Circular 4/2014. Reglas para la Organización, Funcionamiento y Operación de Cámaras de Compensación para Pagos con Tarjetas

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CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1
. Objeto y Definiciones.

Las presentes Reglas tienen por objeto establecer los términos y condiciones aplicables al funcionamiento y operación de las cámaras de compensación a que se refieren los artículos 3, fracción II, 19 y 19 Bis de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros que tengan como propósito procesar instrucciones de pago con tarjetas de débito y crédito, así como los requisitos que tales cámaras de compensación deberán cumplir, y el procedimiento que deberán seguir para solicitar al Banco de México su autorización para organizarse y operar con tal carácter.

Quedan excluidas de estas Reglas aquellas entidades centrales o mecanismos de procesamiento de pagos con tarjetas:

i) que realicen por completo en la misma entidad las funciones de emisión, adquirencia, procesamiento y titular de marca, y

ii) que sean operados mayormente bajo el esquema del inciso (i) anterior y que incorporen otros emisores o adquirentes, cuya operación sea menor al 5% de la facturación del total de las operaciones de todas las Redes de Pagos con Tarjetas.

Para efectos de lo dispuesto en las presentes Reglas, se entenderá, en singular o plural, por:

Adquirente: al participante en la Red de Pagos con Tarjetas que de conformidad con el contrato que haya celebrado con la Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas, provea servicios de aceptación de Pagos con Tarjeta a Receptores de Pagos o a Agregadores en las Redes de Pagos con Tarjetas y en su caso provea la infraestructura de TPVs conectadas a estas últimas redes. Asimismo, se compromete en los términos pactados, entre otros, i) a recibir de los Receptores de Pagos las Solicitudes de Autorización de Pago con Tarjetas; ii) a tramitar y dirigir a los respectivos Emisores dichas solicitudes a través de la Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas, iii) a recibir las Autorizaciones de Pago, Rechazos de Pago, devoluciones y ajustes tramitados por el Emisor para entregarlas al Receptor de Pagos; y iv) a liquidar al Receptor de Pagos el importe de los Pagos con Tarjetas que cuenten con la Autorización de Pago otorgada por el correspondiente Emisor.

Agregador: al participante en la Red de Pagos con Tarjetas que, al amparo de un contrato de prestación de servicios celebrado con un Adquirente, ofrece a Receptores de Pagos el servicio de aceptación de Pagos con Tarjetas y, en su caso, provee la infraestructura de TPVs conectadas a dichas redes.

Autorización de Pago: al mensaje enviado por el Emisor en respuesta a una Solicitud de Autorización de Pago presentada por el Adquirente que le confirma que es procedente realizar el cargo en la cuenta vinculada a la Tarjeta de que se trate para completar el respectivo Pago con Tarjeta.

Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas: a la persona que funja como entidad central o sea la operadora de un mecanismo de procesamiento centralizado, a través del cual se realizan las acciones que correspondan para intercambiar entre Adquirentes y Emisores, Solicitudes de Autorización de Pago, Autorizaciones de Pago, Rechazos de Pago, devoluciones, ajustes u otras obligaciones financieras relacionadas con Pagos con Tarjetas, incluida la Compensación.

Compensación: al proceso que realice la Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas para determinar al cierre de un periodo establecido el saldo deudor o acreedor que corresponda a cada uno de sus Participantes o a otras Cámaras de Compensación para Pagos con Tarjetas a las que transmita y de las que reciba Autorizaciones de Pago, devoluciones, ajustes y otras obligaciones financieras relacionadas con Pagos con Tarjeta y que a su vez dichos saldos resulten del intercambio de obligaciones entre esos Participantes y las Cámaras de Compensación de Pagos con Tarjetas derivadas de lo anterior y que tengan como efecto que estos asuman el carácter de acreedores y deudores recíprocos.

Condiciones para el Intercambio entre Cámaras: al conjunto de procedimientos operativos entre Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas que incluya el Ruteo, la Compensación, la Liquidación, la seguridad de las operaciones, los protocolos de comunicación y la forma en que llevarán a cabo el enlace con otras Cámaras de Compensación para Pagos con Tarjetas para intercambiar Solicitudes de Autorización de Pago, Autorizaciones de Pago, Rechazos de Pago, devoluciones o ajustes de Pagos con Tarjetas.

