Codigo de Etica para Servidores Publicos del Municipio de Champoton, Campeche
[N. DE E. DE CONFORMIDAD CON EL TRANSITORIO ÚNICO DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE CHAMPOTÓN, PUBLICADO EN EL P.O. DE 30 DE JUNIO DE 2017, EL PRESENTE ORDENAMIENTO HA SIDO DEROGADO.]
CÓDIGO DE ÉTICA PARA SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE CHAMPOTÓN, CAMPECHE
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 30 DE JUNIO DE 2017 (DEROGADO).
Código publicado en la Sección Administrativa al Periódico Oficial del Estado de Campeche, el jueves 19 de abril de 2007.
EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, PROF. ROBERTO CAMPOS AGUILAR.- RUBRICA.
Código de Ética para servidores públicos del Municipio de Champotón, Campeche.
Parte General
GENERALIDADES
Ayuntamiento de Champotón, Campeche, de sus organismos descentralizados y auxiliares, y tiene por objeto coadyuvar y optimizar la administración pública, sin perjuicio de lo dispuesto en otras normas y disposiciones que regulen su desempeño como tales, así como de otras disposiciones éticas.
- Código de ética.- Código de ética de los servidores públicos del Honorable Ayuntamiento de Champotón, Campeche, de sus organismos descentralizados y auxiliares.
- Servicio público.- Aquella actividad consistente en satisfacer de una manera regular, continua y uniforme, necesidades públicas de carácter esencial o fundamental.
- Servidor público.- Aquella persona que desempeña una función o presta(n) un servicio personal y subordinado en alguno de los órganos o áreas administrativas del H. Ayuntamiento de Champotón, Campeche.
- H. Ayuntamiento.- El Honorable Ayuntamiento del municipio de Champotón, Campeche.
Ayuntamiento de Champotón, ya sea en los órganos descentralizados o auxiliares, deberá conocer el Código de Ética y asumir el compromiso de su debido cumplimiento.
PRINCIPIO GENERALES
Ninguna persona debe aceptar ser designada en un cargo para el que no tenga la capacidad y disposición para el buen desempeño o ejercicio del mismo.
De igual forma ante situaciones extraordinarias el servidor público debe realizar aquellas tareas que por su naturaleza o modalidad no sean las estrictamente inherentes a su cargo, siempre que ellas resulten necesarias para mitigar, neutralizar o superar las dificultades que enfrenten.
No debe utilizar, en beneficio propio, de terceros o para fines ajenos al servicio, información de la que tenga conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones y que no esté destinada para su difusión.
Debe custodiar y cuidar los valores, documentación e información que por razón de su cargo se encuentren bajo su cuidado, impidiendo o evitando el uso abusivo, mal uso, sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización de los mismos.
Ayuntamiento de Champotón, así como en las demás normatividad que regule la ejecución de sus trabajos, mostrando en todo momento la calidad y excelencia en el trabajo desempeñado.
De igual forma no deberá obtener ni procurar...
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