Decreto No. 330 Se Impone Sanción Administrativa Consistente en Amonestación Pública y Se Considera Prudente y Justo Eximir al C. Leoncio Alfonso Morán Sánchez, de La Sanción Económica por $ 52,842.00 (cincuenta y Dos Mil Ochocientos Cuarenta y Dos Pesos 00/100 M.N.), Propuesta y Aprobada por El Pleno de Esta Soberanía y Que Se Contiene en El Decreto Número 430, Base y Origen de Ese Procedimiento; en Consecuencia, Archívese el Expediente como Asunto Totalmente Concluido para Todos los Efectos Legales Procedentes. Notifíquese

DECRETO No. 330

SE IMPONE SANCIÓN ADMINISTRATIVA CONSISTENTE EN AMONESTACIÓN PÚBLICA Y SE CONSIDERA PRUDENTE Y JUSTO EXIMIR AL C. LEONCIO ALFONSO MORÁN SÁNCHEZ, DE LA SANCIÓN ECONÓMICA POR $ 52,842.00 (CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), PROPUESTA Y APROBADA POR EL PLENO DE ESTA SOBERANÍA Y QUE SE CONTIENE EN EL DECRETO NÚMERO 430, BASE Y ORIGEN DE ESE PROCEDIMIENTO; EN CONSECUENCIA, ARCHÍVESE EL EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES PROCEDENTES. NOTIFÍQUESE.

LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T OHONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YR E S U L T A N D O S.

  1. - Mediante oficio No. 66/06 de fecha 7 de noviembre de 2006, suscrito por el C. LAE. Roberto Alcaraz Andrade, Oficial Mayor del H. Congreso del Estado, se turnó a la Comisión de Responsabilidades el Decreto No. 430 aprobado y expedido por el Pleno de ésta Soberanía, en Sesión Pública Extraordinaria No. 6 celebrada el día 23 de septiembre de 2006, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", No. 46, Suplemento No. 5, de fecha 30 de septiembre del año citado, con el que se declara concluido el proceso de revisión y fiscalización de los resultados de la cuenta pública correspondiente al periodo enero-junio del ejercicio fiscal 2006, del H. Ayuntamiento de Colima, Col., y se aprueba la propuesta de sanciones que pudieran imponerse al C. Leoncio Alfonso Morán Sánchez, consistentes en AMONESTACIÓN PÚBLICA y SANCIÓN ECONÓMICA por $52,842.00 (cincuenta y dos mil ochocientos cuarenta y dos pesos 00/100 M.N.), equivalente al daño patrimonial causado a la Hacienda Municipal, que tiene por objeto resarcir los daños ocasionados al erario público y suprimir prácticas que violenten las disposiciones legales, documento que se recibió acompañado de copia del dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto que da origen al Decreto citado, y el soporte documental inherente a la auditoría practicada por el órgano Técnico auxiliar del Congreso; con ello, el Oficial Mayor acató lo ordenado por el Artículo segundo del documento base de éste expediente, que en su considerando Décimo Quinto, plasma textualmente las irregularidades que se imputan al exservidor público mencionado y las propuestas de sanción que hizo suyas la Comisión de Hacienda y Presupuesto y en su momento, el Pleno de ésta Soberanía, texto que más adelante se transcribe para todos los efectos legales procedentes.

  2. - En cumplimiento al resolutivo segundo el Decreto turnado y con base en la facultad que a esta Comisión le otorga la fracción IV del artículo 60 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, mediante proveído de 24 de septiembre de 2007, el Diputado Presidente de la Comisión de Responsabilidades, dió cuenta a los demás DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO diputados integrantes de la misma, con el oficio y documentos relatados en el resultando anterior, ordenándose por acuerdo de esa misma fecha, la formación y registro del expediente de procedimiento administrativo de sanción en contra del exservidor público ya antes enumerado, por las irregularidades detectadas por la Contaduría Mayor de Hacienda, plasmadas en el Dictamen elaborado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto y en el Decreto No. 430, ordenándose en ese mismo acuerdo se citara al presunto involucrado para que compareciera en audiencia a las 14:00 horas del día 5 de octubre de 2007, haciéndole saber las responsabilidades que se le imputan, mediante la entrega de copia simple del acuerdo y cédula citatorio, así como el derecho que le asiste de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga por sí o por medio de un defensor.

  3. - Mediante actuaciones practicadas por la C. Licda. Rebeca Aidee López Romero, asesor jurídico comisionado al efecto por la Oficialía Mayor del H. Congreso del Estado, con oficio número 866 de fecha 24 de septiembre del año 2007, el día 25 del mes y año citados, fue legalmente notificado y citado el C. Leoncio Alfonso Morán Sánchez, en su domicilio particular, según se hace constar en el acta de notificación levantada con testigos de asistencia en la fecha antes citada y citatorio dejado en poder de la C. Adriana García de Morán.

