Bando de Gobierno Municipal para el Municipio de Uruapan

Fecha de publicación23 Febrero 2007
EstadoMichoacán
MunicipioUruapan
COPIA SIN VALOR LEGAL
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CXL Morelia, Mich., Viernes 23 de Febrero del 2007 NUM. 82
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Director: Arturo Hernández Tovar
C O N T E N I D O
H. AYUNTAMIETO CONSTITUCIONAL DE
URUAPAN, MICH.
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Lázaro Cárdenas Batel
Secretario de Gobierno
Enrique Bautista Villegas
Director del Periódico Oficial
Arturo Hernández Tovar
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 36 páginas
Precio por ejemplar:
$ 11.00 del día
$ 17.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Acta de sesión de Ayuntamiento 20/20006/S0
En la ciudad de Uruapan del Progreso, Michoacán de Ocampo, siendo las 19:40
diecinueve horas con cuarenta minutos del día 11 once de octubre del 2006 dos
mil seis, se encuentran reunidos en el salón de sesiones de la Presidencia
Municipal los CC. Marco Antonio Lagunas Vázquez, Presidente Municipal;
Ing. Juan Carlos Robles Monroy, Síndico Municipal, los CC. Regidores del H.
Ayuntamiento: C. Armando Barragán Oseguera, Profra. Lorena Bautista Manzo,
Profra. Yolanda Araceli Bernal Armas, Profr. José Eduardo Calzada Díaz, C. Manuel
Escobedo Corona, C. Marisela Rico Macías, Lic. Norma Adriana Magaña
Madrigal, C.P. Ma. Rocío Consuelo Ortiz Corza, Lic. Cuiyush Rangel Maldonado,
Lic. José Alberto Rodríguez Jaramillo, C. Juan José Rodríguez Quezada, Arq.
Ulises Torres Bedolla y el Lic. Hugo Domínguez Nieto, Secretario Municipal,
con el objeto de llevar a cabo sesión ordinaria del H. Ayuntamiento, los cuales
fueron convocados de conformidad a lo estipulado en los artículos 26, 27, 28,
29, 30 y 54 fracción II de la Ley Orgánica Municipal, a fin de desahogar el
siguiente
Orden del día:
1.- . . .
2.- . . .
3.- . . .
4.- . . .
5.- . . .
6.- Análisis, discusión y en su caso aprobación de la propuesta para el nuevo
Bando de Gobierno del Municipio de Uruapan, Michoacán.
7.- . . .
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Sexto punto.- . . . .
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............ al pasar a consideración de los integrantes del H.
Ayuntamiento la aprobación del Bando de Gobierno para el
Municipio de Uruapan, Michoacán, fue aprobado por
unanimidad bajo el acuerdo número 101/2006/20SO . . . .
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No habiendo más asuntos que tratar y siendo las 21:05
veintiún horas con cinco minutos del día de su fecha, se da
por terminada la presente sesión ordinaria del H.
Ayuntamiento, firmando para su debida constancia los que
en la misma intervinieron. Doy fe.
Lic. Hugo Domínguez Nieto, Secretario del Ayuntamiento.-
C. Marco Antonio Lagunas Vázquez, Presidente Municipal.-
Ing. Juan Carlos Robles Monroy, Síndico Municipal.-
Regidores: C. Armando Barragán Oseguera, Profra. Lorena
Bautista Manzo, Profa. Yolanda Araceli Bernal Armas, Profr.
