Codigo de Conducta de los Servidores Publicos de la Secretaria de Fiscalizacion y Rendicion de Cuentas del Gobierno del Estado de Coahuila

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Coahuila, el martes 7 de abril de 2015.

ACUERDO:

POR EL QUE SE ESTABLECE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA.

JORGE EDUARDO VERÁSTEGUI SAUCEDO, Secretario de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Coahuila de Zaragoza, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 21 fracciones VI, VII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila y demás relativos a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos Estatales y Municipales del Estado de Coahuila de Zaragoza; 9,10 fracciones I y IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas.

C O N S I D E R A N D O...

Que por lo anterior expuesto se expide el presente Código de Conducta:

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 20
Artículo 1 El Código de Conducta define los principios generales que adoptarán las y los servidores públicos, mostrando un comportamiento de buenos hábitos, principios y valores.
Artículo 2 El presente código es de observancia general y obligatoria para las y los servidores públicos de la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas, en adelante SEFIR.
Artículo 3 El presente Código de conducta es parte integrante del sistema de control interno de la SEFIR.
Artículo 4 El Código de Conducta está referido a cuestiones de honestidad, responsabilidad y respeto.
CAPÍTULO II Artículos 5 a 17

PRINCIPIOS

Artículo 5 La o el servidor público de buena conducta será definido como aquel que en el ejercicio de sus funciones practique los principios y valores de honestidad, honradez, transparencia, eficacia, rendición de cuentas, imparcialidad, eficiencia, liderazgo, respeto, lealtad, legalidad e integridad.
Artículo 6 La honestidad será practicada:
  1. Al rechazar todo tipo de regalos ofrecidos por ciudadanos o funcionarios que quieran obtener decisiones favorables, cuando no estén cumpliendo alguna normatividad;

  2. Al no vincular la vida privada con el desempeño del cargo;

  3. Al realizar las entrevistas y reuniones en los lugares de trabajo;

  4. Al momento de elegir opciones deberá ser por la de mayor ventaja para el bien común.

Artículo 7 La imparcialidad será practicada:
  1. Al momento de ofrecer los servicios sin que influya el estado de ánimo, simpatía, antipatía o preferencia alguna;

  2. Al brindar la atención sin actitudes discriminatorias por razón de sexo, origen étnico, credo, religión, edad, discapacidad, afinidad política, orientación sexual, nacionalidad, ciudadanía, estado civil o estatus...

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