Codigo de Conducta de los Servidores Publicos de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, para Propiciar su Integridad a Traves del Comite de Etica y de Prevencion de Conflicto de Intereses, Estado de Mexico

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE ECATEPEC, PARA PROPICIAR SU INTEGRIDAD A TRAVÉS DEL COMITÉ DE ÉTICA Y DE PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES.

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Sección Primera de la Gaceta del Gobierno del Estado de México, el lunes 2 de mayo de 2016.

INTRODUCCIÓN

Las y los servidores públicos de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec debemos, en el ejercicio de nuestras funciones públicas, apegarnos en todo momento a los principios de: Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad, Eficiencia, con la conciencia de que nuestros actos inciden en bienestar de nuestra comunidad universitaria e influyen en el desarrollo educativo y social de la zona de influencia del Estado de México y zona conurbada.

Por ello, es necesario enfrentar nuestro diario actuar con un estricto apego del cumplimento de las Leyes y de la observancia de valores éticos y de integridad.

El presente Código de Conducta comprende un conjunto de valores orientados a las y los servidores públicos que debemos defender y fomentar dentro de nuestro actuar en la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, los cuales nos ayudan a ganar la confianza y credibilidad de los alumnos, docentes y de la sociedad en general.

Este documento busca ser una guía esencial, una referencia y un apoyo para la toma de decisiones.

El Código de Conducta, ofrece lineamientos para orientar las conductas de todos y cada uno de los servidores públicos que pertenecen a la Institución.

Nuestro Código no pretende suplir Leyes o Reglamentos existentes, si no por el contrario complementarlos y fortalecerlos.

Derivado de lo anterior, invitamos a todos los servidores públicos que laboran en la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, a conocer y aplicar el presente Código de Conducta, adoptando su contenido en su actuar diario, hasta lograr transformarlo en un estilo de vida, con el único propósito de dignificar el servicio público, fortaleciendo el crecimiento y desarrollo de la Educación Superior Pública.

ÍNDICE

CONSIDERANDO

CAPÍTULO PRIMERO

- DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO SEGUNDO

- DE LOS PRINCIPIOS DEL SERVIDOR PÚBLICO

CAPÍTULO TERCERO

- DE LOS VALORES ORIENTADOS AL SERVIDOR PÚBLICO

CAPÍTULO CUARTO

- DE LA ACTUACIÓN PÚBLICA

CAPÍTULO QUINTO

- DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA

CAPÍTULO SEXTO

- DE LAS CONTRATACIONES, LICENCIAS, PERMISOS Y CONCESIONES

CAPÍTULO SÉPTIMO

- DE LOS PROGRAMAS GUBERNAMENTALES

CAPÍTULO OCTAVO

- DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS

CAPÍTULO NOVENO

- DE LOS RECURSOS HUMANOS

CAPÍTULO DÉCIMO

- DE LA ADMINISTRACIÓN DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO

- DE LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN

CAPÍTULO DÉCIMO SEGUNDO

- DEL CONTROL INTERNO

CAPÍTULO DÉCIMO TERCERO

- DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO DÉCIMO CUARTO

- DEL DESEMPEÑO PERMANENTE CON INTEGRIDAD

CAPÍTULO DÉCIMO QUINTO

- DE LA COOPERACIÓN CON LA INTEGRIDAD

GLOSARIO

TRANSITORIOS

MAESTRO EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN JOSÉ ÁNGEL FERNÁNDEZ GARCÍA, RECTOR DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE ECATEPEC, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17 FRACCIONES II, IV, XIV Y XVIII DEL DECRETO DE CREACIÓN DE ESTE ORGANISMO; 10 FRACCIONES IV Y XII DE SU REGLAMENTO INTERIOR Y

CONSIDERANDO...

Por lo anteriormente expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE ECATEPEC, PARA PROPICIAR SU INTEGRIDAD A TRAVÉS DEL COMITÉ DE ÉTICA Y DE PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES.

CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 28
Artículo 1 Los valores y principios éticos que se establecen en el presente Código de Conducta, rigen a los servidores públicos de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, para que la actuación de estos servidores se traduzca en actitudes positivas y que tenga un impacto en su entorno laboral.
Artículo 2 Para los fines del presente Código se entenderá por:

Servidor Público: Es toda persona física que desempeñe un empleo, cargo o comisión, de cualquier naturaleza en la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec

Código de Conducta: Al Código de Conducta de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec UNEVE: A la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec.

CAPÍTULO SEGUNDO Artículo 3

DE LOS PRINCIPIOS DEL SERVIDOR PÚBLICO

Artículo 3 Serán de observancia general para todo servidor público en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los siguientes principios: Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad, Eficiencia.
  1. LEGALIDAD

    Los servidores públicos hacen sólo aquello que las normas expresamente les confieren y en todo momento someten su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas otorgan a su empleo, cargo o comisión, por lo que conocen y cumplen las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones.

  2. HONRADEZ

    Los servidores públicos se conducen con rectitud, sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscan o aceptan compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, debido a que están conscientes que ello compromete el ejercicio de sus funciones y que el ejercicio de cualquier cargo público implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio.

  3. LEALTAD

    Los servidores públicos corresponden a la confianza que el Estado les ha conferido, tienen vocación absoluta de servicio a la sociedad y satisfacen el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al bienestar de la población.

  4. IMPARCIALIDAD

    Los servidores públicos dan a los ciudadanos y a la población en general el mismo trato, no conceden privilegios, preferencias a organizaciones o personas, ni permiten que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva.

  5. EFICIENCIA

    Los servidores públicos actúan conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades a través del uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación.

CAPÍTULO TERCERO Artículo 4

DE LOS VALORES ORIENTADOS AL SERVIDOR PÚBLICO

Artículo 4 Los valores que todo servidor público debe anteponer en el desempeño de su empleo, cargo o comisión son los siguientes: Interés Público, Respeto, Respeto a los Derechos Humanos, Igualdad y no discriminación, Equidad de género, Entorno Cultural y Ecológico, Integridad, Cooperación, Liderazgo, Transparencia y Rendición de cuentas.
  1. INTERÉS PÚBLICO

    Los servidores públicos actúan buscando en todo momento la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad, por encima de intereses y beneficios particulares ajenos a la satisfacción colectiva.

  2. RESPETO

    Los servidores públicos otorgan un trato digno y cordial a las personas en general y a sus compañeros de trabajo, superiores y subordinados, considerando sus derechos, de tal manera que propician el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la eficacia y el interés público.

  3. RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS

    Los servidores públicos respetan los derechos humanos y en el ámbito de sus competencias y atribuciones, los garantizan, promueven y protegen, de conformidad con los Principios de Universalidad, que establecen que los derechos humanos corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo, de interdependencia que implica que los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí, de indivisibilidad y de progresividad que prevé que los derechos humanos están en constante evolución y bajo ninguna circunstancia se justifica un retroceso en su protección.

  4. IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN

    Los servidores públicos prestan sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en el origen étnico o nacional, color de piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, religión, apariencia física, características genéticas, situación familiar, responsabilidades familiares, idioma, antecedentes penales o en cualquier otro motivo.

  5. EQUIDAD DE GÉNERO

    Los servidores públicos, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, garantizan que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos, a los programas y beneficios institucionales y a los empleos, cargos y comisiones gubernamentales.

  6. ENTORNO CULTURAL Y ECOLÓGICO

    Los servidores públicos en el desarrollo de sus actividades evitan la afectación del patrimonio cultural y de los ecosistemas, asumen una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente y en el ejercicio de sus funciones y...

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