José Eduardo Calzada Díaz, C. Manuel Escobedo Corona,
C. Marisela Rico Macias, Lic. Norma Adriana Magaña
Madrigal, C.P. Ma. Rocío Consuelo Ortiz Corza, Lic. Cuiyush
Rangel Maldonado, Lic. José Alberto Rodríguez Jaramillo,
C. Juan José Rodríguez Quezada, Arq. Ulises Torres Bedolla.
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL PARA EL
MUNICIPIO DE URUAPAN
TÍTULO PRIMERO
DEL MUNICIPIO DE URUAPAN, MICHOACÁN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente Bando de Gobierno Municipal
determina las bases de división territorial y de organización
política y administrativa del Municipio de Uruapan, así como
los derechos y obligaciones de sus habitantes, la prestación
de los servicios públicos municipales y el desarrollo político,
económico, social y cultural de la comunidad bajo las
premisas de igualdad, equidad, legalidad y reparto equitativo
de la riqueza, asegurando la participación ciudadana y
vecinal, sin más límites que su ámbito jurisdiccional, de
acuerdo al artículo 115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, el Título Quinto de la
y así como la Ley Orgánica Municipal; su aplicación e
interpretación corresponde a las autoridades, de acuerdo a
las leyes y reglamentos de cada materia, quienes dentro del
ámbito de sus respectivas competencias deberán observar
su estricta vigilancia y cumplimiento e imponer a los
infractores las sanciones respectivas.
El presente Bando, los reglamentos, planes, programas,
declaratorias, acuerdos, decretos, circulares y demás
disposiciones normativas que expida el Ayuntamiento y el
Presidente Municipal, de conformidad a la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Michoacán, son de observancia
obligatoria para autoridades, servidores públicos, vecinos,
habitantes y transeúntes del Municipio de Uruapan.
Artículo 2. El Bando de Gobierno Municipal es un cuerpo
normativo cuyas disposiciones son de orden público,
interés social y de observancia general en el territorio
Municipal, por virtud del cual se tiende al aseguramiento
del orden público, de la tranquilidad, seguridad y salud
pública y a garantizar la integridad física y moral de las
personas, mediante la intervención eficaz del Gobierno
Municipal en la vida comunitaria y la limitación oportuna de
la actividad de los particulares, generando con ello, el marco
propicio de armonía para el desarrollo económico, social,
cultural y político del Municipio, en aras de los valores de
justicia, paz, orden, igualdad y libertad.
Artículo 3. Para efectos del presente Bando de Gobierno
Municipal se entiende por:
I. Estado: El Estado Libre y Soberano de Michoacán
de Ocampo;
II. Municipio: El Municipio de Uruapan, Michoacán;
III. Ayuntamiento: El Honorable Ayuntamiento
Constitucional de Uruapan, Michoacán;
IV. Ley Orgánica: La Ley Orgánica Municipal del
Estado de Michoacán de Ocampo; y,
V. Bando: El presente Bando de Gobierno Municipal
de Uruapan.
Artículo 4. El Municipio de Uruapan, es parte integrante
del Estado de Michoacán y de su base de organización
política y administrativa, se integra por la población, el
territorio y un gobierno autónomo en su régimen interior y
en la administración de su hacienda pública; es una entidad
política y social investida de personalidad jurídica, con
libertad interior, patrimonio propio y autonomía para su
gobierno no existiendo autoridad intermedia entre éste y el
Gobierno del Estado.
