Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

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Publicado enDiario Oficial de la Federación – Edición del 14 de enero de 2008
LIBRO PRIMERO De la integración de los poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión Artículos 1 a 21
TÍTULO PRIMERO Disposiciones preliminares Artículos 1 a 3
ARTÍCULO 1
  1. Las disposiciones de este Código son de orden público y de observancia general en el territorio nacional y para los ciudadanos mexicanos que ejerzan su derecho al sufragio en el territorio extranjero en la elección para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

  2. Este Código reglamenta las normas constitucionales relativas a:

  1. Los derechos y obligaciones político-electorales de los ciudadanos;

  2. La organización, función y prerrogativas de los partidos políticos y el régimen aplicable a las agrupaciones políticas; y

  3. La función estatal de organizar las elecciones de los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión.

ARTÍCULO 2
  1. Para el desempeño de sus funciones las autoridades electorales establecidas por la Constitución y este Código, contarán con el apoyo y colaboración de las autoridades federales, estatales y municipales.

  2. Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y hasta la conclusión de la jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

  3. La promoción de la participación ciudadana para el ejercicio del derecho al sufragio corresponde al Instituto Federal Electoral, a los partidos políticos y sus candidatos. El Instituto emitirá las reglas a las que se sujetarán las campañas de promoción del voto que realicen otras organizaciones.

  4. El Instituto dispondrá lo necesario para asegurar el cumplimiento de las normas antes establecidas y de las demás dispuestas en este Código.

ARTÍCULO 3
  1. La aplicación de las normas de este Código corresponde al Instituto Federal Electoral, al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y a la Cámara de Diputados, en sus respectivos ámbitos de competencia.

  2. La interpretación se hará conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional, atendiendo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 14 de la Constitución.

TÍTULO SEGUNDO De la participación de los ciudadanos en las...

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