Acuerdo por el que se habilitan los días para que la Dirección General de Recursos Materiales y el Comité Central de Adquisiciones y Servicios, puedan substanciar procedimientos adquisitivos de bienes y contratación de servicios hasta la suscripción del contrato, conforme a lo dispuesto en el Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México y su Reglamento

6 de diciembre de 2013
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Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones legales invocadas he tenido a bien emitir el
siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN LOS DÍAS PARA QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS
MATERIALES PUEDA SUBSTANCIAR PROCEDIMIENTOS ADQUISITIVOS DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE
SERVICIOS HASTA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO CONFORME A LO DISPUESTO EN LA LEY DE
CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS Y SU REGLAMENTO, CON BASE EN LO
SIGUIENTE:
PRIMERO,-
Se habilitan los días 7, 8, 14, 15, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de 2013,
exclusivamente para que la Dirección General de Recursos Materiales, pueda llevar a cabo la instauración de
procedimientos adquisitivos de bienes y contratación de servicios; hasta la suscripción del contrato, por b que sólo
para esos efectos correrán los plazos establecidos en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y
Municipios y su Reglamento.
SEGUNDO.-
Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" en uno de los diarios de
mayor circulación nacional y en uno de mayor circulación en la capital del Estado.
TERCERO.-
El presente acuerdo surtirá sus efectos en los días habilitados los cuales se señalan en el punto primero.
Dado en la ciudad de Toluca de Lerdo, Capital del Estado de México a los dos días del mes de diciembre de dos mil
trece.
L. en C. HÉCTOR JUAN SÁNCHEZ QUINTANA
DIRECTOR GENERAL
(RÚBRICA).
GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
RA; °DE
LICENCIADO EN CONTADURÍA HÉCTOR JUAN SÁNCHEZ QUINTANA, DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS
MATERIALES DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 19 FRACCIÓN III, 23 Y 24 FRACCIONES XXXVII
XXXVIII Y LVI DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 13.1
FRACCIONES I Y II, 13.3, 13.4 SEGUNDO PÁRRAFO Y DEMÁS APLICABLES DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO
DEL ESTADO DE MÉXICO; 12 Y 13 PÁRRAFO PRIMERO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; 1, 2, 3 FRACCIÓN XVIII, 5, 8, 9, 30 FRACCIÓN II Y 32
FRACCIONES, VI, VIII, XI, XIII Y XLVI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS; Y
CONSIDERANDO
Que la Dirección General de Recursos Materiales, tiene entre sus funciones la de adquirir los bienes muebles y
contratar, en el ámbito de su competencia, los servicios de cualquier naturaleza que requieran las dependencias del
Poder Ejecutivo Estatal.
Que los días 7, 8, 14, 15, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de 2013, no se consideran
hábiles, en los cuales no se podrían realizar promociones y actuaciones, salvo que las autoridades administrativas
ejerciten su facultad para habilitarlos, con el propósito, en este caso de no desfacar los procedimientos adquisitivos y
de contratación de servicios que se requieran.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones legales invocadas he tenido a bien emitir el
siguiente:

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