Avisos Judiciales

VISOS JUDICIALES
Página 14
GACETA
CEL GOIallennac>
2 de diciembre de 2013
JU. GADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE ZUMPANGO
EDICTO
CLAU IIA LUNA FLORES, por su propio derecho, bajo el
expediente n mero 1102/2012, promueve ante este Juzgado
Procedimient Judicial no Contencioso Inmatriculación, respecto
de un inmueble ubicado en privada sin nombre y sin número,
Barrio San L renzo, Municipio de Zumpango, Estado de México,
el cual tiene I s siguientes medidas y coiindancias; al norte: 17.16
metros con M ría del Rocío Luna Flores; al sur 17.16 metros con
Martín Lunar arbajal; al oriente: 17.50 metros con calle privada;
al poniente: 1 .50 metros con Martín Luna Carbajal, teniendo una
superficie de 100.30 metros cuadrados, para su publicación en el
Periódico Ofi ial GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México
y en otro per "dice de circulación diaria en esta Ciudad, por dos
veces, con I ten/alos de por b menos dos días por medio de
edictos, peral conocimiento de las personas que se crean con
mejor derecha y lo hagan valer en términos de Ley, se expiden
los presentes en la Ciudad de Zumpango, México, a los
veinticuatro ( 4) días del mes de octubre de dos mil trece (2013),
Validación de edicto: Acuerdo de fecha: diecisiete (17) de octubre
de dos mil (rece (2013).-Secretario de Acuerdos.-Funcionario,
Licenciada llena Solano Cuéllar.-Firma.-Rúbrica.
1444-A1,27 noviembre y 2 diciembre.
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE ZUMPANGO
EDICTO
I
PEDO ZARATE RODRIGUEZ, por su propio derecho,
balo el expediente número 1236/2013, promueve ante este
Juzgado Proedimiento Judicial no Contencioso Inmatriculación,
respecto del un inmueble ubicado en Avenida Industrial, sin
número oficie Colonia Centro, Municipio de Apaxco, Estado de
,
México, el chal tiene las siguientes medidas y colindancias; al
noroeste: 15180 metros con Heriberto Zárate Fuentes; al sureste:
en quince i neas: 121.37 metros con Cementos Apasco; al
suroeste: erj ocho líneas: 82.01 metros con Río Salado: al
noreste: en¡' tres líneas: 87.30 metros con Gregorio Zárate
Rodríguez; on una superficie de 6,110.45 metros cuadrados,
para su ¡aplicación en el Periódico Oficial GACETA DEL
GOBIERNO iv del Estado de México y en otro periódico de
f
i
circulación d aria en esta Ciudad, por dos veces, con intervalos de
per lo meno dos días por medio de edictos, para conocimiento
de las perso as que se crean con mejor derecho y lo hagan valer
en términos! de Ley, se expiden los presentes en la Ciudad de
Zumpango, México, a los diecinueve (19) días del mes de
noviembre de dos mil trece (2013).-Validación del edicto: Acuerdo
de fecha: di4cinueve (19) de noviembre de dos mil trece (2013).-
Secretario de Acuerdos.-Funcionario, Licenciada Cristina Solano
Cu é llar. -Fi rraa.-Rúbrica.
1444-A1.-27 noviembre y 2 diciembre.
JUZG O TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DIST ITO DE CUAUTITLAN-CUAUTITLAN IZCALLI
EDICTO
En los autos del expediente 1209/2012, relativo al
Procedimie o Judicial no Contencioso, Inmatriculación,
promovido or LETICIA HERNANDEZ ESPINOSA, en su carácter
de albacea e la Sucesión Testamentaria a bienes de AGUSTIN
HERNANDEZ SERRANO, respecto del terreno denominado de
común repartimiento de calidad lepetatoso ubicado en la calle
cerrada de Miguel de la Madrid, sin número, domicilio bien
conocido, del poblado de San Francisco Tepojaco, Municipio de
Cuautitlán Izcalli, Estado de México, con las siguientes medidas,
colindancias y superficie siguientes; al norte: mide y colinda en
veintiocho metros (28.00 mts.) con la calle cerrada de Miguel de
la Madrid; al sur: mide y colinda en veintinueve metros (29 mts.)
con propiedad del Sr. Rosalio Gama; al oriente: mide y colinda en
sesenta y un metros (61.00 mts.) con el Señor Agustín Hernández
Serrano; y al poniente: mide y colinda en sesenta y tres metros
(63.00 mts.) con propiedad del Sr. Miguel Vázquez; con una
superficie aproximada de mil novecientos setenta y cinco metros
cuadrados (1,975.00 m2).
Por lo cual el Juez Tercero Civil de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Cuautitlán con residencia en Cuautitlán Izcalli,
Estado de México, mediante proveídos del veintiséis de
noviembre de dos mil doce y veintitrés de agosto de dos mil trece,
ordenó la publicación de la solicitud de inscripción en la GACETA
DEL GOBIERNO y en otro periódico de mayor circulación en este
lugar, por dos veces con intervalos de por lo menos dos días
cada uno de ellos.
Se expiden a los veintinueve días del mes de agosto de
dos mil trece.-Doy fe.-Primer Secretario de Acuerdos, Lic. María
Guadalupe Guerrero Rodríguez.-Rubrica.
1444-A1,27 noviembre y 2 diciembre.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMF3A-TECAMAC
EDICTO
En el expediente número 1129/2013, ABRAHAM DAVID
VILLALOBOS ROSALES promoviendo a nombre y
representación del C. VICTOR MIGUEL VILLALOBOS PEREZ en
la
vía
de Procedimiento Judicial no Contencioso Información de
Dominio, respecto del inmueble denominado "Nenetzola", el cual
se encuentra ubicado en cerrada sin nombre, sin número, dentro
del pueblo de Reyes Acozac, Municipio de Tecámac, Estado de
México. con las siguientes medidas y colindancias: al norte: 14.50
metros linda con Eiva María de Lourdes, Wilebaldo y Raúl
Domingo todos de apellidos Mora Pérez, al sur: 17.00 metros
linda con Raúl Domingo Mora Pérez, al oriente: 14.60 metros
linda con Rafael Galindo López, al poniente: 14.60 metros linda
con cerrada sin nombre. Con una superficie total de terreno de
229.00 metros cuadrados y 32.00 metros de construcción.
Al tenor de los siguientes hechos:
1.- Contrato de compra venta de fecha dieciséis de mayo
del año dos mil suscrito a favor de mi representado como
comprador por parte de su vendedora la señora ERNESTINA
PEREZ ALARCON y desde entonces e tenido la posesión de
dicho inmueble.
Y para su publicación por dos veces con intervalos de por
lo menos dos días en el Periódico GACETA DEL GOBIERNO del
Estado de México y en otro periódico de mayor circulación en
esta población, se expiden los presentes el día veintidós de
noviembre de dos mil trece.-Doy fe.-Secretario de Acuerdos, Lic.
Alfredo Rodriguez Alvarez.-Rúbrica.
5286.-27 noviembre y 2 diciembre.
2 de diciembre de 2013
GACE
TA
IJLL
COMIIEFtN0
Página 15
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CHALCO-IXTAPALUCA
EDICTO
GIL ALBERTO CONCUERA.
JOSE LUIS ZAMARRIPA GUZMAN, inició en el Juzgado
Segundo Civil de Chalco, con residencia en Ixtapaluca, Estado de
México, el Juicio Ordinario Reivindicatorio, expediente 637/07,
demandando el cumplimiento de las prestaciones siguientes:
a).-
La declaración de que el suscrito, tiene el dominio
sobre el lote de terreno y construcciones en él construidas del
inmueble ubicado en la calle de Huanitzin, manzana 7; lote 11,
del Fraccionamiento Sagitario, conocido como Colonia
Tlayehuale, del Municipio de Ixtapaluca, Distrito de Chalco,
Estado de México, con superficie, medidas, colindancias y
características a que me refiere en los hechos de esta demanda.
b).-
La reivindicación al suscrito del referido inmueble con
sus construcciones con todo en cuanto de hecho y por derecho
me corresponda, con sus mejoras, frutos y accesorios, para lo
cual se debe condenar al demandado para que haga entrega del
mismo al suscrito en ejecución de sentencia.
c).-
El pago de las cantidades que por concepto de rentas
se empiecen a generar a partir del emplazamiento a juicio del
demandado, mismas que se cuantificarán en ejecución de
sentencia y a juicio de peritos, con relación a la plusvalía de la
zona, así como a los promedios estándares sobre las rentas de
inmuebles similares dentro de esa zona, esta prestación es por
los daños y perjuicios que me ha venido ocasionando el
demandado al no poder obtener una ganancia lícita a la que
tengo derecho sobre el inmueble de mi propiedad para el cual fue
adquirido por el suscrito, desposeyéndome del derecho a poder
proporcionarle un lugar para vivir a mi familia dentro del
mencionado inmueble.
d).-
El pago de los gastos y costas que origine el presente
origine.
Siendo que el auto que le recayó a dicha solicitud
textualmente dice.
AUTO.- En Ixtapaluca, México, a 13 TRECE de Julio del
2007 DOS MIL SIETE.
Por presentado a JOSE LUIS ZAMARRIPA GUZMAN,
con el escrito de cuenta y anexos que lo acompañan,
demandando por su propio derecho, en la VIA ORDINARIA CIVIL
(REIVINDICATORIO) DE GIL ALBERTO CONCUERA, las
prestaciones que indica por los motivos y razones que refiere; en
consecuencia, FORMESE EXPEDIENTE. REGISTRESE EN EL
LIBRO DE GOBIERNO BAJO EL NUMERO QUE LE
CORRESPONDA Y DESE AVISO AL SUPERIOR JERARQUICO
DE SU INICIO.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1.2,
1.134, 1.135, 1.138, 1.148, 1.175, 2.108, 2.111 y demás relativos
y aplicables del Código de Procedimientos Civiles en vigor, SE
ADMITE la presente demanda en la vía y forma propuesta; en
consecuencia, con las copias simples que se acompañan
debidamente selladas y cotejadas, emplácese y córrase traslado
a GIL ALBERTO CONCUERA en el domicilio ubicado CALLE
HUANITZIN, MANZANA 7, LOTE 11 DEL FRACCIONAMIENTO
SAGITARIO, CONOCIDO COMO COLONIA TLAYEHUALE DEL
MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, DISTRITO JUDICIAL DE
CHALCO, ESTADO DE MEXICO, para que dentro del plazo de
NUEVE DIAS comparezca al local de este Juzgado a dar
contestación a la instaurada en su contra, apercibiéndole que de
no hacerlo se le tendrá por presuntamente confeso de los hechos
o por contestada en sentido negativo según sea el caso, así
mismo prevéngasele para que señale domicilio dentro de la
población donde se ubica este Juzgado, con el apercibimiento
que de no hacerlo, las subsecuentes aún las de carácter personal
se le harán en términos de los numerales 1.168 y 1.170 de la Ley
en cita.
Toda vez que señala como domicilio para oír y recibir
notificaciones los estrados de este Juzgado hágansele ias
posteriores, aún las de carácter personal en términos de los
numerales 1.168 y 1.170 de la Ley en cita; se previene al
ocursante para que dentro del término de tres días presente al
profesionista que con su firma autoriza el escrito de cuenta, quien
deberá exhibir el original de su cédula profesional, para que de
cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 1.94 y 1.95 de la Ley
Adjetiva de la materia, teniéndose por autorizados a los demás
profesionistas y personas que menciona para los fines que indica
y en tratándose de abogado patrono deberá estarse acordado en
líneas arriba.
NOTIFIQU ESE.
ASI LO PROVEYO Y FIRMA EL LICENCIADO ALBERTO
MARTINEZ GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA
INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCO, MEXICO,
CON RESIDENCIA EN IXTAPALUCA, POR MINISTERIO DE
LEY QUE ACTUA CON SECRETARIO DE ACUERDOS QUIEN
DA FE DE LO ACTUADO: DOY FE-JUEZ. SECRETARIO. DOS
FIRMAS ILEGIBLES. RUBRICAS.
AUTO. EN IXTAPALUCA, ESTADO DE MEXICO, A
VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOCE.
A sus autos el escrito de cuenta, se tiene por presentado
a JOSE LUIS ZAMARRIPA GUZMAN, visto su contenido y en
particular el de la comparecencia que antecede, y el estado que
guarda el proceso, en cumplimiento al auto de fecha veintidós de
marzo del año dos mil diez, con fundamento en el artículo 1.181
de la Legislación en comento, emplácese a FELIPE VARGAS
ENRIQUEZ, por medio de edictos, los cuales contendrán una
relación sucinta de la reconvención hecha valer por el
demandado GIL ALBERTO CONCUERA, y se publicarán por
TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, en el Periódico Oficial
GACETA DEL GOBIERNO, en un periódico de mayor circulación
en este Municipio y en el Boletín Judicial, asimismo, procédase a
fijar en la puerta de éste Tribunal una copia íntegra de la
resolución por todo el tiempo que dure el emplazamiento, por
conducto del Secretario; haciéndole saber a la parte demandada
que debe de presentarse a éste Juzgado en un plazo de
TREINTA DIAS contados a partir del siguiente al de la última
publicación, quedando las copias de traslado en la Secretaría
para que el codemandado la recojan y le pueda dar contestación
a la incoada en su contra, si pasado ese plazo no comparecen
por sí, por apoderado legal o por gestor, se seguirá el Juicio en su
rebeldía y se le tendrá por contestada la demanda en sentido
negativo, debiendo señalar domicilio dentro de la población en
que se ubica este Juzgado y en caso de no hacerlo, ias
subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se les
harán en términos de los artículos 1.165 fracciones II y III, 1.168,
1.170 y 1.181 del Código en cita. Asimismo, es de hacerse del
conocimiento de la parte actora, que las publicaciones ordenadas
deberán hacerse en días hábiles para éste Tribunal.
NOTIFIQU ESE
Así lo acordó y firma el Licenciado BERNARDO
ALVAREZ MORALES, Juez Segundo Civil de Primera Instancia
del Distrito Judicial de Chalco, con residencia en lxtapaluca.
Estado de México, que actua en forma legal con Secretario de
Acuerdos JAVIER OLIVARES CASTILLO, quien autoriza y da fe
de lo actuado. Juez. Secretario. Dos firmas ilegibles-Rúbricas.
En cumplimiento al auto de fecha veintiuno (21) de junio
del dos mil doce (2012), se expiden los edictos ordenados, en
Ixtapaluca, Estado de México, a veintiocho (28) de mayo del año
dos mil doce (2012).-Doy fe.-Primer Secretario de Acuerdos, Lic.
Javier Olivares Castillo.-Rúbrica.
4989.-11, 21 noviembre y 2 diciembre.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR