Circular NO. 12 en la Que Se Establecen los Días Que Serán Inhábiles, con Suspensión de Labores para el Personal del Poder Judicial del Estado, Duarante el Año 2017.

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 11 de Febrero del año 2017; Núm. 12, pág. 495. PODER JUDICIAL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO

CIRCULAR No. 12

EN LA QUE SE ESTABLECEN LOS DÍAS QUE SERÁN INHÁBILES, CON SUSPENSIÓN DE LABORES PARA EL PERSONAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, DUARANTE EL AÑO 2017.

C I R C U L A R NUM. 12

AÑO JUDICIAL 2016 - 2017 SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA

CC. MAGISTRADOS, JUECES DE PRIMERA INSTANCIA, JUECES MIXTOS DE PAZ, PROYECTISTAS JURÍDICOS, PERSONAL ADSCRITO AL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y CENTRO ESTATAL DE JUSTICIA ALTERNATIVA, JEFES DE LAS OFICINAS DE LOS SERVICIOS COMUNES, PERSONAL ADMINISTRATIVO Y, PÚBLICO EN GENERAL.

P R E S E N T E .-El Pleno del Supremo Tribunal de Justicia determinó girar la presente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 123 del Reglamento Interior del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, para informar los días que serán inhábiles con suspensión de labores para el personal del Poder Judicial del Estado, durante el presente año, con fundamento en lo establecido en el Decreto que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 17 de enero del año 2006, y que son los siguientes:

MES DÍA INHÁBIL CONMEMORACIÓN

FEBRERO LUNES 6 POR EL DÍA 05 ANIVERSARIO DE LA

CONSTITUCIÓN MEXICANA

MARZO LUNES 20 EN CONMEMORACIÓN DEL

NATALICIO DE DON BENITO JUÁREZ

ABRIL JUEVES 13 Y VIERNES 14 JUEVES Y VIERNES SANTO

MAYO LUNES 1 DIA DEL TRABAJO

MAYO VIERNES 5 BATALLA DE PUEBLA

NOVIEMBRE JUEVES 2 DÍA FIELES DIFUNTOS

NOVIEMBRE LUNES 20 ANIVERSARIO DE LA REVOLUCIÓN

MEXICANA

DICIEMBRE LUNES 25 NAVIDAD

Lo anterior, con la salvedad de que los Juzgados Especializado en la Impartición de Justicia para Adolescentes, de Ejecución de Sanciones y Medidas de Seguridad, Familiares y Mixtos que conozcan de la materia Familiar, así como del Sistema Penal Mixto, deberán tomar las providencias necesarias a fin de atender los asuntos urgentes de su competencia así determinados por la Ley.

Las Salas Penales y Especializadas en la Impartición de Justicia para Adolescentes, tomarán las providencias necesarias a fin de atender los asuntos urgentes de su competencia, únicamente relacionados con el Sistema Penal Acusatorio en términos de la legislación correspondiente.

Los Juzgados Mixtos que conocen de la materia Familiar en el Segundo y Tercer Partido Judicial, respectivamente, para la atención de...

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