CÓDIGO DE CONDUCTA DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE LOS ROMO

Fecha de publicación17 Diciembre 2018
SecciónPrimera Secció
Pág. 70 PERIÓDICO OFICIAL Diciembre 17 de 2018
(Primera Sección)
Lo anterior para conocimiento de la ciudadanía.
Aprobado por unanimidad de votos, en Sesión Extraordinaria de Cabildo de San Francisco de los Romo, Ags.,
a los veintinueve días del mes de Noviembre de 2018.
Con fundamento en los artículos 115, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
30 Fracción IV, 32, 35 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 36 fracciones I y III, 91 y 94
de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes para el Estado de Aguascalientes; 80 Fracciones I y III,
81 Fracción XXV, 84 Fracción VIII, 85 Fracción XVI , 110 Fracciones XIII y XXVI del Código Municipal de San
Francisco de los Romo; se pone a la recta consideración de los integrantes del Honorable Cabildo de San
Francisco de los Romo, la siguiente iniciativa de:
CÓDIGO DE CONDUCTA
DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE LOS ROMO.
Objetivo
El presente Código establece conductas de observancia obligatoria para los servidores públicos de la
Administración Municipal de San Francisco de los Romo y para terceros relacionados con la institución, las
cuales tienen como propósito:
Promover un ambiente de trabajo basado en la integridad personal y profesional.
Actualizar mediante acciones específicas los principios establecidos en el Código de Ética
Profesional de la Administración Municipal de San Francisco de los Romo.
Infundir en el personal la noción de que su conducta, dentro y fuera del lugar de trabajo, y aun
cuando no se relacione con sus actividades oficiales, incide en la imagen y el prestigio que el
público tiene de la institución.
Resguardar la confianza que la sociedad ha depositado en los servidores públicos de la
Administración Municipal de San Francisco de los Romo.
Aplicación
Las disposiciones de este Código son obligatorias para todas las personas que desempeñen un empleo, cargo
o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Municipal de San Francisco de los Romo, sin
excepción de nivel, función o actividad.
De igual modo, los proveedores de bienes y prestadores de servicios externos deberán tener conocimiento
de este Código, y observaran los preceptos que les resulten aplicables de acuerdo con las actividades que
realizan.
Alcance
El presente Código de Conducta deberá ser observado en cualquier lugar, situación o contexto en el que el
personal ejercite alguna función de carácter oficial o sus acciones guarden vínculo alguno con la
Administración Municipal de San Francisco de los Romo.
La aplicación de este Código no limita el alcance de las demás disposiciones federales y locales que los
servidores públicos están obligados a cumplir, ni de otros códigos profesionales que en su caso resulten
Las acciones que ejerce el municipio de San Francisco de los Romo por el incumplimiento de este Código, se
aplicara sin perjuicio de las sanciones que procedan conforme a otras normativas.
Institucionalidad
Los servidores públicos están obligados a:

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