Avisos Judiciales

14 de noviembre de 2016 Página 39
A V I S O S J U D I C I A L E S
JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR
DISTRITO DE TOLUCA - METEPEC
E D I C T O
SE EMPLAZA A: CRISTINA GARCÍA SALINAS.
Se hace saber: que en el expediente radicado en este
Juzgado bajo el número 404/2016, relativo al PROCEDIMIENTO
ESPECIAL DE DIVORCIO INCAUSADO, solicitado por MARIO
DÍAZ CASTRO a CRISTINA GARCÍA SALINAS, de quien se
solicita lo siguiente: A) La disolución del vínculo matrimonial que
lo une a CRISTINA GARCÍA SALINAS. Manifestó los siguientes
hechos:
a) Contrajeron matrimonio bajo el acta 07 de la oficialía
05 del Registro Civil de Metepec, México, bajo el régimen de
separación de bienes el quince de enero del dos mil once.
b) Establecieron su domicilio conyugal en calle Mariano
Matamoros 206, Barrio de San Mateo, Metepec, México.
c) De dicha unión no hubo descendencia.
Toda vez que contrajeron matrimonio bajo el régimen de
separación de bienes y no haber descendencia dentro del
matrimonio no hizo propuesta con relación a ello. En cuanto a
bienes no fueron generados dentro del matrimonio.
- - El Juez del conocimiento el veintitrés de septiembre del
año 2016 dos mil dieciséis, con fundamento en lo dispuesto por
en los artículos 1.181 y 2.375 del Código de Procedimientos
Civiles en vigor, ordenó notificar a CRISTINA GARCÍA SALINAS,
la solicitud de divorcio por medio de edictos que contengan una
relación sucinta de la solicitud los cuales deberán publicarse por
tres veces de siete en siete días en el Periódico Oficial GACETA
DEL GOBIERNO y en otro de mayor circulación de este Distrito
Judicial donde se haga la citación y en el boletín judicial,
haciéndole saber que deberá presentarse dentro del plazo de
TRES DÍAS contados a partir del siguiente al de la última
publicación, a desahogar la vista que se da en auto del doce de
mayo del dos mil dieciséis, con motivo del divorcio, debiendo
además fijarse una copia íntegra de la resolución por todo el
tiempo de la notificación en la puerta de este Tribunal haciéndole
de su conocimiento que si pasado este tiempo no comparece por
si, por apoderado o por gestor que pueda representarlo se
procederá a señalar día y hora para la celebración de la primera
audiencia de avenencia, haciéndole las ulteriores notificaciones
por medio de lista y boletín judicial en términos de lo previsto por
los artículos 1.168, 1.169 y 1.170 del Código antes referido.
NOTIFÍQUESE. PARA SU PUBLICACIÓN TRES VECES DE
SIETE EN SIETE DÍAS EN GACETA DEL GOBIERNO,
PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN ESTA CIUDAD, ASÍ
COMO EN EL BOLETÍN JUDICIAL, POR TODO EL TIEMPO DE
LA CITACIÓN.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DADO EN EL JUZGADO CUARTO FAMILIAR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA CON RESIDENCIA EN
METEPEC, MÉXICO, A ONCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL
DIECISÉIS.- - - - - - DOY FE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
FECHA DE ACUERDO: 23 DE SEPTIEMBRE DEL DOS
MIL DIECISEIS.- SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC.
GUADALUPE SÁMANO DE LA ROSA.- RÚBRICA.
4802.- 24 octubre, 3 y 14 noviembre.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN
E D I C T O
A: SANTIAGO MARTÍNEZ LÓPEZ.
