Convenio de colaboración administrativa en materia hacendaria y de prestación de servicios públicos para la expedición de licencias y/o permisos para conducir vehículos automotores particulares que celebran por una parte el Gobierno del Estado de México, representado por los Secretarios de Finanzas y de Transporte, M. en A. Raúl Murrieta Cummings y Luis Felipe Puente Espinosa, a quienes en lo sucesivo se les denominara “El Estado” y por la otra el H. Ayuntamiento Constitucional de Cuautitlán Izcalli, representado por la Presidenta Municipal Lic. Paulina Alejandra del Moral Vela, el Primer Sindico Municipal Víctor Enrique Domínguez Todd, asistidos por la Secretaria del H. Ayuntamiento Ana Silvia Roa Moreno y la Tesorera Municipal Lic. Miriam Guadalupe Garfias Guerrero, a quienes en lo sucesivo se les denominara “El Municipio”

Fecha de publicación23 Marzo 2010
EstadoEstado de México
MunicipioCuautitlán Izcalli
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"2010. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA DE MEXICO"
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SECCION PRIMERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
(,)
Compromiso
CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA HACENDARIA Y DE PRESTACIÓN DE
SERVICIOS PÚBLICOS PARA LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS Y/0 PERMISOS PARA CONDUCIR
VEHÍCULOS AUTOMOTORES PARTICULARES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO, REPRESENTADO POR LOS SECRETARIOS DE FINANZAS Y DE TRANSPORTE,
M. EN A. RAÚL MURRIETA CUMMINGS Y LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, A QUIENES EN LO
SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "EL ESTADO" Y POR LA OTRA EL H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL
DE
CUAUTITLÁN IZCALLI, REPRESENTADO POR LA PRESIDENTA MUNICIPAL
LIC. PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA, EL PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL VICTOR ENRIQUE
DOMÍNGUEZ TODD, ASISTIDOS POR LA SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO ANA SILVIA ROA
MORENO Y LA TESORERA MUNICIPAL LIC. MIRIAM GUADALUPE GARFIAS GUERRERO, A QUIENES
EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ
"EL MUNICIPIO",
AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
El Plan de Desarrollo del Estado de México 2005-2011, establece como visión del Gobierno del Estado de
México, ser un Gobierno Democrático y con sentido humano, que gainntice, el estado de derecho, la
integridad y el patrimonio de las personas, la paz social y la justicia, a través de un desarrollo integral que con
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finanzas públicas sanas aliente el crecimiento armónico urbano y rural de las regiones, brinde servicio público
de calidad para una vida digna y fortalezca la identidad y participación ciudadana.
El referido Plan de Desarrollo en el Cimiento II denominado Reforma Administrativa para un Gobierno
Transparente y Eficiente, señala como objetivo el construir una Administración Pública moderna para
impulsar el desarrollo y garantizar la estabilidad institucional. Que en dicho cimiento se considera como
estrategias y líneas de acción la de asegurar la modernización administrativa hacendaria, así como promover
acuerdos con los gobiernos municipales para simplificar trámites.
El 14 de septiembre de 2005
"EL ESTADO"
y
"EL MUNICIPIO"
celebraron el Convenio de Colaboración
Administrativa en Materia Hacendaria, publicado en el
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eriódico Oficial Gaceta de Gobierno el 25 de
noviembre de 2005, cuyo objeto es la asunción por parte de
"EL MUNICIPIO"
de las funciones relacionadas
con la prestación de servicios públicos correspondientes a la emisión y expedición de licencias y permisos
para conducir vehículos automotores y duplicados, control vehicular de transporte particular y comercial y
otros servicios relativos al transporte particular y comercial que
"EL ESTADO"
le otorga en los términos y
condiciones del instrumento jurídico de referencia.
En merito de lo expuesto, las partes comparecen a la celebración del presente Convenio de conformidad con
las siguientes:
DECLARACIONES
De
"EL ESTADO"
Que en términos de lo previsto en los artículos 40, 43, 115 primer párrafo, bases II inciso c), III inciso h) y
IV y 116 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 3, 78, 112, 122, 126,
138 y 139 fracción II, inciso e) y f) de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México es
parte integrante de la Federación, libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior,
integrado en su división territorial y organización política y administrativa por los municipios que lo
componen, y tiene facultades para convenir con los ayuntamientos en el ámbito de sus respectivas
atribuciones, la asunción de funciones y la prestación de servicios públicos.
Que la Secretaría de Finanzas es la encargada de la planeación, programación, presupuestación y
evaluación de las actividades del Poder Ejecutivo, de la administración financiera y tributaria de la
hacienda pública del Estado y de prestar el apoyo administrativo que requieran las dependencias del
Poder Ejecutivo del Estado, así como recaudar los impuestos, derechos y demás contribuciones en
términos de lo establecido en los artículos 1, 2, 3, 15, 17, 19 fracción II, 23 y 24 fracciones II, III, LV de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, 1 apartado 2 numerales 2.8, 4 y 8
párrafo segundo de la Ley de Ingresos del Estado de México, 1, 2, 4, 7, 8, 9 fracción II, 16, 26 párrafo
primero, 70 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Que el Secretario de Finanzas cuenta con la atribución para suscribir el presente Convenio, en términos
de lo previsto en los artículos 2, 6 y 7 fracción XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de
Finanzas, considerando que a la Secretaría de Finanzas, como dependencia del Ejecutivo Estatal, le
corresponde el despacho de los asuntos relacionados con la recaudación de los impuestos, derechos y
demás ingresos públicos estatales.
