Bando de Gobierno Municipal

EstadoMichoacán
MunicipioAlvaro Obregón
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CXXXVI Morelia, Mich., Jueves 7 de Julio del 2005 NUM. 54
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 TERCERA SECCION Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Lázaro Cárdenas Batel
Secretario de Gobierno
Enrique Bautista Villegas
Director del Periódico Oficial
Arturo Hernández Tovar
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 300 ejemplares
Esta sección consta de 40 páginas
Precio por ejemplar:
$ 10.00 del día
$ 15.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Director: Arturo Hernández Tovar
CONTENIDO
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ÁLVARO OBREGÓN, MICH.
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL
Secretaría Municipal.- Álvaro Obregón, Mich.- 2005-2997.
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO 2005-2007
ÁLVARO OBREGÓN, MICHOACÁN
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TÍTULO QUINTO DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO, LOS ARTÍCULOS 32, FRACCIÓN XIII, 144,
147 Y 149 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN
DE OCAMPO, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES EL HONORABLE
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE ÁLVARO
OBREGÓN, MICHOACÁN, HA TENIDO A BIEN, EXPEDIR EL SIGUIENTE:
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL
TÍTULO PRIMERO
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Jueves 7 de Julio del 2005. 3a. Secc.
CAPÍTULO I.- Disposiciones Generales
CAPÍTULO II.- De l a integración del Municipio y su
división Política
CAPÍTULO III.- De los vecinos del Municipio
TITULO SEGUNDO
CAPÍTULO I.- Del Ayuntamiento
CAPÍTULO II- Del funcionamiento del Ayuntamiento
CAPÍTULO III.- De las autoridades auxiliares y
funcionarios
CAPÍTULO IV.- D e las atribuciones del Ayuntamiento
TÍTULO TERCERO
DEL DESARROLLO MUNICIPAL
CAPÍTULO I.- Del Plan de Desarrollo Municipal
CAPÍTULO II.- De la Coordinación para el Desarrollo
Municipal y Regional
TITULO CUARTO
CAPÍTULO I.- Del Desarrollo urbano
TITULO QUINTO
CAPÍTULO I.- Del Aseo Público
CAPÍTULO II.- De l Agua Potable, alcantarillado y
saneamiento
CAPÍTULO III.- De los Mercados
CAPÍTULO IV.- Del Rastro Municipal
CAPÍTULO V.- De los Cementerios
CAPÍTULO VI.- De l a Seguridad Pública
CAPÍTULO VII.- De la S alud Pública
TÍTULO SEXTO
CAPÍTULO I.- De la Protección civil
CAPÍTULO II.- De la unidad municipal de protección civil
CAPÍTULO III.- De los grupos voluntarios
CAPÍTULO IV.- D e la denuncia popular
CAPÍTULO V.- De l a inspección y vigilancia
CAPÍTULO VI.- De las medidas de seguridad
CAPÍTULO VII.- De las s anciones administrativas
TÍTULO SÉPTIMO
De la ecología y protección al medio ambiente
TÍTULO OCTAVO
Del fomento al deporte
TÍTULO NOVENO
De la hacienda municipal
TÍTULO DÉCIMO
CAPÍTULO I.- De las actividades de los particulares
CAPÍTULO II.- De las diversiones y espectáculos
públicos
CAPÍTULO III.- De lo s honorarios del funcionamiento de
comercios y establecimientos publicos
TÍTULO DÉCIMO PRIMERO
CAPÍTULO I.- De las infracciones
CAPÍTULO II.- De las sanciones
TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO
CAPÍTULO I.- De l a venta y consumo de bebidas
alcohólicas
CAPÍTULO II.- De los establecimientos y locales que
pueden ser autorizados para la venta y
consumo de bebidas alcohólicas
CAPÍTULO III.- Del horario a que estarán sujetos los
establecimientos y locales para la venta y
consumo de bebidas alcohólicas
PAGINA 3
PERIODICO OFICIAL Jueves 7 de Julio del 2005. 3a. Secc.
