Avisos Judiciales

8 de septiembre de 2015
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Página 19
AVISOS JUDICIALES
JUZGADO QUINCUAGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SECRETARIA "B".
EXPEDIENTE NUMERO: 938/2013.
En los autos del Juicio Especial Hipotecario, promovido
por HSBC MEXICO S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE
GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISION FIDUCIARIA EN EL
FIDEICOMISO IRREVOCABLE F/247545, en contra de TORRES
PEREZ JOSE LUIS, expediente número 938/2013, La C. Juez
dictó diversos autos que en su parte conducente dicen:
México, Distrito Federal, a veinticuatro de
noviembre del
dos mil catorce. - - A sus autos el escrito de cuenta....,
convocando postores, por dos veces, debiendo mediar entre una
y otra publicación siete días hábiles, y entre la última y la fecha de
remate igual plazo, en los tableros de aviso de éste Juzgado, en
los de la Tesorería del Distrito Federal y en el periódico "La
Crónica de Hoy". Para tomar parte en la subasta los licitadores
interesados, deberán consignar previamente por cualquiera de los
medios autorizados por la Ley, una cantidad igual por lo menos al
diez por ciento del valor del bien, que sirve de base para el
remate, sin cuyo requisito no serán admitidas, lo anterior con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 570, 572, 574 y
demás relativos del Código de Procedimientos Civiles del Distrito
Federal.- Tomando en consideración que el domicilio del bien
inmueble detallado con antelación, se encuentra ubicado fuera de
la jurisdicción de este Juzgado, con fundamento en lo dispuesto
por el artículo 572 del Código Procesal de la Materia, gírese
atento exhorto, con los insertos necesarios al C. Juez competente
en el Municipio de Chalco, Estado de México, para que en auxilio
de las labores y por comisión de éste Juzgado se sirva publicar
los edictos en los lugares que establezca la Ley Procesal del
Estado de México, en los términos ordenados, facultándose
expresamente al C. Juez exhortado para que acuerde
promociones presentadas por la parte actora tendientes a la
publicidad de la citada almoneda, y realice todas las gestiones
conducentes a fin de cumplimentar lo ordenado en el presente
proveído, debiéndose elaborar los edictos en los términos del
Lo proveyó y firma la C. Juez, Licenciada Evangelina Díaz
Abascal, ante el C. Secretario de Acuerdos, Licenciado Luciano
Estrada Torres quien autoriza y da fe.
En la Ciudad de México, Distrito Federal siendo las diez
horas con treinta minutos del día once de mayo del año dos mil
quince, día y hora señalado para que tenga verificativo la
diligencia de remate en segunda almoneda, del inmueble
hipotecado ubicado en: vivienda uno, del lote ciento diez, de la
manzana veintidós, de la calle Boulevard Los Álamos, marcada
con el número oficial ciento diez, del conjunto urbano "Los
Álamos", ubicado en el Municipio de Chalco, Estado de México,
siendo el precio de remate el del avalúo del perito de la parte
actora, que corresponde a la cantidad de $348,800.00
(TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS
PESOS 00/100 M.N.), valor de avalúo que obra en autos, siendo
postura legal el equivalente a las dos terceras partes de esta
última cantidad; en los autos del Juicio Especial Hipotecario,
expediente número 938/2013 promovido por HSBC MEXICO,
S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO
FINANCIERO HSBC MÉXICO, S.A. INSTITUCION DE BANCA
MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISION
FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO IRREVOCABLE F/247545 en
contra de JOSE LUIS TORRES PEREZ.-El C. Secretario
Acuerdos 8", ... La C. Juez Acuerda: Se tienen por hechas las
manifestaciones de la parte actora por conducto de su apoderada
y
toda vez que no se ha presentado hasta el momento postor
alguno, y en virtud de que tampoco se presentó el diverso
acreedor INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA
PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT). Con fundamento en
sacar de nuevo a pública subasta el bien inmueble hipotecado,
sin sujeción a tipo. En esa virtud para que tenga verificativo la
audiencia de remate en tercera almoneda sin sujeción a tipo se
señalan las diez horas con treinta minutos del día dos de julio del
año dos mil quince, debiéndose preparar la diligencia de remate,
en los términos ordenados en auto de fecha veinticuatro de
noviembre del dos mil catorce y a lo ordenado en esta diligencia.
