Código de Conducta del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social

Página 2 2 de febrero de 2017
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
CÓDIGO DE CONDUCTA DEL
CONSEJO ESTATAL DE LA MUJER Y
BIENESTAR SOCIAL
2 de febrero de 2017 Página 3
ÍNDICE
Apartados generales
I. Glosario
II. Antecedentes
III. Base legal
IV. Introducción
V. Objetivo
Apartados específicos
1. Carta de presentación
2. Misión, visión y objetivo del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social
3. Principios y valores
4. Reglas de Integridad
5. Catálogo de temas del Código de Conducta
6. Marco ético como apoyo para la toma de decisiones (Pensar antes de actuar)
7. Carta compromiso
8. Firmas de adhesión al Código de Conducta por parte del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de
Intereses
9. Disposiciones generales
10. Validación
APARTADOS GENERALES
I. GLOSARIO
Bases: Bases de Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses.
CEMyBS: Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social.
Código de Conducta: Documento emitido por la (el) titular de la dependencia u organismo auxiliar a propuesta del Comité de Ética
y de Prevención de Conflicto de Intereses.
Código de Ética: El Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, al que se refiere el “Acuerdo del Ejecutivo
del Estado por el que se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, las Reglas de integridad para
el ejercicio de su empleo, cargo o comisión y los lineamientos generales para propiciar su integridad a través de los Comités de
Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses”.
Comité: Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de I ntereses. En su caso, los subcomités o comisiones permanentes o
temporales que se establezcan.
Conflicto de intereses: Incompatibilidad entre las obligaciones públicas y los intereses privados de la (del) servidora(or) pública(o),
ocurre cuando lo relacionado a un interés público tiende a estar indebidamente influenciado por un interés ajeno de tipo económico
o personal, guiando la (al) servidora(or) pública(o) su actuación en beneficio propio o de terceras(os).
Delación: Narrativa que formula cualquier persona sobre un hecho o conducta atribuida a una (un) servidora(or) pública(o) y que
resulta presuntamente contraria al Código de Conducta y a las Reglas de Integridad.
Dependencias: Las secretarías del Gobierno del Estado de México, la Procuraduría General de Justicia del Estado de México y las
unidades administrativas dependientes del Poder Ejecutivo Estatal.
Obra pública: Todo trabajo que tenga por objeto principal construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar,
mantener, modificar o demoler bienes inmuebles propiedad del Estado, de sus dependencias y entidades y de los municipios y su s
organismos con cargo a recursos públicos estatales o municipales.

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