CAPÍTULO IV.- De l a expedición y revalidación de las
licencias
CAPÍTULO V.- De las obligaciones
CAPÍTULO VI.- De las prohibiciones en lo general para
los establecimientos que señala este titilo
CAPÍTULO VII.- De las prohibiciones en lo particular para
los establecimiento que señala este titulo
CAPÍTULO VIII.- De los cie rres o bligat orios
CAPÍTULO IX.- De las visitas de inspección
CAPÍTULO X.- De las sanciones
CAPÍTULO XI.- De las clausuras
CAPÍTULO XII.- De los recursos
TRANSITORIOS
TÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1º.- El Municipio de Álvaro Obregón,
Michoacán, se regirá en su jurisdicción, atento a lo ordenado
en el presente Bando, de observancia general para todos
los habitantes del mismo, sujetando su régimen interno en
lo dispuesto por el artículo 15 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, Título Quinto de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Michoacán de Ocampo, la Ley Orgánica Municipal, y demás
ordenamientos legales de observancia general.
ARTÍCULO 2º.- El Municipio de Álvaro Obregòn,
Michoacán está investido de personalidad jurídica y
patrimonio propio para todos los efectos legales, en los
términos de la fracción II del artículo 115 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y 113 de la
ARTÍCULO 3º.- El presente ordenamiento es de órden
público e interés general, y tiene por objeto establecer las
normas reglamentarias de buen gobierno , las sanciones
aplicables y la autoridad competente para imponerlas.
ARTÍCULO 4º.- El Municipio tendrá como símbolos
representativos, el Nombre y el Escudo.
ARTÍCULO 5º.- El nombre es: Municipio de Álvaro
Obregón, Michoacán
ARTÍCULO 6º.- El escudo tendrá como características, las
siguientes:
Su forma da la impresión de ser una perinola estampa como
sigue: Del lado superior izquierdo un edificio que representa
la arquitectura del Municipio, del lado superior derecho se
representa la agricultura, del lado inferior izquierdo la
ganadería y del inferior derecho los medios de
comunicación. En la parte periferia del escudo hay flechas y
arcos que representan la arqueología y unos anzuelos
símbolos de la pesca. En la parte de arriba tenemos nuestro
símbolo nacional, abajo el año de 1930 que fue cuando se
dio a Alvaro Obregòn la categoría de Municipio, en la parte
de abajo está la leyenda de "Cordialidad y ascendencia."
ARTÍCULO 7º.- El escudo oficial del Municipio se utilizará
por las dependencias del Ayuntamiento, debiéndose
exhibir en forma ostensible en las oficinas y documentos
oficiales, así como en los bienes que integran el patrimonio
municipal.
ARTÍCULO 8º.- El escudo municipal no se podrá usar con
fines publicitarios o de explotación comercial por
particulares.
ARTÍCULO 9º.- El presente Bando, los reglamentos que de
él se deriven, asi como los acuerdos que expida el
Ayuntamiento, serán obligatorios para las autoridades
municipales, los vecinos, los habitantes, visitantes y
transeúntes del Municipio y su infracción será sancionada
conforme a lo que establezcan las propias disposiciones
municipales.
CAPÍTULO II
DE LA INTEGRACIÓN DEL MUNICIPIO Y
SU DIVISIÓN POLÍTICA
ARTÍCULO 10.- El territorio del Municipio de Álvaro
Obregón es de 209.51 Km2. representa el 0.35% del total del
Estado y el 0.000010 % del país, colindando al norte con el
Municipio de Santa Ana Maya, al sur con el Municipio de
Charo, al este con el Municipio de Indaparapeo y al oeste
con el Municipio de Tarìmbaro y Cuitzeo.
ARTÍCULO 11.- El territorio del Municipio de Álvaro
Obregón, conservará la extensión y límites que hasta hoy

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