Bando de Gobierno Municipal de Tarimbaro

EstadoMichoacán
MunicipioTarímbaro
Director: Arturo Hernández Tovar
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el sólo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
FUNDADO EN 1867
TOMO CXXXI Morelia, Mich., Lunes 21 de Julio del 2003 NUM. 40
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 SEGUNDA SECCION Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Para consulta en Internet: www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial/index.htm.
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TARIMBARO, MICH.
ACTA DE CABILDO
En la población de Tarímbaro, Michoacán, siendo las nueve
treinta horas del día diecisiete de abril del año dos mil tres,
se reunieron en sesión ordinaria de Cabildo en la sala de
juntas que ocupa la Presidencia Municipal, los C. Baltazar
Gaona Sánchez, Presidente Municipal; el Lic. Enrique
Montoya Acevedo, Síndico Municipal; los C.C. Regidores:
Adalberto Calderón Ortiz, Ma. Angelica Escobedo Cortés,
Adolfo Chávez Ortiz, Iduvina Chávez Torres, Agustín
Acosta Lemus, Manuel Camarena Pérez y José Felipe
Quintero Hernández; así como el Secretario del
Ayuntamiento, con la finalidad de tratar los siguientes
puntos:
1.- ...
2.- ...
3.- ...
4.- Aprobación Bando de Buen Gobierno.
5.- ...
6.- ...
7.- ...
8.- ...
9.- ...
......................................................................................................
......................................................................................................
...; el siguiente punto es relacionado con la información del
Bando de Buen Gobierno a cargo del Departamento de
Sindicatura, y en el que se hizo entrega de un tanto a cada
integrante del Cabildo para su análisis y agregados que se
consideren necesarios, y en general se informa sobre las
atribuciones y funciones de cada departamento, por lo que
el H. Cabildo aprueba el Bando de Buen Gobierno para su
mejor funcionalidad en la presente administración 2002-2004;
.......................................................................................................
.......................................................................................................
...; no habiendo otro asunto qué tratar se da por terminada
la reunión en el lugar y la fecha ya mencionados a las quince
veinticinco horas, firmando de conformidad los que en la
misma participaron.
El Presidente Municipal, C. Baltazar Gaona Chávez.- El
Síndico Municipal, Lic. Enrique Montoya Acevedo.
(Firmados).
CUERPO DE REGIDORES: C. Adalberto Calderón Ortiz.- C.
Ma. Angélica Escobedo Cortés.- C. Adolfo Chávez Ortiz.-
C. Agustín Acosta Lemus.- C. Iduvina Chávez Torres.- C.
Manuel Camarena Pérez.- C. José Felipe Quintero Hernández.
(Firmados).
Tarímbaro, Mich., a 07 de Julio del 2003.
El que suscribe el C. Profr. Raymundo Ayala Núñez,
Secretario del H. Ayuntamiento de Tarímbaro, Mich.,
CERTIFICA y DA FE que el presente documento es copia
fiel del original el cual tuve a la vista.
ATENTAMENTE.- C. PROFR. RAYMUNDO AYALA
NUÑEZ.- SECRETARIO MUNICIPAL DEL H.
AYUNTAMIENTO DE TARIMBARO. (Firmado).
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Lunes 21 de Julio del 2003. 2a. Secc.
CIUDADANOS MIEMBROS DEL HONORABLE
AYUNTAMIENTO DE TARIMBARO, MICHOACA N
P R E S E N T E S.