III. Que la Secretaría de Transporte es la encargada de planear, formular, dirigir, coordinar, evaluar,
ejecutar y supervisar las políticas y programas para el desarrollo integral del servicio público de
transporte de jurisdicción estatal y de sus servicios conexos en términos de lo establecido en los
artículos 1, 2, 3, 15, 19 fracción XV y 33 fracción XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de México, 7.25 y 7.47 fracción II inciso f) del Código Administrativo del Estado de México, 97
B fracciones VIII incisos B), C), D), E) y F) y IX del Código Financiero del Estado de México y
Municipios.
Que el Secretario de Transporte cuenta con la atribución para suscribir el presente Convenio de acuerdo
a lo establecido en el artículo 6 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Transporte.
Que la Secretaría de Transporte del Gobierno del Estado considera conveniente promover la
colaboración con los municipios, para hacer más cómoda la prestación de servicios públicos dentro del
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territorio de la entidad federativa, a través de acciones concretas de simplificación administrativa,
tendientes a facilitar y agilizar la realización de los trámites correspondientes a la expedición de licencias
para conducir.
IV.
La Secretaría de Finanzas y de Transporte señalan como su domicilio los siguientes:
La Secretaría de Finanzas.- El ubicado en Lerdo Poniente 300, Segundo piso, puerta 348, Colonia
Centro, C.P. 50000, Toluca, Estado de México.
La Secretaría de Transporte.- El ubicado en Avenida Gustavo Baz Prada No. 2160 Esq. Mario Colín,
Primer Piso, Edificio Ericsson, Col. La Loma, C.P. 54060, Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
De "EL MUNICIPIO"
Que es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado, investido
de personalidad jurídica propia, de conformidad con lo establecido en los artículos 115 bases I y IV
inciso a) segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 112, 113, 117,
122 primer párrafo, 125 fracción III, 126 primer párrafo, 138 y 139 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de México, artículos 1, 2, 3, 15 primer párrafo y 31 fracciones II, VII y XLIV de la Ley
Orgánica Municipal.
Que en la Décima Sesión de Cabildo de fecha 22 de octubre de 2009, se autorizó a la Presidenta
Municipal LIC. PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA, para celebrar el presente Convenio
conforme a las atribuciones previstas en el artículo 115 base I de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 128 fracciones II, V y XII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México; 2, 31 fracciones II, VII y XLIV y 48 fracción II, IV y VIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de México y 17 primer párrafo del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Que el Primer Sindico Municipal VÍCTOR ENRIQUE DOMÍNGUEZ TODD, en términos de lo que
118 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 52, 53 fracción I de la Ley
Orgánica Municipal, es su representante legal.
Que la Secretaria del Ayuntamiento ANA SILVIA ROA
MORENO,
en términos de lo que establecen los
artículos 87 fracción I y 91 fracción V de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de México, tiene la
atribución de validar con su firma, los documentos oficiales emanados del Cabildo y de cualquiera de sus
integrantes.
V. Que la Tesorera Municipal LIC. MIRIAM GUADALUPE GÁRFIAS GUERRERO, es la encargada de la
recaudación de los ingresos municipales y responsable de las erogaciones que haga el Ayuntamiento. lo
anterior en términos de lo dispuesto en los artículos 87 fracción II, 93 y 95 fracciones I, II y VIII de la 12y
Orgánica Municipal del Estado de México y 16 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
VI. Que tiene su domicilio en el Palacio Municipal ubicado en Avenida primero de mayo número 100, Colonia
Centro Urbano, Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
De "LAS PARTES"
Que los habitantes del territorio del Estado de México, sin distinción alguna tienen derecho a recibir
servicios eficientes, eficaces y de calidad.
Que es voluntad de los Gobiernos Estatal y Municipal, emprender un amplio y concentrado programa de
colaboración y servicio, procurando nuevas formas y técnicas de acercar los servicios a la comunidad
que favorezcan su eficiencia y eficacia, a partir de una coordinación intergubernamental.
Que existe disposición de las autoridades municipales para aportar de manera conjunta los recursos
humanos y materiales, así como convenir políticas que permitan eliminar los límites territoriales en
cuanto a la realización de los trámites sin menoscabo de su autonomía municipal.
Que "EL MUNICIPIO" por conducto de su Presidente Municipal y
"EL ESTADO"
a través de los
Secretarios de Finanzas y de Transporte, han acordado la suscripción del presente Convenio, en ios
términos que se consignan en el mismo.

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