CAPÍTULO II
FINES DEL AYUNTAMIENTO
Artículo 5. Es fin esencial del Ayuntamiento lograr el
bienestar general de los habitantes del Municipio, por lo
tanto las autoridades municipales sujetarán sus acciones a
las siguientes disposiciones:
I. Preservar la dignidad de la persona humana y, en
consecuencia, las garantías individuales establecidas
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en el Título Primero de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos;
II. Salvaguardar y garantizar la soberanía municipal y
el estado de derecho;
III. Crear las condiciones necesarias para el desarrollo
de una cultura de respeto a los derechos humanos y
libertades fundamentales que promueva en la
población una conciencia solidaria y altruista y un
sentido de identidad que permita al ser humano
desarrollarse libremente;
IV. Mantener el orden, la seguridad y la tranquilidad
pública, en bien de la armonía social, los intereses
de la colectividad y la protección de las personas y
de los bienes que forman su patrimonio;
V. Atender las necesidades de los vecinos y habitantes
para proporcionarles una mejor calidad de vida
mediante la creación, organización y funcionamiento
de obras y la prestación de los servicios públicos;
VI. Promover y organizar la participación ciudadana para
cumplir con los planes y programas municipales;
VII. Promover el adecuado y ordenado desarrollo urbano
de todos los sectores del Municipio;
VIII. Promover el desarrollo de las actividades
económicas, agropecuarias, industriales,
comerciales, culturales, artesanales, deportivas,
turísticas y demás que se señalan en la Ley Orgánica
Municipal o que acuerde el Ayuntamiento, con
participación de los sectores social y privado, en
coordinación con entidades, dependencias y
organismos estatales y federales;
IX. Preservar, incrementar, promocionar y rescatar el
patrimonio cultural y las áreas de belleza natural,
histórica y arqueológica, para garantizar la
supervivencia de la colectividad;
X. Crear y fomentar una conciencia individual y social,
para preservar el equilibrio ecológico y proteger el
medio ambiente en el Municipio;
XI. Preservar y fomentar los valores cívicos, las
tradiciones y la cultura del Municipio, para acrecentar
la identidad nacional;
XII. Promover y proteger las costumbres, tradiciones y
cultura de los grupos étnicos del Municipio;
XIII. Promover la eficiencia en el desempeño de la función
pública, a través de la transparencia, honradez,
humanismo y espíritu de servicio, que propicie una
relación positiva y productiva con los ciudadanos; y,
XIV. Colaborar con las autoridades federales y estatales
en el cumplimiento de sus funciones.
CAPÍTULO III
DEL NOMBRE Y ESCUDO DEL MUNICIPIO
Artículo 6. El Nombre y el Escudo del Municipio son el
signo de identidad y símbolo representativo del Municipio,
respectivamente. El Municipio conserva su nombre actual
de conformidad con el artículo 3 de la Ley Orgánica.
Artículo 7. El Escudo Oficial del H. Ayuntamiento es el
aprobado en la sesión del H. Ayuntamiento de Uruapan de
fecha 16 del mes de junio del año 1960, el cual se integra con
los siguientes elementos: el escudo está trazado y dibujado
sobre cartela en forma de adarga u ovalada y se encuentra
dividido en cuatro cuarteles su campo.
El primer cuartel se trabaja en campo de oro y contiene: al
centro pórtico morisco en arcada, con filigrana, llevando
portón con remaches y escalinata; arriba diestra símbolo
franciscano; centro nicho con estatua de Fray Juan de san
Miguel, y siniestra escudo de Castilla, sobre bordadura azul,
nueve capillas simétricas.
El segundo cuartel se encuentra partido: diestra superior,
estrella de su color de seis puntas con cuatro estrellas
menores en plata adentro. Centro sol de gules. Punta luna
de su color en cuarto creciente. Todos puestos en campo
de plata; siniestra cortada, superior en ángulo tres bandas
dos palos, diestra sínople, siniestra gules centro plata.
Rectángulo inferior sobre campo de oro, cinco llagas gules
colocadas dos en dos, representando en jefe coronado
espina y tres clavos plata en souter.
El tercer cuartel contiene sobre campo de plata, volcán de
su color en erupción, flores de andán en su color y cascada
de agua entre follaje sínople continuado en corriente azur.
El cuarto cuartel se compone en campo de gules por un
monumento piramidal en dos bases semicircundado por
ramas de encino y olivo, cortado en punta inferior por banda
sínople, plata y gules.
Por cimera el escudo lleva al centro superior dos cabezas
superpuestas de perfil una de guerrero purépecha con
penacho y la otra de arcabucero español tocada con yelmo
y en la base de su color ramas de cafeto en fruto y jícara con
listón en plata que lleva por divisa: «SALVA GUARDA DEL
ESPÍRITU; LA TRADICIÓN Y LA MEXICANIDAD».
Lo cual significa:
I. La cimera representa el encuentro de dos pueblos, el

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