BALTAZAR GAONA SANCHEZ, Presidente Municipal del
H. Ayuntamiento de Tarímbaro, Michoacán, con fundamento
en lo que disponen los artículos 115 fracción II, de la
113, 122, 123 fracciones I y IV de la Constitución Política del
Estado de Michoacán de Ocampo; y, 2º, 11, 32 inciso a),
fracción XIII, 144, 149 y 4º, transitorio de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Michoacán, me permito someter a
su consideración, el BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL
DE TARIMBARO, argumentado y sustentado para tal
efecto en la siguiente:
EXPOSICION DE MOTIVOS
Las recientes reformas al numeral 115 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, incorporaron
una serie de principios tendientes al fortalecimiento de los
municipios; las nuevas disposiciones amplían las facultades
de los Ayuntamientos y con ello permiten que éstos tengan
un mayor espacio para responder con mayor eficacia a las
necesidades sociales.
El desarrollo del federalismo, que viene promoviendo nuestro
país en los últimos años, requiere del fortalecimiento
institucional del Municipio y de sus Autoridades; en este
contexto se hace necesario que los Ayuntamientos cuenten
con leyes y reglamentos que sean el sustento legal de su
actuación y que permitan el orden y el desarrollo social. Así
el fortalecimiento del Municipio está estrechamente
vinculado a la capacidad de contar con un marco jurídico
vigente y que sea observado por la sociedad.
La Fracción II, del Artículo 115 Constitucional, establece la
facultad de los Ayuntamientos para aprobar, de acuerdo
con las leyes en materia municipal que expidan las
legislaturas locales, los Bandos de Gobierno, Reglamentos,
circulares y demás disposiciones administrativas; lo que se
corrobora con lo que disponen los artículos 123 fracción IV,
dispositivos 32 inciso a), fracción XIII, 144, 149 y 4º,
transitorio de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Michoacán de Ocampo.
Por su parte el Artículo 4º., transitorio de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Michoacán, dispone de manera
imperativa que: "Los Ayuntamientos deberán expedir el
Bando de Gobierno Municipal, los Reglamentos y
disposiciones administrativas de observancia general...",
Por lo anterior, se propone el presente Bando de Gobierno
Municipal, como un ordenamiento jurídico de interés social,
que tiende a establecer principios generales sobre el
territorio, la población, el gobierno y la administración pública
municipal.
El Bando de Gobierno Municipal de Tarímbaro, Michoacán,
que someto a su consideración, regula de manera genérica
los siguientes rubros: I. El Municipio; II. El Gobierno
Municipal; III. La Administración Pública Municipal; IV. De
la Participación Ciudadana; V. De los Servicios Públicos
Municipales; VI. Del Desarrollo Municipal; VII. De las faltas,
Infracciones y Sanciones; VIII. De la Justicia Administrativa;
IX. De la Responsabilidad de los Servidores Públicos.
El Bando de Gobierno Municipal, es un ordenamiento que
servirá para el fortalecimiento del Municipio, convirtiéndose
en el sustento de toda la Reglamentación Municipal y en
base a él se llevará a cabo una revisión y actualización de
los reglamentos municipales existentes, a la brevedad
posible.
Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la
consideración y escrutinio del Pleno de este Honorable
Ayuntamiento la iniciativa del BANDO MUNICIPAL DE
GOBIERNO DE TARIMBARO, MICHOACÁN, el cual nos
permitirá ofrecer a los ciudadanos reglas claras que permitan
convivir armónicamente y a la vez, que propiciar el desarrollo
de nuestro municipio.
Tarímbaro, Michoacán, a 17 de abril del año 2003 dos mil
tres.
ATENTAMENTE.- EL PRESIDENTE MUNICIPAL.- C.
BALTAZAR GAONA SANCHEZ. (Firmado).
_______________
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL DE TARIMBARO
TITULO PRIMERO
DEL MUNICIPIO
CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1º.- El presente Bando de Gobierno Municipal
determina las bases de la división territorial y de la
organización política y administrativa del Municipio de
Tarímbaro, Michoacán, así como los derechos y obligaciones
de sus habitantes, la prestación de los servicios públicos
municipales y el desarrollo político, económico, social y
cultural de la comunidad, sin más límites que su ámbito
jurisdiccional, de acuerdo al artículo 115 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, los

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