Ayuntamiento de apizaco, Tlaxcala 2017 - 2021. Reglamento de parquímetros.

Fecha de publicación17 Septiembre 2020
Número de Gaceta38-2a SECC
en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 41 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, y C O N S I D E R A N D O

1.- Que de conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 33, fracción I de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, los Ayuntamientos se encuentran facultados para aprobar los Reglamentos que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias, los procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia

2.- Que el municipio de Apizaco, Tlaxcala, ha crecido en todos los aspectos en los últimos años

Sin embargo, dicho crecimiento no ha sido ordenado, pues ha faltado planeación de parte de las anteriores administraciones municipales. Esta falta de previsión ha ocasionado, entre otros problemas dificultades de movilidad urbana de las personas que habitan y desarrollan sus actividades (comerciales, educativas, laborales, etc.) todos los días en la ciudad de Apizaco

3.- Como consecuencia de lo anterior, en el centro de nuestra ciudad, la actividad económica, el crecimiento poblacional, la alta motorización que allí se concentra, aunado a la gratuidad de los estacionamientos en vía pública, han generado grandes disputas entre residentes, locatarios visitantes y diversas autoridades municipales, ya que el tránsito vehicular enfrenta una severa problemática, pues el número y el tamaño de las vialidades resultan no ser suficientes debido al crecimiento del parque vehicular, dando lugar a un menor número de espacios de estacionamiento en la vía pública, al aumentar la demanda, y mayor contaminación, ruido ambiental y caos vial.

4.- Para comprender la magnitud de los problemas generados en la ciudad por la movilidad de personas y vehículos que confluyen a diario para realizar sus diversas actividades, basta con analizar el número de instituciones públicas y privadas, así como unidades económicas y escolares instaladas en el municipio de Apizaco: ESTABLECIMIENTOS Oficinas de Gobierno 3 Agencias automotrices 2 Mercados 4 Terminales de transporte 5 Tianguis 3 Hoteles 7 Plazas publicas 8 Farmacias 24 Coppel 4 Super mercados 36 Elektra 2 Servicios digitales 5 Hospitales 11 Bancos 25 Escuelas 196

5.- Derivado de lo anterior, en el Plan Municipal de Desarrollo 2017-2021, del municipio de Apizaco, se contempló como una de las prioridades de la actual administración municipal ordenar la movilidad urbana a través de la regulación de los espacios públicos. Así, en la estrategia 3.5.6: denominada “Programa Municipal de Movilidad Urbana”, en la cuarta línea de acción, el Ayuntamiento de Apizaco busca “Realizar una jerarquización vial, cambios de circulación, delimitación de áreas de estacionamientos y parquímetros”.

6.- Por otro lado, la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala dispone en su artículo 81 que el patrimonio de los municipios lo constituyen los bienes de dominio público y los bienes de dominio privado. Por lo que respecta a los bienes de dominio público se encuentran los de uso común, los destinados a los servicios públicos, y los demás que señalen las Leyes respectivas.

7.- Por su parte, la Ley de Patrimonio Público del Estado de Tlaxcala, en sus artículos 11, 13 y 15, señalan que se consideran entre los bienes de dominio público del Municipio, aquellos de uso común, tales como caminos, calles, plazas, jardines, camellones, paseos y parques públicos, cuya construcción o conservación estén a cargo del Ayuntamiento.

8.- En el mismo tenor, en el artículo 39 de la Ley de Ingresos del Municipio de Apizaco, Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2020, se establece que para el uso de la vía pública en las calles y/o avenidas determinadas por el Municipio, las personas físicas y morales pagarán derechos de estacionamiento por unidad vehicular, a través de los mecanismos o sistemas autorizados para tal efecto disponga el reglamento respectivo, pagando las siguientes cuotas.

a) 15 minutos, 0.025 UMA.

b) 30 minutos, 0.05 UMA.

c) 45 minutos, 0.075 UMA.

d) 60 minutos, 0.10 UMA.

9.- En estas condiciones, y ante el crecimiento urbano del municipio de Apizaco, el cual sucede de manera vertiginosa por encima de la media nacional, lo que incrementa la demanda de servicios públicos, como alumbrado público, recolección de basura, seguridad pública, embellecimiento de calles y avenidas, principalmente, y en consecuencia, su costos presupuestales a cargo de la hacienda pública del municipio, situación que hace necesario incorporar políticas públicas que tiendan a regular la movilidad urbana como en medio eficaz para procurar la interacción social y la convivencia sana de las personas, reivindicando la ciudad como un espacio vital para las personas y no para los medios de transporte motorizados.

10.- Que la falta de estacionamiento, así como la apropiación del espacio público de manera inadecuada, son problemas que han afectado y afectan hoy a nuestro municipio, observándose que la gratuidad en el estacionamiento en la vía pública incentiva el estacionamiento de larga estancia, donde una persona estaciona su vehículo por varias horas privatizando ese espacio público.

11.- Que los espacios para estacionamiento en la vía pública son limitados en nuestra ciudad, toda vez que existe un número finito de espacios, en atención a que un espacio solo podrá ser ocupado por un único vehículo a la vez, convirtiéndose en un bien económico, en donde la gratuidad invita a un uso desmedido del estacionamiento, por lo que incluir un valor económico al uso del espacio público para estacionamiento es una herramienta para racionalizarlo y mejorar las condiciones de movilidad de las zonas de alta demanda; de esta forma, el costo puede devolverle la característica pública a ese espacio.

12.- Que siendo un objetivo de la actual Administración Municipal de Apizaco el mejorar la movilidad urbana en la ciudad, incrementando la disponibilidad de espacios de estacionamiento en las calles del centro de la Ciudad de Apizaco, lo que implicara mejorar la calidad de vida de los habitantes de este municipio, es que someto a la consideración de los integrantes de este Ayuntamiento el siguiente: REGLAMENTO DE PARQUÍMETROS PARA EL MUNICIPIO DE APIZACO, TLAXCALA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento es de orden público, observancia general para los habitantes y visitantes del Municipio de Apizaco, Tlaxcala; tiene por objeto regular el uso de los espacios destinados al aparcamiento de vehículos de propulsión mecánica, motorizada o eléctrica en la vía pública, que serán controlados por sistemas de medición de tiempo denominados parquímetros.

Artículo 2.- En lo no previsto en el presente Reglamento, aplicará supletoriamente el Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Apizaco, el Reglamento de Seguridad Vial y Transito del Municipio de Apizaco, y demás disposiciones legales aplicables de la materia.

Artículo 3.- Para los efectos de este Reglamento se entiende por: A. En cuanto a sus autoridades: I. Ayuntamiento. Al Gobierno Municipal de Apizaco, Tlaxcala.

II. Cabildo. Al Cabildo del...

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