CÓDIGO DE ÉTICA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación10 Febrero 2020
SecciónCuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 75Febrero 10 de 2020 (Cuarta Sección)
Respeto a los
derechos humanos
DÉCIMA
PRIMERA
Legalidad
Imparcialidad
Profesionalismo
Objetividad
Respeto
Respeto a los
derechos humanos
Igualdad y no
discriminación
Procedimiento
administrativo
Desempeño permanente
con integridad
Todas las áreas
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
PREÁMBULO
El Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes tiene como misión el ejercer como máxima autoridad
jurisdiccional en materia electoral en el Estado, cumpliendo sus funciones bajo los principios de certeza,
imparcialidad, objetividad, legalidad, probidad, definitividad y máxima publicidad, garantizando la
constitucionalidad en sus actos y resoluciones.
Además, tiene como visión posicionarse como un Órgano Jurisdiccional en materia electoral de referencia a
nivel global, mediante el dictado de sentencias con lenguaje ciudadano, en un marco de justicia abierta y
efectiva, coadyuvando a fortalecer la relación entre la ciudadanía y la justicia.
Como organismo jurisdiccional el Tribunal requiere de personal profesional y capaz que contribuya a la cultura
de la transparencia y rendición de cuentas ante la sociedad. Todo ello con pleno respeto a los derechos
humanos y a los principios normativos y éticos que rigen el servicio público.
El derecho de toda persona en el ejercicio de la función pública recaiga en personal que actúe con
transparencia, máxima publicidad, honradez, profesionalismo, confidencialidad, imparcialidad,
independencia, legalidad, certeza, objetividad, igualdad y no discriminación, de lo contrario se puede originar
la pérdida de la confianza en las instituciones.
Si bien la ética se traduce en un comportamiento humano que se caracteriza por ser unilateral, inherente a la
conciencia del sujeto, resulta vital para la sana convivencia dentro de una colectividad, pues en el quehacer
cotidiano de la Institución debe imperar un actuar que equilibre el poder y la confianza que el Estado deposita
en su persona.
En el Tribunal Electoral tenemos la responsabilidad y el firme compromiso de promover una cultura de respeto
a los derechos humanos laborales, mediante la prohibición de toda práctica discriminatoria que tenga por
objeto o efecto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de
oportunidades.
En este orden de ideas se elabora y se presenta el Código de Ética del Tribunal Electoral del Estado de
Aguascalientes, cuya finalidad es establecer parámetros y reglas de conducta basados en los principios y
valores que deben guiar el desempeño diario del personal de esta Institución.
ACUERDO por el que se emite el Código de Ética para las y los servidores públicos
del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes.
El Órgano Interno de Control del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, en ejercicio que le confieren
los artículos 9, Fracción II y 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 7°, Fracción II y 13,
de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción; 3° y 5° de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado
de Aguascalientes; 53, 55, fracciones VI y XVII del Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de
Aguascalientes; el numeral Décimo Tercero del Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para
la emisión del Código de Ética, se expide el Acuerdo mediante el cual se emite el Código de Ética del Tribunal
Electoral del Estado de Aguascalientes, al tenor de los siguientes:
A N T E C E D E N T E S
1. En relación con el artículo 17 apartado B, párrafo XV de la Constitución Política del Estado de
Aguascalientes señala que el Tribunal Electoral es el órgano jurisdiccional local especializado en
materia electoral, goza de autonomía técnica y de gestión en su funcionamiento e independencia en

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