No habiendo más que hacer constar en la presente subasta, se
da por concluida siendo las once horas con veinte minutos del día
de la fecha.- Firmando al margen y al calce los que en ella
intervinieron en unión de la C. Juez, Licenciada Evangelina Díaz
Abascal, ante el C. Secretario de Acuerdos "B", Licenciado
Luciano Estrada Torres, quien autoriza y da fe.-Doy Fe.
México, Distrito Federal, a cuatro de agosto del dos mil
quince. - - -Agréguese a su expediente el escrito de cuenta, como
lo solicita se st ñalan las diez horas con treinta minutos del día
veintiuno de septiembre del año dos mil quince, para que tenga
verificativo la subasta en tercera almoneda del bien inmueble
hipotecado materia del presente juicio, debiendo prepararse como
se encuentra ordenado en auto de fecha veinticuatro de
noviembre del dos mil catorce y audiencia de fecha once de mayo
del año en curso.-Notifíquese, lo proveyó y firma la C. Juez,
Licenciada Evangelina Díaz Abascal en unión de su C. Secretario
de Acuerdos, Licenciado Luciano Estrada Torres, que autoriza y
da fe.-Lic. Luciano Estrada Torres, C. Secretario de Acuerdos
"B".-Rúbrica.
3936.-27 agosto y 8 septiembre.
JUZGADr) 1 RIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL
MEXICO, D. F.
EDICTO
SECRETARIA "A".
EXP. NO. 1121/09.
SE CONVOCA POSTORES.
En los autos del Juicio Especial Hipotecario, promovido
por HIPOTECARIA NACIONAL S.A. DE C.V. SOCIEDAD
FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, GRUPO FINANCIERO
BBVA BANCOMER en contra de ANA LUISA MENDOZA GOMEZ
la C. Juez del Trigésimo Tercero de lo Civil, mediante el auto de
fecha veintiséis de junio del año del dos mil quince se ordena
sacar a remate
en
pública subasta el inmueble ubicado en la casa
ubicada en Paseo de Bugambilias número 11, lote 6, manzana 6,
que forma parte del conjunto urbano habitacional popular
denominado "Paseos de Tecámac", ubicado en calle sin nombre
Municipio de Tecámac, Distrito de Otumba, Estado de México,
con las medidas, linderos y colindancias especificadas en autos
para que tenga verificativo la audiencia de remate en primera
almoneda se señalan a las diez horas del día veintiuno de
septiembre del año dos mil quince siendo postura legal la que
cubra
las dos terceras
partes de la cantidad de QUINIENTOS MIL
PESOS 00/100
M.N.,
precio del avalúo.
NOTA: Para su
publicación por dos veces debiendo
mediar entre una publicación y otra siete días hábiles e igual
plazo entre la última publicación y la fecha de remate, en el
periódico El País en los tableros de aviso de la Secretaría de
Finanzas del Gobierno del Distrito Federal y los estrados de este
Juzgado.- México D.F., a 9 de julio de 2014.- La C. Secretaria de
Acuerdos "A", Mtra. Martina Saula Armas Luna.- Rúbrica.
3935.-27 agosto y 8 septiembre.
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8 de septiembre de 2015
JUZGADO SEXTO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
EDICTO
EMPLAZAMIENTO.
A: LIZBETH LUZ MARTINEZ RESOLLAR.