Emisor: a la entidad que participa en la Red de Pagos con Tarjetas que expide Tarjetas y que, a través de la Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas recibe las Solicitudes de Autorización de Pago que le dirige el Adquirente y genera las respectivas Autorizaciones de Pago, Rechazos de Pagos, devoluciones y ajustes con el objeto de ser enviados al Receptor de Pagos a través de la Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas y del Adquirente que corresponda.

Liquidación: al acto en virtud del cual el Adquirente y Emisor dan por cumplida la obligación que resulte de la Compensación de acuerdo con lo establecido en las Condiciones para el Intercambio entre Cámaras.

Pago con Tarjeta: a la entrega de los recursos respectivos al Receptor de Pago derivado de la aceptación que este haya hecho de una Tarjeta para cubrir alguna contraprestación cierta por la venta de un bien, prestación de un servicio o por cualquier otro concepto, mediante los cargos correspondientes en la cuenta vinculada a dicha Tarjeta y el abono del monto acordado en la cuenta del Receptor de Pagos.

Participante: al Emisor o Adquirente que interviene en la Red de Pagos con Tarjetas a través de las Cámaras de Compensación para Pagos con Tarjetas.

Receptor de pagos: a la persona física o moral que, con motivo de la celebración de un contrato de prestación de servicios con un Adquirente o Agregador, acepta Pagos con Tarjeta por medio de TPVs u otros dispositivos conectados a la Red de Pagos con Tarjetas que el Adquirente o Agregador ponga a su disposición, y es quien inicia la Solicitud de Autorización de Pago a través del Adquirente o Agregador y recibe la respuesta de Autorización de Pago, Rechazo de pago devoluciones o ajustes a través del mismo Adquirente o Agregador.

Rechazo de pago: al mensaje de instrucción enviado por el Emisor en respuesta a una Solicitud de Autorización de Pago presentada por el Adquirente, a nombre del Receptor de Pagos, por medio de la Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas correspondiente, por el que confirma que no es procedente realizar el cargo en la cuenta vinculada a la Tarjeta de que se trate, razón por la cual no se completará el pago iniciado por el uso de dicha Tarjeta a través de la Red de Pagos con Tarjetas.

Red de Pagos con Tarjetas: a la red de medios de disposición a que se refiere el artículo 3, fracción XIV, de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, relacionada con el uso de Tarjetas como medio de pago.

Ruteo: a la transmisión de Solicitudes de Autorización de Pago, Autorizaciones de Pago, Rechazos de Pago, devoluciones y ajustes de Pagos con Tarjetas que realizan las Cámaras de Compensación para Pagos con Tarjetas de los Adquirentes o Emisores por la que se realiza el intercambio entre ellos.

Solicitud de Autorización de Pago: al mensaje que el Adquirente dirige al Emisor a través de una Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas con la instrucción de cargar la cuenta vinculada a la Tarjeta que corresponda al Pago con Tarjeta de que se trate con el fin de que dicho Emisor realice la Autorización de Pago que permita llevar a cabo dicho Pago con Tarjeta en favor del Receptor de Pago respectivo.

Tarjetas: a las Tarjetas de Crédito y Tarjetas de Débito.

Tarjetas de Crédito: al medio de disposición emitido al amparo de un contrato de apertura de crédito en cuenta corriente, que el Emisor otorga a nombre del propio acreditado para que este, mediante la utilización de dicho medio, pueda disponer de la línea de crédito otorgada, total o parcialmente, bajo la modalidad de retiro de efectivo, en su caso, o pagos en favor de terceros que realice el Emisor por cuenta del acreditado a través de la Red de Pagos con Tarjetas que, para dichos efectos, opere la Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas.

Tarjetas de Débito: al medio de disposición emitido al amparo de un contrato de depósito de dinero a la vista, que el Emisor otorga al depositante para que este, mediante la utilización de dicho medio, pueda, además de realizar otras operaciones de retiro, disponer de los fondos en depósito como pagos en favor de terceros que realice el Emisor por cuenta del depositante a través de la Red de Pagos con Tarjetas que, para dichos efectos, opere la Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas.

Titular de...

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