Avisos Judiciales

Página 10 3 de febrero de 2017
A V I S O S J U D I C I A L E S
JUZGADO PRIMERO CIVIL Y DE EXTINCION DE DOMINIO DE
PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
E D I C T O
En los autos del expediente número 372/2016, se ordena
el emplazamiento del demandado ANDRÉS PEREZ
HERNANDEZ, toda vez que DEMETRIO JUAN AGUILAR
SANCHÉZ, le demanda en la VIA ORDINARIA CIVIL
USUCAPIÓN, del DENOMINADO “EL SALADO” DEL PUEBLO
SAN PEDRO XALOSTOC, MUNICIPIO DE ECATEPEC DE
MORELOS, ESTADO DE MEXICO, ACTUALMENTE COMO
FRACCION “A”, LOTE SIN NUMERO MANZANA SIN NUMERO
DEL PREDIO DENOMINADO “EL SALADO” DEL PUEBLO DE
SAN PEDRO XALOSTOC, MUNICIPIO DE ECATEPEC DE
MORELOS, ESTADO DE MEXICO, con una superficie total de
1,802.5 metros cuadrados del inmueble DENOMINADO “EL
SALADO” DEL PUEBLO SAN PEDRO XALOSTOC, MUNICIPIO
DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, siendo
las siguientes medidas: al norte: en 51.50 metros con MAURO
SILVA; al sur: 51.50 metros con FRACCION RESTANTE; al
oriente: en 35.00 metros con LUIS ENRIQUEZ; al poniente: en
35.00 metros con ROMAN ENRIQUEZ, de la cual se pretende
usucapir u na fracción denominada como: FRACCIÓN “A” LOTE
SIN NUMERO, MANZANA SIN NUMERO, DEL PREDIO
DENOMINADO “EL SALADO”, DEL PUEBLO DE SAN PEDRO
XALOSTOC, MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS,
ESTADO DE MEXICO, con una superficie total de 196.20 metros
cuadrados, siendo las siguientes medidas: al norte: en 30.00
metros con PROPIEDAD PRIVADA; al sur: 15.00 metros y 15.00
metros con PROPIEDAD PRIVADA Y JUAN AGUILAR SANCHÉZ
RESPECTIVAMENTE; al oriente: en 9.92 y 01.58 metros con
PROPIEDAD PRIVADA Y CALLE ACTUALMENTE CONOCIDA
COMO CUAUHTEMOC RESPECTIVAMENTE; al poniente: en
11.50 metros con PROPIEDAD PRIVADA, el cual se encuentra
inscrito bajo el folio real electrónico 335577 a nombre de
ANDRÉS PEREZ HERNÁNDEZ; haciéndose una relación sucinta
de las siguientes prestaciones: A) Se decrete la propiedad por
usucapión respecto de a una fracción del inmueble
DENOMINADO “EL SALADO” DEL PUEBLO SAN PEDRO
XALOSTOC MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS,
ESTADO DE MEXICO, ACTUALMENTE COMO FRACCIÓN “A”
LOTE SIN NUMERO MANZANA SIN NUMERO DEL PREDIO
DENOMINADO “EL SALADO” DEL PUEBLO DE SAN PEDRO
XALOSTOC, MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS,
ESTADO DE MÉXICO; B) Como consecuencia de lo anterior
prestación la modificación de la inscripción que ante el Instituto de
la Función Registral del Estado de México, tiene el hoy
demandado ANDRÉS PEREZ HERNANDEZ, y se inscriba en su
lugar la declaración que por sentencia ejecutoriada se haga a
favor del suscrito C. DEMETRIO JUAN AGUILAR SÁNCHEZ; C)
El pago de gastos y costas que se originen en el presente juicio
manifestando en los hechos que el suscrito, en fecha 20 de
diciembre de 1995, el suscrito celebro contrato de compra venta
con el demandado C. ANDRÉS PEREZ HERNÁNDEZ, sobre una
fracción del inmueble, desde esa fecha el demandado entrego la
posesión física, jurídica y material del inmueble materia de este
juicio que ha venido poseyendo el inmueble en calidad de
propietario, ejerciendo actos públicos de dominio sobre el
inmueble, ya que lo adquirió de buena fe, sin que a la fecha me
hayan reclamado o disputado la posesión del inmueble en
cuestión. Ignorándose domicilio del demandado ANDRÉS PEREZ
HERNÁNDEZ, se le emplaza para que dentro del PLAZO DE
TREINTA DÍAS, contados a partir del siguiente de la última
publicación ordenada, comparezca a contestar la demanda y
señale domicilio dentro de La Mora de este Municipio Ecatepec
de Morelos, para oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento
que de no hacerlo y pasado el término, no comparece por sí o por
apoderado que pueda representarlo a juicio, el presente se
seguirá en su rebeldía teniéndole por contestada la demanda en
sentido negativo y las subsecuentes notificaciones aun las de
carácter personal, se le hara por medio de lista y Boletín Judicial,
en términos de lo dispuesto por el artículo 1.182 del Código de
Procedimientos Civiles, quedando a su disposición en la
Secretaria del Juzgado las copias simples de la demanda.
