Codigo de Etica del Instituto Electoral y de Participacion Ciudadana del Estado de Durango -antes Codigo de Etica del Instituto Estatal Electoral de Durango-



[N. DE E. DE CONFORMIDAD CON EL TRANSITORIO SEGUNDO DEL CÓDIGO DE ÉTICA DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE DURANGO, PUBLICADO EN EL P.O. DE 21 DE FEBRERO DE 2019, EL PRESENTE ORDENAMIENTO HA SIDO ABROGADO.]

CÓDIGO DE ÉTICA DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE DURANGO

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 21 DE FEBRERO DE 2019 (ABROGADO).

Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el jueves 2 de octubre de 2008.

ACUERDO NÚMERO NUEVE emitido por el Consejo Estatal Electoral en sesión ordinaria número tres, de fecha martes treinta de septiembre del año dos mil ocho, por el que se aprueba el Código de Ética para el Instituto Estatal Electoral de Durango, de conformidad con los artículos 109 y 116 fracciones I y XXX del Código Estatal Electoral de Durango, con base en los siguientes

C O N S I D E R A N D O S.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 109 y 116 fracciones I, XXIX y XXX del Código Estatal Electoral de Durango, este órgano Colegiado emite el siguiente

A C U E R D O

PRIMERO. Se aprueba el Código de Ética para el Instituto Estatal Electoral de Durango, contenido en veintiún artículos y dos transitorios, mismo que entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Durango.

SEGUNDO. Se designa como integrantes del Comité de Ética a la Doctora Esmeralda Valles López, Presidenta del Consejo Estatal Electoral, al Licenciado Raymundo Hernández Gámiz, Secretario Ejecutivo y al Ingeniero Gerardo Manzanera Gándara, Consejero Electoral, quienes deberán cumplir con sus funciones en os términos del Capítulo IV de l Código de Ética del Instituto Estatal Electoral de Durango.

TERCERO. Se instruye al Secretario del Consejo para que de amplia difusión del Código de Ética entre los integrantes del Consejo Estatal Electoral, entre los servidores del Instituto Estatal Electoral de Durango, cualesquiera que sea su categoría, y en su momento, entre los integrantes de los Consejos Electorales Municipales.

CUARTO. Publíquese el presente Acuerdo y el Código de Ética anexo, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Durango y en la página web del Instituto Estatal Electoral de Durango.

Así lo acordó y firmó el Consejo Estatal Electoral, en sesión ordinaria número tres, celebrada en fecha martes treinta de septiembre de dos mil ocho, ante el Secretario que da fe.------------------

DRA. ESMERALDA VALLES LÓPEZ

P R E S I D E N T A

C.P. MA. DE LOURDES VARGAS RODRÍGUEZ

LIC. JOSÉ ENRIQUE TORRES CABRAL

LIC. MOISES MOREN ARMENDARIZ

LIC. JOSÉ LUIS CHÁVEZ RAMÍREZ

ING. GERARDO MANZANERA GÁNDARA

LIC. CLAUDIA JUDITH MARTÍNEZ MEDINA

LIC. RAYMUNDO HERNÁNDEZ GÁMIZ

SECRETARIO

(REFORMADA SU DENOMINACION, P.O. 4 JUNIO DE 2009)

CÓDIGO DE ÉTICA DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE DURANGO.

CAPÍTULO I Artículos 1 a 3

GENERALIDADES

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1

(REFORMADO PRIMER PARRAFO, P.O. 4 DE JUNIO DE 2009)

Las disposiciones de este Código constituyen un catálogo de principios, valores y virtudes aplicables a todos los servidores del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango, de todos los niveles y jerarquías, que presten sus servicios de manera eventual o permanente, en los siguientes órganos:

  1. El Consejo Estatal Electoral;

  2. Los 39 Consejos Municipales Electorales;

  3. La Presidencia del Consejo Estatal Electoral;

  4. La Secretaría Ejecutiva;

  5. Dirección del Registro Estatal de Electores;

  6. Dirección de Organización Electoral;

  7. Dirección de Capacitación Electoral y Educación Cívica;

  8. Dirección de Administración;

  9. Dirección Jurídica;

  10. Secretaría Técnica;

  11. Unidad Técnica de Cómputo, y

  12. Departamento de Comunicación Social.

(REFORMADO, P.O. 4 JUNIO DE 2009)

Para efectos de la aplicación del presente Código se entenderá por Instituto, al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango.

FINES

Artículo 2

El presente Código tiene los siguientes fines:

  1. Fortalecer el carácter de todos los servidores del Instituto en el desempeño de su trabajo, mediante la promoción de cualidades a través de una cultura de transparencia, honestidad y objetividad con el desarrollo de actitudes y compromisos consigo mismos, con la sociedad y con la institución a la que pertenecen;

  2. Establecer los criterios y valores que deben inspirar la conducta ética de los servidores del Instituto y que coadyuven a la excelencia de la función estatal de organizar las elecciones y los procedimientos de participación ciudadana, independientemente del cumplimiento de las disposiciones legales que regulan el desempeño de sus funciones, y

  3. Abstenerse de propiciar prácticas que afecten las funciones o actividades del Instituto, para mejorar los estándares de desempeño profesional de los servidores públicos electorales.

CONOCIMIENTO Y OBSERVANCIA

Artículo 3

El ingreso y la permanencia de los servidores del Instituto, debe implicar el conocimiento de este Código, así como el compromiso de apegarse a normas de comportamiento idóneas que tiendan a fomentar una cultura de servicio y una imagen de respeto y profesionalismo del servidor público, en todos los ámbitos de la vida social y cultural.

CAPÍTULO II Artículos 4 a 8

DE LOS PRINCIPIOS DEL SERVIDOR PÚBLICO

COMPROMISO INSTITUCIONAL

Artículo 4

Participar con disposición en las actividades laborales propias y cuando sea necesario en las que no sean las estrictamente inherentes a su cargo.

Actualizarse permanentemente en los conocimientos y técnicas para el mejor desempeño de las funciones propias a su cargo, de conformidad con la normativa vigente.

Abstenerse de usar su cargo, autoridad o influencia para obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas para sí o para terceros, ni para perjudicar a persona alguna.

Actuar con rectitud, honorabilidad e...

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