CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL RETOÑO

Fecha de publicación17 Diciembre 2018
Sección
Pág. 6 PERIÓDICO OFICIAL Diciembre 17 de 2018
(Primera Sección)
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL RETOÑO
CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL RETOÑO
El CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL RETOÑO , en ejercicio de la facultad
que nos confieren los artículos 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 13 fracción I de
Anticorrupción; 3°, 5°, 15, 16 y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Aguascalientes; 3° y 5° de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes; 2° , 5°, 10,
15 fracción I, 30, 31, 41 fracción VIII, 42 fracciones I y XII, 43 y 44 de la Ley para el Control de las Entidades
Paraestatales del Estado de Aguascalientes; y 4° fracción I y 9° fracción II de la Ley de Creación de la
Universidad Tecnológica el Retoño del Estado de Aguascalientes , ha tenido a bien expedir el ACUERDO
mediante el cual se emite el CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL RET OÑO”
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 109, fracción III, estatuye
que se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omis iones que afecten la
legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus e mpleos,
cargos o comisiones.
El 3 de febrero de 2015, el Presidente de la República anunció diversas Acciones Ejecutivas, dentro
de las cuales instruyó a la Secretaría de la Función Pública a emitir reglas de integridad para el ejercicio de la
función pública, ampliando y profundizando el Código de Ética de los servidores públicos, a fin de que sea
acorde con los nuevos retos en materia de combate a la corrupción.
Así mismo, el 20 de agosto de 2015 la Secretaría de la Función Pública, publicó en el Diario Oficial
de la Federación, el Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los Servidores Públicos del
Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función Pública, y los Lineamientos
Generales para Propiciar la Integridad de los Servidores Públicos y para Implementar Acciones Permanen tes
que Favorezcan su Comportamiento Ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de
Interés.
Por otra parte, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en sus artículos y , indica
que es responsabilidad de los servidores públicos salvaguardar los principios de legalidad, objetividad,
profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia; por
su parte el artículo 16 de dicha normatividad establece que los Servidores Públicos deberán observar el
Código de Ética que al efecto sea emitido por las Secretarías o los Órganos Internos de Control, conforme a
los lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción, para que en su actuación impere una conducta
digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño, en correlación con el
facultad de la Contraloría del Estado y de los Órganos Internos de Control de las Entidades de la
Administración Pública Estatal, deberán implementar acciones para orientar el desempeño de los servidores
públicos en sus empleos, cargos, comisiones o funciones, en coordinación con el Sistema Estatal
Anticorrupción; así como, elaborar su Código de Ética el cual deberá hacerse del conocimiento de los
servidores públicos, entendiéndose que las entidades deberán emitir el propio con base a la normatividad que
le es aplicable y en términos del artículo 45 de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado
de Aguascalientes.
Por lo anterior, la Universidad Tecnológica El Retoño, acorde a las disposiciones emitidas por el
Rector (a) de la Universidad y con el interés que el Estado tiene en promover acciones que fortalezcan la
transparencia, la rendición de cuentas, la legalidad y el combate a la corrupción; se emite el Acuerdo por el
que se expide el Código de Ética, a fin de que se establezcan acciones para delimitar las conductas de los
servidores públicos en situaciones específicas, previo diagnóstico que al efecto realicen, conforme a los
lineamientos generales y al debido proceso.
Esta Universidad, con base en el programa institucional de desarrollo 2015-2019 está comprometido
en implementar acciones y políticas que permitan el desarrollo integral de la Universidad Tecnológica, con
base a los principios de equidad de género, sustentabilidad, transparencia y combate a la corrupción, teniendo
como objeto una administración pública cercana, eficiente, honesta, transparente y de calidad, es por ello que
hemos tenido a bien expedir el siguiente:

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