades federales, estatales y municipales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    4. Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios tiene conferidas, entre otras facultades, la de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con

      88 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 28 de Octubre de 2016

      éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitario se establecen o deriven de la Ley General de Salud, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis, de la Ley General de Salud y 3, fracciones I, VII y X , del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

    5. Que el Secretario General, participa en la suscripción del presente Convenio Específico en términos del artículo 19, fracción XV, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

    6. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.

    7. Que existe aprobado el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015 para las Entidades Federativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2014.

    8. Que para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en calle Oklahoma número 14, colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03810, México, Distrito Federal.

      II. Declara "EL EJECUTIVO DEL DF".

    9. Que el Secretario de Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 16, fracción IV y 30, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 26, fracción XVI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    10. Que el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 16, fracción IV, 54, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 26, fracción XVI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y 32, fracción IV, del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO" .

    11. Que la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, es un Órgano Desconcentrado de la Administración Pública del Distrito Federal con autonomía técnica, administrativa, operativa y de gestión, sectorizado a la Secretaría de Salud del Distrito Federal, de conformidad en lo dispuesto por los artículos 7, fracción VII último párrafo del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y 1 del Reglamento de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de noviembre de 2010, y que tiene dentro de sus funciones el ejercicio de las facultades en materia de protección de riesgos sanitarios, en los términos de la Ley de Salud del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.

    12. Que el Director General de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, participa en la suscripción del presente instrumento de conformidad con lo establecido en el artículo 10, fracciones IX y X del Reglamento de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal y acredita su cargo con el nombramiento de fecha 5 de diciembre de 2012, expedido por el Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, mismo que en copia fotostática simple, se adjunta al presente instrumento para formar parte integrante de su contexto

    13. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son el fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de protección contra riesgos sanitarios, así como el fortalecimiento de la red nacional de laboratorios.

    14. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Altadena No 23, primer piso, Colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, C.P. 03810, en la Ciudad de México, Distrito Federal

      Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la

      ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan.

      Aplicando al objeto del presente Convenio Específico, lo dispuesto en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44, de la Ley de Planeación; 74 y 75, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, 9, 13, 17 bis, 17 bis 1, 19, de la Ley General de Salud; 1, 2, 3, 6, 36 y 38, del Reglamento Interior de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR