Avisos Judiciales

24 de agosto de 2016 Página 11
VIGÉSIMO. Deberá colocar una placa metálica de al menos 80 X 80 cm. en un murete, en la cual se consigne como
mínimo la fecha de publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del presente Acuerdo, así
como el tipo del desarrollo autorizado, conforme lo dispone el artículo 52 fracción XIX del Reglamento del
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México. La ubicación del murete se específica en el
Plano Único de Lotificación.
VIGÉSIMO
PRIMERO. El presente Acuerdo de autorización no habilita a su titular a llevar a cabo alguno de los actos para los
cuales el Código Administrativo del Estado de México y el Reglamento del Libro Quinto de dicho
ordenamiento exijan una autorización específica, conforme lo dispone el artículo 52 fracción XVI del
Reglamento invocado.
VIGÉSIMO
SEGUNDO. El presente Acuerdo de autorización del Conjunto Urbano de tipo habi tacional de medio y residencial
denominado “LOMAS VIRREYES I”, ubicado en el Municipio de Calimaya, Estado de México, surtirá sus
efectos legales el día hábil siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del
Estado de México, debiendo su representada cubrir los derechos correspondientes a dicha publicación en
términos de lo dispuesto por el artículo 5.38 fracción X inciso i) del Código Administrativo del Estado de
México y artículo 51 párrafo segundo del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del
Estado de México. La Dirección General de Planeación Urbana enviará copia del mismo y del
correspondiente Plano de Lotificación a las Secretarías de Finanzas y de Educación, así como al Municipio
de Calimaya, Estado de México.
Dado en la Ciudad de Toluca, Estado de México, a los quince días del mes de agosto de dos mil dieciséis.
A T E N T A M E N T E
LIC. MARTHA ARACELI CONTRERAS NAVARRETE
DIRECTORA GENERAL DE OPERACION URBANA
(RÚBRICA).
A V I S O S J U D I C I A L E S
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHULACOYOTL, MEXICO
E D I C T O
ROBERTO SÁNCHEZ MAGOS.
Por este conducto se le hace saber que ROSA MARÍA
DEL RÍO RAMÍREZ, demanda en los autos del expediente
número 115/2016, relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL DE
USUCAPIÓN, respecto del Inmueble ubicado en EL LOTE DE
TERRENO NÚMERO 27, DE LA MANZANA 67, DE LA COLONIA
GENERAL JOSÉ VICENTE VILLADA, MUNICIPIO DE
NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MÉXICO, QUE
CORRESPONDE A LA CALLE AZCAPOTZALCO NUMERO 143,
DE LA MISMA COLONIA Y MUNICIPIO, con las siguientes
medidas y colindancias:
AL NORTE MIDE 21.50 METROS COLINDA CON LOTE
28; AL SUR MIDE 21.50 METROS COLINDA CON LOTE 26; AL
ORIENTE MIDE 10.00 METROS COLINDA CON LOTE 04; AL
PONIENTE MIDE 10.00 METROS COLINDA CON CALLE
AZCAPOTZALCO. Consta de una superficie total de 215.00
metros cuadrados.
La parte actora demanda la prescripción positiva del bien
inmueble materia del Juicio, y como consecuencia, la inscripción
a su nombre ante el Instituto de la Función Registral del Municipio
de Nezahualcóyotl, Estado de México, cuyo inmueble se
encuentra con número de folio real electrónico 00172207; lo que
acredito con el contrato de compraventa que celebró con el señor
ROBERTO SÁNCHEZ MAGOS, de fecha diecinueve de enero de
mil novecientos ochenta y cinco, por lo que tiene la posesión de
dicho inmueble de manera física, pacífica, de buena fe, continua
e ininterrumpida por más de treinta años a la fecha;
Ignorándose su domicilio, por auto de fecha veintitrés de
junio de dos mil dieciséis, con fundamento en lo dispuesto por el
numeral 1.181 de la Ley procesal de la materia se le emplaza
para que dentro del término de TREINTA DÍAS contados a partir
del siguiente en que sea la última publicación de este edicto,
comparezca por si, por apoderado o gestor que pueda
representarlo a dar contestación a la demanda seguida en su
contra, apercibido que de no hacerlo el Juicio se seguirá en su
rebeldía, asimismo se les apercibe para que señale domicilio
dentro de la circunscripción convencional de este Juzgado ya que
de no hacerla las siguientes notificaciones se le harán por Boletín
Judicial. DOY FE.
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE SIETE
EN SIETE DIAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL
GOBIERNO DEL ESTADO. EN OTRO PERIÓDICO DE MAYOR
CIRCULACIÓN DE ESTA CIUDAD Y EN EL BOLETIN JUDICIAL.
EXPEDIDOS EN CIUDAD NEZAHUALCOYOTL, MÉXICO, A LOS
ONCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISÉIS.-
FECHA DE ACUERDO: VEINTITRES DE JUNIO DE DOS MIL
DIECISÉIS.-PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS DEL
JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL
DE NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MÉXICO, LIC. IGNACIO
MARTÍNEZ ALAVAREZ.-RÚBRICA.
587-B1.-24 agosto 2 y 13 septiembre.

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