Codigo de Etica para los Servidores Publicos del Instituto Sudcaliforniano de la Infraestructura Fisica Educativa

CÓDIGO DE ÉTICA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO SUDCALlFORNIANO DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Boletín Oficial del Estado de Baja California Sur, el martes 30 de junio de 2015.

LA JUNTA DE GOBIERNO DEL INSTITUTO SUDCALlFORNIANO DE INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 13 DE LA LEY DE INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR; Y CON FUNDAMIENTO (SIC) EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 7 Y DEMÁS APLICABLES DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO SUDCALIFORNIANO DE INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA, HA TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:

CÓDIGO DE ÉTICA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO SUDCALlFORNIANO DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 12
Artículo 1 El presente Código de Ética, tiene por objeto normar la conducta de los servidores públicos del Instituto Sudcaliforniano de Infraestructura Física Educativa, respecto de los valores éticos en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión.
Artículo 2

El presente Código de Ética será de aplicación y observancia obligatoria para los servidores públicos que se desempeñen en el Instituto Sudcaliforniano de Infraestructura Física Educativa, en todos los niveles y jerarquías bajo cualquier vínculo contractual, quienes tendrán la obligación de cumplir los valores que dispone el presente instrumento, para no incurrir en infracciones a las leyes y ser sujetos a las sanciones en ellas previstas, de conformidad a los procedimientos que en cada caso se establecen en las normas vigentes.

Artículo 3 Para efectos del presente código se entenderá por:
  1. Ética: Es el conjunto de principios, valores, costumbres y normas de conducta, adquiridos, asimilados y practicados de un modo estrictamente racional o consciente. Corresponde al ejercicio libre y consciente de la razón para justificar nuestros actos desde el punto de vista del bien y el mal.

  2. Servidor Público: Es toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión, de cualquier naturaleza en el Instituto Sudcaliforniano de la Infraestructura Física Educativa.

  3. Valores: Es el conjunto de principios, costumbres, méritos y normas de conducta, adquiridos y asimilados del medio (hogar, escuela, iglesia, comunidad). Su asimilación y práctica no depende de una actitud plenamente consciente o racional, sino principalmente, de un sentimiento de respeto a la autoridad moral de la que provienen.

  4. Código: Al Código de Ética de los Servidores Públicos del Instituto Sudcaliforniano de la Infraestructura Física Educativa.

  5. Instituto: Al Instituto Sudcaliforniano de la Infraestructura Física Educativa.

Artículo 4 Los fines del presente Código son los siguientes:
  1. Fortalecer los valores de todos los servidores públicos en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, mediante el fomento, promoción y difusión de los principios y virtudes;

  2. Establecer los criterios y valores que deben inspirar la conducta ética de los servidores públicos del Instituto, con el propósito de que éstos asuman el compromiso de prestar el servicio con excelencia;

  3. Prevenir para evitar la presencia de todo tipo de prácticas viciosas que demeriten las funciones del Instituto; y

  4. Estimular la consolidación del principio de la dignidad de la persona humana, como asiento ético de los derechos humanos.

CAPÍTULO II Artículo 5

DE LOS VALORES ÉTICOS RELACIONADOS CON EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD

Artículo 5 El Servidor Público está obligado a que sus actos guarden armonía con las disposiciones legales y administrativas que rigen su actuación, acordes a los siguientes lineamientos generales:
  1. Desempeño de Funciones dentro del Marco Normativo.- Todo servidor público deberá observar y conducirse bajo las normas, lineamientos y criterios que delimitan su competencia.

  2. Difusión y Enseñanza del Marco Normativo.- Todo servidor público deberá dar a conocer el marco normativo de su competencia. De igual manera, deberá...

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