Fe de Erratas del Acuerdo Complementario para el Control y Evaluación, así como de responsabilidades, en materia de adquisiciones de Bienes y Contratación de Servicios en las Dependencias, Organismos Auxiliares y Tribunales Administrativos en el Gobierno del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial 'Gaceta del Gobierno' del 25 de julio de 2014, Sección Primera

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5 de agosto de 2014
ESTADO DE MEX I
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"2014. Año de los Tratados de Teoloyucari
FE DE ERRATAS
"GACETA DEL GOBIERNO"
25 DE JULIO DE 2014
Tomo CXCVIII, Número 19, SECCIÓN PRIMERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
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ACUERDO COMPLEMENTARIO PARA EL CONTROL Y EVALUACIÓN, ASÍ COMO DE RESPONSABILIDADES,
EN MATERIA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN LAS DEPENDENCIAS.
ORGANISMOS AUXILIARES Y TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO
DICE:
DEBE DECIR:
SEGUNDO.- Los titulares de las áreas de administración o
equivalentes. asi como aquellos servidores públicos de las
dependencias.
organismos
auxiliares
y
tribunales
administrativos de la Administración Pública Estatal. que por
sus funciones intervengan en los procedimientos de
adquisición de bienes y contratación de servicios con
proveedores sociales, tienen la obligación de:
SEGUNDO.- ...
I.
Facilitar y promover su participación en la entidad.
II.
Recibir sus cotizaciones.
III.
Brindar asistencia técnica, administrativa, jurídica y
logistica que soliciten o que sea necesaria.
IV.
Adjudicar parte del presupuesto anual asignado
para su gasto de operación, es decir. los capítulos
de gasto de Materiales y Suministros (2000).
Servicios Generales (3000) y Bienes Muebles e
Inmuebles (5000). mismo que será determinado por
la Secretaría de Finanzas.
V.
Asignar a éstos las adquisiciones ylo contrataciones
que se realicen por fondo fijo de caja.
VI.
Determinar los bienes o servicios que pueden ser
provistos por estos, tomando como base lo
establecido en el Catálogo de Bienes y Servicios
expedido por la Secretaría de Finanzas.
VII.
Tramitar y realiza' el pago correspondiente a estos
bienes y servicios, en un plazo máximo de cinco
días hábiles a partir de la firma del contrato.
VIII.
Apoyar las demás acciones que propicien la
adquisición de bienes y contratación de servicios
conforme al objeto del presente Acuerdo.
I. a VI.
...
VII. Tramitar y realizar el pago correspondiente a estos
bienes y servicios, en un plazo máximo de cinco días
hábiles, a partir de la entrega de la factura
correspondiente.
Lic. Alejandro Germán Hinojosa Velasco
Secretario de la Contraloría
(Rúbrica).
3068.-5 agosto

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