  4. - El día 5 de octubre de 2007 en la Sala de Juntas Francisco J. Múgica del H. Congreso del Estado, sita en Calzada Galván Esq. los Regalado de esta Ciudad Capital, tal y como está ordenado en el acuerdo de fecha 24 de septiembre de 2007, se llevó a cabo el desahogo de la audiencia prevista por el artículo 60 fracción I, de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, de aplicación supletoria a la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, habiendo comparecido el C. Leoncio Alfonso Morán Sánchez, se abrió la audiencia teniéndose por acompañado del C. Lic. Mario de la Madrid Andrade, a quien designó como su defensor particular y vocero autorizado.

    En la etapa de ofrecimiento de pruebas y alegatos, en uso de la voz el C. Leoncio Alfonso Morán Sánchez, dió lectura al escrito que contiene las argumentaciones jurídicas que hace valer en su defensa y ofrece como pruebas de su parte las que se contienen en el ocurso citado, solicitando en ese momento el uso de la voz el C. Lic. Mario de la Madrid Andrade, para hacer algunas precisiones, manifestando al respecto: "Que exhibe en este acto en 12 doce fojas por una sola cara el escrito por el que el C.P. Leoncio Alfonso Morán Sánchez, expresa los alegatos y ofrece pruebas relacionadas con el procedimiento que se ha instaurado, con la aclaración de que las disposiciones de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, que se invocan son las que se encontraban vigentes cuando ocurrieron los hechos que se atribuyen, por lo que el análisis de la prescripción que se argumenta habrá de sustentarse en tales disposiciones por ser las aplicables al caso, afirmación que se realiza sin que se reconozca de manera alguna de nuestra parte, que se hubiere incurrido en la Responsabilidad Administrativa a que se refiere el asunto. Solicitó se tenga por presentado dicho escrito con las pruebas documentales que se adjuntan y se provea de conformidad lo que se solicita.- Así mismo, solicitó que se integre al expediente del procedimiento que se ha iniciado, los documentos que integran el expediente formado por la Contaduría Mayor de Hacienda, respecto a la revisión de la Cuenta Pública de la que se deriva la supuesta responsabilidad y que debió haber sido enviado por ésta para su conocimiento por el Congreso del Estado. En caso de que no obre ante este órgano Legislativo, solicitó se requiera a la referida Contaduría para que lo remita" Una vez desahogada la etapa de ofrecimiento de pruebas y alegatos, la Comisión procedió a calificar y admitir las pruebas ofrecidas, acordando respecto a las documentales públicas tenerlas por desahogadas según su muy especial naturaleza, reservándose la valoración para el momento procesal oportuno, ordenando girar oficio firmado por el Presidente de esa Comisión al H. Ayuntamiento Constitucional de Colima, Col., a fin de que remita copia certificada de las pruebas documentales señaladas con los incisos a) y b), del ocurso de cuenta; igualmente, se ordena girar comunicación a las editoriales de los periódicos que menciona, para que remitan a esta Comisión un ejemplar de su edición correspondiente al día 20 de abril del año 2006; en relación al informe que el compareciente solicita de la Contaduría Mayor de Hacienda, se ordenó enviar oficio al Titular del Órgano Fiscalizador para que comunique si existen o no observaciones formuladas en tal sentido y de no obrar en el sumario de la revisión de la cuenta pública, remita copia certificada del mismo, reservándose la valoración de las pruebas presuncional y de hechos notorios para el momento de resolver en definitiva el expediente.

    En cumplimiento a lo acordado en la audiencia de pruebas y alegatos, mediante oficio número 0944 de fecha 11 de octubre de 2007, suscrito por el diputado José Fermín Santana, y dirigido al Lic. Julio César Marín Velásquez Cottier, Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Colima, se solicitó la expedición de copia certificada de documentos que obran en el archivo del citado Ayuntamiento, consistentes en: el acta número 156, de fecha 31 de marzo de 2006, relativa a la Sesión Extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Colima, Col., en la que se concede licencia al compareciente para separarse temporalmente del cargo de Presidente Municipal y copia de la comunicación dirigida tanto al H. Ayuntamiento Constitucional de Colima, Col., como a la C.P. Ángeles Jasso González, con la que comunica que reasume el cargo de Presidente Municipal, en los términos que le fue autorizado por el Cabildo al concederle la licencia, en la que se contempló la posibilidad de reintegrarse antes de la fecha límite señalada en la autorización.

    El C. Lic. Julio César Marín Velásquez Cottier, dio respuesta a la solicitud formulada con su diverso número 02-S-472/2007 de fecha 16 de octubre de 2007, con el que envía copia del acta de Cabildo y manifiesta que respecto a la comunicación dirigida al H. Ayuntamiento y a la C.P. Ángeles Jasso González, con la que manifiesta que reasume el cargo de Presidente Municipal, no lo remite porque no se encontró en los archivos del Ayuntamiento.

  5. - Con oficios números 0945, 0946 y 0947, suscritos por el C. Dip. José Fermín Santana, se solicitó a las editoriales Diario de Colima, Coliman y el Mundo desde Colima, el envío de un ejemplar de su edición...

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