La señora MA. LOURDES RESOLLAR HERNÁNDEZ, ha
promovido ante este Juzgado, demanda en contra de SERGIO
RICARDO GARCIA ESCOBEDO y LIZBETH LUZ MARTINEZ
RESOLLAR, bajo el número de expediente 141/2015, en la vía de
CONTROVERSIA SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS
PERSONAS Y DEL DERECHO FAMILIAR, las siguientes
prestaciones: a) La guarda y custodia del menor ALAN GARCIA
MARTINEZ. b) El pago y cumplimiento de una pensión alimenticia
a favor del menor ALAN GARCIA MARTINEZ. c) El
aseguramiento de la pensión alimenticia por cualquiera de los
medios que establece el artículo 4.143 del Código Civil vigente en
la Entidad. d) El pago de los gastos y costas que el presente
juicio genere hasta su total terminación. e) Requerir a la madre el
menor señora LIZBETH LUZ MARTINEZ RESOLLAR manifieste
bajo protesta de decir verdad a cuanto ascienden sus ingresos
ordinarios y extraordinarios. f) La cancelación de la pensión
alimenticia que viene recibiendo la codemandada LIZBETH LUZ
MARTINEZ REBOLLAR del Centro de Trabajo del señor SERGIO
RICARDO GARCIA ESCOBEDO DEL 30% de los ingresos
ordinarios y extraordinarios de éste. G) Que dicha pensión que
venía recibiendo LIZBETH LUZ MARTINEZ RESOLLAR, sea
puesta a disposición de la promovente RESOLLAR HERNANDEZ
MA. LOURDES, por ser quien tiene desde marzo del año pasado
la guarda y custodia del menor al haberlo abandonado totalmente
su madre y ser quien desde esa fecha a la actualidad pago todos
y cada uno de los gastos del menor. FUNDANDO SU SOLICITUD
EN LOS SIGUIENTES HECHOS.- QUE EN EL AÑO DE DOS MIL
SIETE, A TRAVES DEL CONVENIO QUE CELEBRARON LOS
PADRES DEL MENOR ALAN GARCIA MARTINEZ DENTRO
DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE DIVORCIO, SE LE
OTORGO LA GUARDA Y CUSTODIA DEL MENOR A LIZBETH
LUZ MARTINEZ RESOLLAR Y SE FIJO UNA PENSION DEL
30% DEL TOTAL DE LAS PERCEPCIONES ORDINARIAS Y
EXTRAORDINARIAS DE SU PADRE SERGIO RICARDO
GARCIA ESCOBEDO A FAVOR DEL INFANTE, LA QUE COBRA
LA CITADA DEMANDADA
Y
ES EL CASO QUE EN EL MES DE
MARZO DEL AÑO EN CURSO, LA MADRE DEL MENOR,
SEÑORA LIZBETH LUZ MARTINEZ RESOLLAR, EN COMPAÑIA
DEL SEÑOR BENJAMIN BELLO HUERTA, DEJO DE HABITAR
EL INMUEBLE UBICADO EN CALLE 25, NUMERO 262,
COLONIA JARDINES DE SANTA CLARA, MUNICIPIO DE
ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO,
DEJANDOME AL CITADO MENOR, SIN DECIR A DONDE IBA O
POR QUE SE IBA, MUCHO MENOS, PORQUE NO SE
LLEVABA AL MENOR, PASARON LOS DIAS, LAS SEMANAS Y
LOS MESES SIN PREOCUPARSE Y DEJANDO EN TOTAL
ABANDONO AL MENOR, YA QUE SOLO LE HABLA POR
TELEFONO DE VEZ EN CUANDO Y NUNCA LE DICE DONDE
VIVE Y TAMPOCO LE PREGUNTA AL MENOR POR SUS
ESTUDIOS, NI DE SU DEPORTE, NI DE SU SALUD, MUCHO
MENOS SI TIENE ALIMENTOS PARA COMER. TAMBIEN PARA
QUE LA PENSION QUE COBRA LA DEMANDADA EN EL
TRABAJO DEL PADRE DEL MENOR SEA CANCELADA Y LA
MISMA SEA ENTREGADA EN FORMA DIRECTA A LA
PROMOVENTE, POR SER QUIEN A LA FECHA TIENE LA
GUARDA Y CUSTODIA DEL MENOR Y PORQUE DESDE QUE
SE LO DEJO HA SUFRAGADO Y SIGUE SUFRAGANDO
TODOS Y CADA UNO DE LOS GASTOS DEL MENOR - Visto el
resultado de los informes rendidos por las dependencias
requeridas para ello, con fundamento en lo que establece el
ordena la PUBLICACION DE EDICTOS para efecto de
EMPLAZAR a LIZBETH LUZ MARTINEZ REBOLLAR, por
ignorarse su domicilio actual, por
EDICTOS que contendrán
una
relación sucinta de la demanda, los que se publicarán POR TRES
VECES DE SIETE EN SIETEl
i
DIAS, en el Periódico Oficial
"GACETA DEL GOBIERNO", e
otro de mayor CIRCULACION
EN ESTA CIUDAD y en el BOLETIN JUDICIAL, haciéndole saber
a la demandada que deberá presentarse a este Juzgado, dentro
del plazo de TREINTA DIASI CONTADOS A PARTIR DEL
SIGUIENTE AL DE LA ULTIMÁ PUBLICACION DEL EDICTO,
además se fijará en la PUERTA de este TRIBUNAL una copia
íntegra de esta resolución por todo el tiempo de la notificación,
apercibiéndole a LIZBETH LUZ MARTINEZ RESOLLAR que si
pasado el plazo no comparece por SI, POR APODERADO O
POR GESTOR que pueda representarlo, se seguirá el juicio en su
REBELDIA y se le tendrá por precluido su derechc a desahogar
la vista, así mismo deberá de proporcionar domicilio para oír y
recibir notificaciones dentro de esta población, en el entendido
que de no hacerlo las subsecuentes notificaciones aún las de
carácter personal, le surtirán por medio de lista de este Juzgado y
Boletín Judicial, en término de lo dispuesto por los artículos
1.182, 1.183 y 1.185 del Código en consulta.