PUBLÍQUESE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE
DÍAS EN UN PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION, EN EL
PEROIODICO OFICIAL, GACETA DEL GOBIERNO Y BOLETIN
JUDICIAL.-DOY FE. DADO EN ECATEPEC DE MORELOS,
MÉXICO; VEINTE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS.
DOY FE.
EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO DE FECHA
DIECISÉIS DE DICIEMBRE DEL 2016.-SECRETARIO DE
ACUERDOS, LIC. FELIX ROMÁN BERNARDO JIMÉNEZ.-
RÚBRICA. 135.- 13, 24 enero y 3 febrero.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN-CUAUTITLAN IZCALLI
E D I C T O
DEMANDADO: MARISOL RODRIGUEZ VÁZQUEZ y DEVORA
VÁZQUEZ ROMAN.
RAMÓN DIAZ GAONA, ha promovido ante este Juzgado
bajo el expediente número 494/2015, Juicio ORDINARIO CIVIL
en contra de MARISOL RODRIGUEZ VAZQUEZ y DEVORA
VÁZQUEZ ROMAN, la parte actora reclama las siguientes
prestaciones:
A).- La declaración judicial de que tengo mejor derecho
que las hoy demandadas MARISOL RO DRIGUEZ VAZQUEZ y
DEVORA VAZ QUEZ ROMAN, para poseer el inmueble ubicado
en Rancho Colorado, Número 30 A, Fraccionamiento San
Antonio, Cuautitlán Izcalli, Estado de México. EN VIRTUD DE
QUE LAS DEMANDADAS ANTES MENCIONADAS OCUPAN
INDEBIDAMENE Y SIN TENER DERECHO ALGUNO, EL
INMUEBLE ANTES DETALLADO COMO SE DEMOSTRARA
OPORTUNAMENTE.
B).- La desocupación y entrega legal, física y/o material
del inmueble antes mencionado con todos sus frutos y
accesiones, de acuerdo con las medidas y colindancias que se
señalaron en el capítulo de hechos, por ser propiedad del suscrito
y por haber sido ocupado ilegalmente por las demandadas, con lo
que deberá quedar la parte actora de este juicio, con la posesión
jurídica, física y/o material del inmueble descrito en el inciso
anterior.
C).- El pago de daños y perjuicios que me han
ocasionado las demandadas con su actitud.
D).- El pago de gastos y costas que el presente juicio
origine. Hechos
1- El actor refirió en su demanda que en fecha veintitrés
de noviembre de dos mil diez, celebró contrato de compraventa
con el C. TOMAS CASTAÑEDA CHÁVEZ, respecto del inmueble
ubicado en Rancho Colorado, Número 30 A, Fraccionamiento
San Antonio, Cuautitlán Izcalli, Estado de México, el cual cuenta
con las siguientes medidas y colindancias:
AL NORTE: 7.40 METROS CON LOTE 05.
AL ORIENTE: 2.85 METROS CON JARDIN DE
VIVIENDA IZQUIERDA, PLANTA ALTA.

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