CIRCULAR NO. 0008/2020 MEDIANTE LA CUAL SE HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE POR ACUERDO DEL PLENO DEL H. SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES TOMADO EN SESIÓN EXTRAORDINARIA NÚMERO 07/PLENOS/2020 DE FECHA TRECE DE MAYO DE DOS MIL VEINTE, SE DETERMINÓ CONTINUAR LA SUSPENSIÓN DE LABORES DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO COMO MEDIDA NECESARIA PARA HACER FRENTE A LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA OCASIONADA POR EL VIRUS DENOMINADO COVID-19

Fecha de publicación14 Mayo 2020
SecciónPrimera Secció
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 23Mayo 14 de 2020
ACUERDO POR EL QUE SE TIENE COMO CAUSA JUSTIFICADA LA PRESENTACIÓN DE LAS
DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y LA DE INTERÉS, POSTERIOR A LOS PLAZOS
PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 33 Y 48 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES
ADMINISTRATIVAS EN CORRELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 22 Y 35 DE LA LEY DE
RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, POR LA
EMERGENCIA SANITARIA DERIVADA DE LA ENFERMEDAD GENERADA POR EL CORONAVIRUS
SARS-CoV2 (COVID-19)
ARTÍCULO PRIMERO. Se considerará como causa justificada por la emergencia sanitaria derivada de
la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), presentar las declaraciones de situación
patrimonial y de interés en su modalidad de modificación, posterior al plazo previsto por los artículos 33
fracción II y 48 párrafo segundo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en correlación con
autorizándose cómo término máximo para su presentación el 31 de julio de 2020.
ARTÍCULO SEGUNDO. A partir de la vigencia del presente acuerdo, se tiene como causa justificada por
la emergencia sanitaria derivada de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19),
presentar las declaraciones de situación patrimonial y de interés en su modalidad de inicio y conclusión,
posterior a los plazos previstos en los artículos 33 fracciones I y III de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas y 22 fracciones I y III de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de
Aguascalientes, reanudándose el cómputo para su presentación a partir del 01 de julio de 2020.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial del Estado de Aguascalientes.
SEGUNDO. El sistema para la presentación de las Declaraciones Patrimoniales y de interés denominado
DECLARAGS, el cual a partir del 15 de abril del 2020 contiene los formatos aprobados por el Comité
Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, permanecerá disponible para la presentación de
declaraciones iniciales, de modificación y conclusión, por lo cual los servidores públicos que estén en
oportunidad la puedan presentar.
TERCERO. El presente acuerdo es aplicable a los servidores públicos que están obligados a presentar sus
declaraciones: patrimonial y de interés en la Administración Pública Municipal de San Francisco de l os Romo,
Aguascalientes, de conformidad con la Normatividad aplicable en la materia.
CUARTO. Lo dispuesto en los artículos primero y segundo del presente Acuerdo, estará supeditado a las
determinaciones que la autoridad sanitaria establezca para mitigar y controlar los riesgos para la salud que
implica la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)
Dado en el Municipio de San Francisco de los Romo, Aguascalientes, a los seis días del mes de ma yo del año
dos mil veinte.
A T E N T A M E N T E
C. JUAN JOSÉ LOSOYA PONCE
PRESIDENTE MUNICIPAL
SAN FRANCISCO DE LOS ROMO, AGUASCALIENTES
H. SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA
PRESIDENCIA DEL SUPREMO
TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO.
PERSONAL ADSCRITO AL PODER JUDICIAL DEL ESTADO,
ABOGADOS LITIGANTES, PERSONAS USUARIAS DE
LOS SERVICIOS QUE ESTA INSTITUCIÓN BRINDA
Y POBLACIÓN EN GENERAL.
Por medio del presente se hace de su conocimiento que por Acuerdo del Pleno del H. Supremo
Tribunal de Justicia del Estado de Aguascalientes tomado en sesión extraordinaria número 07/PLENOS/2020

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