Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se expide el Reglamento de Comisiones del propio Organo Máximo de Dirección

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG299/2008.

Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se expide el Reglamento de Comisiones del propio Organo Máximo de Dirección.

Antecedentes

  1. En sesión extraordinaria del Consejo General, celebrada el 6 de octubre de 2005, mediante Acuerdo CG205/2005, se aprobó el Reglamento de Comisiones del Consejo General del Instituto Federal Electoral.

  2. En sesión extraordinaria del Consejo General, celebrada el 30 de noviembre de 2005, mediante Acuerdo CG232/2005, se modificó el Reglamento de Comisiones del Consejo General, en acatamiento a la sentencia SUP-RAP-63/2005 dictada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

  3. El 13 de noviembre de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto que reforma los artículos 6o., 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  4. El 14 de enero de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  5. En sesión extraordinaria del Consejo General, celebrada el 18 de enero de 2008, mediante Acuerdo CG07/2008, se determinó la integración de las comisiones permanentes del órgano máximo de dirección, el cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 30 del mismo mes y año.

  6. El Consejo General mediante Acuerdo CG17/2008 emitido en sesión extraordinaria de fecha 15 de enero de 2008, aprobó la modificación de la integración de sus comisiones permanentes.

  7. En sesión ordinaria celebrada el 29 de febrero de 2008, el Consejo General, mediante Acuerdo CG34/2008, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de marzo del mismo año, aprobó la creación de la Comisión de Reglamentos con carácter de temporal.

  8. En la misma sesión, el Consejo General aprobó el Acuerdo CG35/2008 por el cual se emiten los lineamientos para organizar los trabajos de reforma o expedición de reglamentos y de otros instrumentos normativos del Instituto derivados de la reforma electoral, en términos del artículo Noveno Transitorio del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo del mismo año.

  9. El 30 de abril de 2008, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió la sentencia identificada con el expediente SUP-RAP-2/2008 y su acumulado SUP-RAP-3/2008.

  10. En sesión extraordinaria celebrada el 25 de junio de 2008, la Comisión de Reglamentos aprobó el Proyecto de Acuerdo del Consejo General por el que se expide el Reglamento de Comisiones del propio Organo Máximo de Dirección.

Considerando

  1. Que el artículo 41, base V, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores.

  2. Que el artículo 106, numeral 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

  3. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del código comicial federal, los órganos centrales del Instituto Federal Electoral son el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva, la Secretaria Ejecutiva y la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.

  4. Que el artículo 109 del mismo código, establece que el Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.

  5. Que el artículo 118, párrafo 1, inciso a) de la norma en cita, dispone que el Consejo General tiene entre sus atribuciones la de aprobar y expedir los reglamentos interiores necesarios para el debido ejercicio de las facultades del Instituto.

  6. Que de acuerdo al artículo Noveno Transitorio del Decreto por el que se expide el código electoral federal, el Consejo General está facultado para dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas las disposiciones de dicha norma y deberá expedir los reglamentos que se deriven de la misma a más tardar en 180 días a partir de su entrada en vigor.

  7. Que el Artículo Segundo Transitorio del Acuerdo CG07/2008 establece que en tanto se reforma el Reglamento de Comisiones del Consejo General, los Presidentes de las mismas determinarán, en función de la naturaleza de los asuntos enlistados en el orden del día, si la sesión a la que se convoca tiene carácter público o privado; por lo que para las sesiones públicas serán convocados los integrantes de la Comisión así como el resto de los Consejeros Electorales, los Consejeros del Poder Legislativo y los Representantes de los Partidos Políticos. Mientras que para las sesiones que el Presidente de la Comisión defina como de carácter privado, se convocará solamente a los Consejeros Electorales.

  8. Que de conformidad con los puntos Primero y Segundo del Acuerdo mencionado en el antecedente 7 la Comisión de Reglamentos es de carácter temporal y tiene como funciones, presentar al Consejo General las propuestas de reforma a diversos instrumentos normativos, a fin de adecuarlos a las nuevas normas surgidas de la reforma al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, entre los que se encuentra el Reglamento de Comisiones del Consejo General.

  9. Que de acuerdo a lo dispuesto en el punto Tercero del Acuerdo CG35/2008, corresponde a la Comisión de Reglamentos presentar al Consejo General, las propuestas de expedición o reforma, según sea el caso, de cuatro instrumentos normativos, entre los que se encuentra el Reglamento de Comisiones de dicho Organo Máximo de Dirección.

  10. Que las adecuaciones normativas derivadas de la reforma electoral deben expedirse en un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor del nuevo código comicial, en razón de lo cual se presenta el proyecto de reforma al Reglamento mencionado, para su oportuna discusión, análisis y eventual aprobación.

  11. Que de acuerdo con lo dispuesto por la sentencia SUP-RAP-005/2002, emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la entonces llamada Comisión de Proyectos de Resolución o Devolución podía estar integrada únicamente por Consejeros Electorales, en atención a la naturaleza de los asuntos que atendía (presuntas faltas cometidas por los partidos políticos) así como por el carácter de los documentos que aprobaba (proyectos de resolución); los cuales, serían conocidos y resueltos de manera final, por el Consejo General.

  12. Que de conformidad con la sentencia SUP-RAP-2/2008 y su acumulado SUP-RAP-3/2008, referida en el antecedente 9, la Sala Superior consideró que la participación de los Representantes de los Partidos Políticos y los Consejeros del Poder Legislativo en las Comisiones del Consejo General, es una facultad reglada no discrecional, que corresponde delimitar a la autoridad administrativa electoral.

  13. Que lo anterior sólo tiene como excepción a la Comisión del Servicio Profesional Electoral, la cual estará integrada exclusivamente por Consejeros Electorales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 116, párrafo 4 del código comicial federal.

  14. Que en función del principio de unidad normativa y con la finalidad de brindar coherencia integral al sistema institucional de toma de decisiones, se hace necesario expedir un nuevo Reglamento de Comisiones del Consejo General, que se adecue a la estructura y funcionamiento del Instituto Federal Electoral.

  15. Que en la discusión de la modificación del Reglamento citado, se buscó dar cabida a la pluralidad de opiniones, por lo que se consideró en todo momento las aportaciones de los integrantes de la Comisión de Reglamentos, así como de otras instancias del Instituto que propusieron cambios al ordenamiento referido.

Con base en los antecedentes y consideraciones expresados, y con fundamento en los artículos 41, base V, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 106, numeral 1; 108, 109; 16, párrafo 4; 118, párrafo 1, inciso a), Noveno Transitorio del Decreto por el que se expide el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Consejo General emite el presente Acuerdo

Primero.- Se expide el Reglamento de Comisiones del Consejo General, cuyo texto es el siguiente:

Reglamento de Comisiones del Consejo General del Instituto Federal Electoral.

TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículos 1 a 3
ARTÍCULO 1 Objeto.
  1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas conforme a las cuales se regula la organización y el funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Federal Electoral, en los términos del artículo 116 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  2. A la Comisión de Quejas y Denuncias le serán aplicables las reglas establecidas en el presente Reglamento en tanto no se opongan a las disposiciones y...

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