Se le hace saber que JOSÉ FLORES TEPAYA, promovió
ante éste Juzgado en la VÍA DE APREMIO con el fin de que se le
notifique, que es deseo del promovente: A.- Deje de ocupar el
área de estacionamiento marcado con el número "1-B", del Lote
9, ubicado en calle Agustín García López sin número,
Fraccionamiento Lomas del Parque, de la Unidad Habitacional
“Los Tulipanes” en el Municipio de Tultitlán, Estado de México,
que le corresponde al promovente; B).- Quite la cadena que ya no
permite el acceso y el uso y goce de dicho espacio; y C).- El pago
de gastos y costas que origine este procedimiento en caso de
oposición. Para lo cual manifestó el accionante en los hechos de
la solicitud que: 1.- Mediante escrito y anexos recibidos ante la
Primera Mesa Arbitral del Municipio de Tultitlán, Estado de
México, el cinco de febrero del año próximo pasado, demandó en
la vía de Arbitraje de Santiago Martínez López, que deje de
ocupar el área de estacionamiento marcado con el número "1 -B”,
del Lote 9, ubicado en calle Agustín García López sin número,
Fraccionamiento Lomas del Parque, de la Unidad Habitacional
“Los Tulipanes” en el Municipio de Tultitlán, Estado de México,
que le corresponde al promovente y quite la cadena con la que ya
no le permite el acceso a dicha área. Lo qué consta en la copia
certificada del laudo que exhibe; 2.- Se radicó tal procedimiento el
diez de febrero del dos mil catorce, el que se registró bajo el
número de expediente TUL/MA-I-003/2014; en la inteligencia de
que, se emplazó al demandado conforme a derecho, citándolo
para la celebración de la audiencia inicial, aclarando que no dio
contestación a la demanda y se continuo con el procedimiento
para su normal secuela. Lo que consta en la copia certificada del
laudo exhibido; 3.- Tramitado que fue dicho procedimiento, el
veinte de junio del dos mil catorce, el Licenciado Bernabé Isidro
Flores Casas, Arbitro de la Primera Mesa Arbitral del Municipio de
Tultitlán, Estado de México, en el expediente TUL/MA-I/003/2014,
dictó laudo condenatorio en contra del demandado. Lo que
también consta en la copia certificada del Laudo; 4.- En el punto
tercero del resolutivo del Laudo se le concedió a SANTIAGO
MARTÍNEZ LÓPEZ el término de tres días para que diera
cumplimiento al laudo, sin que lo haya hecho, por lo que solicitó
se declarara ejecutoriado el Laudo mediante auto de fecha
veintiséis de septiembre del año en curso. Lo que consta en la
copia certificada que exhibe; y 5.- Con base en el cuarto
resolutivo del Laudo, solicita se le señale a SANTIAGO
MARTÍNEZ LÓPEZ un término improrrogable de tres días para
que cumpla con el laudo arbitral condenatorio y se le aperciba
que en caso de no hacerlo se hará uso de la fuerza pública y el
rompimiento de cerraduras para que se le ponga en posesión en
área de estacionamiento.
Para lo cual, debe presentarse ante este Tribunal dentro
del plazo de TRES DIAS, contados a partir del día siguiente al en
que surta efectos la última publicación a informar el cumplimiento
que le haya dado al laudo condenatorio de fecha veinte de junio
del dos mil catorce, con el apercibimiento de que en caso de no
hacerlo, se procederá a su ejecución en vía de apremio. Se le
previene para que señale domicilio dentro de la circunscripción de
este Juzgado, para oír y recibir notificaciones, con el
apercibimiento de que en caso de no hacerlo, las subsecuentes
aún las de carácter personal le surtirán efectos en términos de los
dispositivos 1.170 y 1.182 del Código Procesal Civil en consulta.
Se ordena la publicación del presente edicto por tres veces de
siete en siete días en el Periódico Oficial GACETA DEL
GOBIERNO del Estado de México, en otro de mayor circulación
en esta Ciudad y en el Boletín Judicial. Pronunciado en
Cuautitlán, Estado de México, el tres de octubre de dos mil
dieciséis.-Fecha de los proveídos que ordenan la publicación del
presente edicto: doce de julio y veintiuno de septiembre, ambos
de dos mil dieciséis.-SECRETARIO JUDICIAL, LICENCIADA
ROSA ANITA CRUZ ROSAS.-RÚBRICA.
4785.-24 octubre, 3 y 14 noviembre.

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