Validación: Acuerdo de fecha tres de agosto del año dos
mil quince, que ordena la publicación de fecha cuatro de agosto
del mismo año.- Ecatepec de Morelos, México, 11 de agosto de
2015.- Secretario de Acuerdos, Lic. Ivette Anguiano Aguilar.-
Rúbrica.
3782.-19, 28 agosto y 8 septiembre.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN
EDICTO
DESARROLLADORA INMOBILIARIA LATINOAMERICANA, S.A.
DE C.V.
En los autos del expediente marcado con el número
278/2012, relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL, PLENARIO
POSESION promovido por JOSE LUIS OBREGON GONZALEZ
contra ALONSO ANDRADE PINEDA, mediante proveídos
dictados el tres y ocho de junio de dos mil quince, se ordenó
llamar a juicio a DESARROLLADORA INMOBILIARIA
LATINOAMERICANA, S.A. DE C.V., para que comparezca a
juicio a defender sus derechos, si a su interés corresponde y para
que le pare perjuicio la sentencia definitiva que llegare a dictarse
en el presente proceso, sumario en ei que el actor reclama del
demandado las siguientes prestaciones: A) LA DECLARACION
QUE HAGA SU SEÑORIA EN EL SENTIDO DE QUE EL
SUSCRITO TIENE MEJOR TITULO O DERECHO PARA
POSEER MATERIALMENTE EL INMUEBLE CONSISTENTE EN
EL LOCAL NUMERO 5, DE LA PLAZA COMERCIAL SANTA
TERESA, UBICADA EN EL LOTE SEIS, DE LA MANZANA
CIENTO VEINTITRES, DEL CONJUNTO URBANO DE INTERES
SOCIAL DENOMINADA "SANTA TERESA III", UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE HUEHUETOCA, DISTRITO DE CUAUTITLAN,
ESTADO DE MEXICO; B). COMO CONSECUENCIA DE LO
ANTERIOR LA DESOCUPACION Y ENTREGA AL SUSCRITO
CON SUS FRUTOS Y ACCESIONES DEL LOCAL NUMERO 5,
DE LA PLAZA COMERCIAL SANTA TERESA, UBICADA EN EL
LOTE SEIS, DE LA MANZANA CIENTO VEINTITRES, DEL
CONJUNTO URBANO DE INTERES SOCIAL DENOMINADA
"SANTA TERESA III" UBICADO EN EL MUNICIPIO DE
HUEHUETOCA, DISTRITO DE CUAUTITLAN, ESTADO DE
MEXICO, APERCIBIDO QUE EN CASO DE NO HACERLO SE
PROCEDERA AL LANZAMIENTO A SU COSTA. C) EL PAGO
DE GASTOS Y COSTAS QUE EL PRESENTE JUICIO ORIGINE.
Para lo cual manifestó el accionante en los hechos de la
demanda que: El dos de diciembre de dos mil nueve, adquirió
mediante escritura pública número un mil ciento diez, otorgada
ante la fe de la Licenciada ,LILIANA CASTAÑEDA SALINAS,
titular de la Notaría Pública rultnero 93 del Estado de México, la
propiedad del lote seis, de la manzana ciento veintitrés del
Conjunto Urbano de interés social denominado "SANTA TERESA
III", UBICADO EN EL MUNICIPIO DE HUEHUETOCA, DISTRITO
DE CUAUTITLAN, ESTADO DE MEXICO, que dicho inmueble se

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