Codigo Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza

LIBRO PRIMERO DE LOS PODERES LEGISLATIVO Y EJECUTIVO Y DE LOS AYUNTAMIENTOS Artículos 1 a 22
TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES Artículos 1 a 5
ARTÍCULO 1
  1. El presente Código es de orden público y de observancia general en el territorio del Estado de Coahuila de Zaragoza y para la ciudadanía coahuilense que ejerza su derecho al sufragio en territorio extranjero. Tiene por objeto establecer las disposiciones aplicables en materia de partidos políticos, instituciones, y procedimientos electorales.

  2. Son principios rectores de la función electoral la certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad.

ARTÍCULO 2
  1. Para los efectos de este Código se entenderá por:

  1. Ley General: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales;

  2. Ley de Partidos: Ley General de Partidos Políticos;

  3. Ley de Delitos Electorales: Ley General de Delitos Electorales;

  4. Código: El Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza;

  5. Comités: Los distritales o municipales del Instituto;

  6. Congreso: El Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza;

  7. Constitución General: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

  8. Constitución: La Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza;

  9. Contralor: El Contralor Interno del Instituto;

  10. Contraloría: La Contraloría Interna del Instituto;

  11. Estado: El Estado de Coahuila de Zaragoza;

  12. Instituto Nacional: El Instituto Nacional Electoral;

  13. Instituto: El Instituto Electoral de Coahuila;

  14. OPLES: Organismos Públicos Locales Electorales;

  15. Partidos políticos: Los nacionales con registro ante el Instituto Nacional o los de registro estatal ante el Instituto;

  16. Periódico Oficial: Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila;

  17. Tribunal Electoral: El Tribunal Electoral del Estado de Coahuila;

  18. Tribunal Federal: El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o sus salas regionales;

  19. Unidad de Fiscalización: La Unidad de Fiscalización de los Recursos de los partidos Políticos del Instituto.

  20. Ciudadanía: Las mujeres y los hombres que tengan las calidades reconocidas por el artículo 34 de la Constitución General y el artículo 11 de la Constitución.

ARTÍCULO 3
  1. Este Código reglamenta las normas constitucionales relativas a:

  1. Los derechos y obligaciones político-electorales de la ciudadanía;

  2. La organización y desarrollo de los procesos de renovación de los Poderes Legislativo y Ejecutivo y de los Ayuntamientos del Estado de Coahuila;

  3. La organización, función y prerrogativas de los partidos políticos;

  4. El registro, derechos y obligaciones de las candidaturas independientes en los procesos electorales estatales;

  5. La organización y funcionamiento del Instituto, y Tribunal Electoral;

  6. La organización de los actos y procedimientos para la organización y desarrollo de las...

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