Codigo de Conducta de los Centros de Justicia para las Mujeres del Estado de Chiapas

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS CENTROS DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES DEL ESTADO DE CHIAPAS

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el No. 051 del Periódico Oficial del Estado de Chiapas, el miércoles 21 de agosto de 2019.

ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS CENTROS DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES DEL ESTADO DE CHIAPAS

ACUERDO NÚMERO FGE/012/2019

MAESTRO JORGE LUIS LLAVEN ABARCA, FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE CHIAPAS; con fundamento en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 92, 93, 94, 95, 96 y 97 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 3 y 13 fracción XXXII de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chiapas; 6 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chiapas; y

C O N S I D E R A N D O

El ejercicio de la función pública del personal que forma parte de los Centros de Justicia para las Mujeres de Chiapas (CJM), cualquiera que sea su jerarquía y actividades asignadas, debe sujetarse a valores y principios éticos básicos, que garanticen una actuación digna y respetuosa, que corresponda con las necesidades actuales de la sociedad, que atienda en todo momento y de la mejor manera al objetivo general del Centro, así como a sus objetivos específicos, los cuales tienen su esencia y razón de ser en la prevención, atención, seguimiento y empoderamiento de las mujeres víctimas de violencia de género en la entidad, así como de sus hijas e hijos.

Garantizar un actuar integro del personal de los CJM a través de este Código de Conducta, contribuye al desarrollo tanto personal como profesional de quienes en él colaboran, adicionalmente al fortalecimiento de la institución.

El servicio público que proporcionan los Centros de Justicia para las Mujeres de Chiapas, deberá ser ejercido por cada integrante del mismo, con pleno respeto y estricto apego a los valores, principios éticos y marco normativo que contempla el presente Código.

El documento que a continuación se presenta, integra el marco normativo que deberá guiar el actuar del personal que integran los CJM y, que son los ejes fundamentales que orientan los objetivos específicos del mismo; presentado el pensamiento estratégico que sostiene el actuar de los Centros y; se plantea la descripción, principios y objetivo del Comité de Ética que da origen al presente Código de Conducta.

Se incluye también, un glosario retomado del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, con el propósito de homologar lenguajes y además la Guía para Prevenir e Identificar Conductas que puedan constituir Conflictos de Interés de las y los Integrantes de los CJM.

Por lo antes expuesto, y a efecto de garantizar que las funciones de las y los servidores públicos de los Centros de Justicia para las Mujeres en nuestra Entidad, se efectúen en apego a los principios, valores y respeto de los derechos humanos; he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS CENTROS DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES DEL ESTADO DE CHIAPAS

  1. OBJETO.- El presente Código tiene como objeto establecer los principios, valores y conductas que deberán ser respetados, observados y promovidos por todo el personal que integran los Centros de Justicia para las Mujeres del Estado de Chiapas, en estricto apego al respeto de los derechos humanos, con la finalidad de ejercer las funciones que a continuación se describen:

    1. General

      Ofrecer servicios interinstitucionales, personalizados, especializados, de forma integral, con criterios unificados que brinden alternativas de solución a las mujeres que viven violencia y, en su caso, a sus hijas e hijos.

    2. Específicos

  2. Proporcionar orientación y atención integral a las mujeres, en su caso, a sus hijas y sus hijos, con perspectiva de género y derechos humanos, para salvaguardar en todo momento su integridad como usuarias del CJM;

  3. Facilitar a las personas víctimas de violencia el acceso a la justicia, para combatir y contrarrestar la violencia que sufren las mujeres, que muchas veces ponen en riesgo su vida;

  4. Otorgar servicios que fomenten el fortalecimiento de la autonomía de las mujeres y acceso a recursos y oportunidades en igualdad de condiciones;

  5. Ofrecer un ambiente seguro, empático y confiable a las mujeres, en su caso, sus hijas e hijos, en donde se respete sobre todo su dignidad;

  6. Contribuir a la reducción de las tasas de violencias de género, familiar, sexual y de homicidios dolosos contra mujeres (tipificados como feminicidios);

  7. Favorecer una mayor confiabilidad en el sistema de justicia;

  8. Evitar la revictimización de las personas usuarias;

  9. Promover la cultura de denuncia de la violencia contra las mujeres y el respeto irrestricto de los derechos humanos de las mujeres;

  10. Ejecutar medidas específicas que sirvan de herramientas de acción para la prevención, sanción, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres en todos los ámbitos, en un marco de integralidad y promoción de sus derechos;

  11. Generar estudios, información y estadísticas sobre la violencia contra las mujeres, sus causas y consecuencias;

  12. Consolidar un equipo multidisciplinario profesionalizado y destacado en el tema de género y violencia contra las mujeres;

  13. Las demás que le confieran otras disposiciones o el Fiscal General.

  14. GLOSARIO

    1. Acoso sexual: Es todo tipo de acercamiento o presión de naturaleza sexual tanto física como verbal no deseada por quien la sufre, que surge de la relación jerárquica o de poder desigual y que da por resultado un ambiente de trabajo hostil, un impedimento para hacer las tareas y/o un condicionamiento de las oportunidades de ocupación de la persona perseguida.

    2. Código de Conducta: Es el documento que contiene una serie de principios y valores que deben ser cumplidos por las personas que integran una empresa, organización o institución. Su objetivo en ser una guía del comportamiento que se espera de éstas.

    3. Conciliación familiar laboral: Es la participación equilibrada entre mujeres y hombres en la vida familiar y en el mercado de trabajo, conseguida a través de la reestructuración y reorganización de los sistemas laboral, educativo y de recursos sociales, con el fin de introducir la igualdad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR