Aviso por el que se modifican diversos numerales de los Lineamientos de Operación de la acción social, “Apoyo para Personas Residentes de la Ciudad de México que perdieron su empleo formal antes y durante la Emergencia derivada del SARS-COV2, (COVID-19) y que, dadas las Medidas para atender la Emergencia Sanitaria, no se encuentran en condiciones de realizar la búsqueda de empleo”

SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

DRA. HAYDEÉ SOLEDAD ARAGÓN MARTÍNEZ, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo, con fundamento en el artículo 10, apartado B, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; los artículos 11, fracción I; 16 fracción XVII, 18, 20 fracción IX y 41 fracción XXXV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos 1, 3, fracción I y 6 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; los artículos 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; artículo 7, fracción XVII, inciso C) y 222 fracción I del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; tengo a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS NUMERALES DE LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL "APOYO PARA PERSONAS RESIDENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO QUE PERDIERON SU EMPLEO FORMAL ANTES Y DURANTE LA EMERGENCIA DERIVADA DEL SARS-COV2 (COVID-19) Y QUE, DADAS LAS MEDIDAS PARA ATENDER LA EMERGENCIA SANITARIA, NO SE ENCUENTRAN EN CONDICIONES DE REALIZAR LA BÚSQUEDA DE EMPLEO"

ÚNICO.- Se modifican los numerales 3.1, 4.1, 4.2, 4.5, 5, 6, 7, 8, 10.1, 10.2, 10.3, 12, y 16 de los Lineamientos de Operación de la Acción Social "APOYO PARA PERSONAS RESIDENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO QUE PERDIERON SU EMPLEO FORMAL ANTES Y DURANTE LA EMERGENCIA DERIVADA DEL SARS-COV2 (COVID-19) Y QUE, DADAS LAS MEDIDAS PARA ATENDER LA EMERGENCIA SANITARIA, NO SE ENCUENTRAN EN CONDICIONES DE REALIZAR LA BÚSQUEDA DE EMPLEO", para quedar como sigue:

3.1. Coordinación con otras dependencias.

Una parte de la ejecución de la acción social se realiza de forma coordinada con otras dependencias, particularmente con la Secretaría de Desarrollo Económico (SEDECO) y con la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes (SEPI).

La coordinación con la SEDECO se lleva a cabo en dos sectores:

- Personas que laboraban en la industria dedicada a los servicios de preparación de alimentos y bebidas para su consumo inmediato.

- Personas locatarias y trabajadoras de los Mercados Públicos que cerraron, debido a que sus establecimientos se dedican a actividades no esenciales.

La coordinación con la SEPI se lleva a cabo en el siguiente sector:

- Personas artesanas integrantes de las comunidades indígenas residentes de la Ciudad de México cuya fuente de ingresos ha sido afectada por la actual emergencia sanitaria que prevalece en la Ciudad.

La actividad que les corresponde a SEDECO y SEPI, es la elaboración de un padrón y oficio de canalización y validación de las personas que, en los sectores antes señalados, han perdido su empleo o han visto afectados sus ingresos.

4.1. Antecedentes

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22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 de mayo de 2020

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Un sector vulnerable es el de las personas pertenecientes a comunidades indígenas. La muestra intercensal 2015 estima que, en la Ciudad de México del millón de indígenas, el 88.4% (888,050 personas), tienen 12 años y más. De ellos 531,640 declararon que la semana anterior al levantamiento al Censo se encontraban activos, sin embargo, 17,450 no contaba con un empleo. Analizando la población económicamente ocupada (514,190 personas) 65.6% era empleado(a) u obrero(a), 24.9% declaró trabajar por su cuenta propia, 3.9% fue ayudante y recibió un pago, 2.8% era patrón(a) o empleador(a), 0.9% trabajo sin pago y 0.7% era jornalero(a) o peón(a).

El bajo nivel de ingresos y la falta de acceso a la seguridad social, se traducen en vulnerabilidad social de un amplio porcentaje de población indígena, que por falta de recursos económicos no pueden solventar gastos para atender alguna situación de riesgo o emergente, como la actual emergencia de tipo sanitario causada por el Coronavirus COVID-19 que actualmente ha afectado a varios países incluido México y su capital. En un contexto como ese el Gobierno de la Ciudad, a través de la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes (SEPI), implemento la acción social "APOYO EMERGENTE A PERSONAS ARTESANAS PERTENECIENTES A COMUNIDADES INDÍGENAS RESIDENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ANTE LA CONTINGENCIA DEL COVID-19", mediante el cual se otorgó un apoyo económico por un monto de $1.500.00, en una sola exhibición a dichas personas artesanas.

En virtud de que la emergencia sanitaria se mantiene y, por tanto, se prolongan las medidas para mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2, especialmente el resguardo domiciliario, se estima necesario dar continuidad al apoyo económico otorgado a las personas artesanas pertenecientes a comunidades indígenas residentes de la ciudad. Dicho apoyo se otorgará ahora desde la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, como entidad preocupada por sectores que generan actividad económica mediante esquemas de autoempleo como es el caso de la elaboración de artesanías.

4.2. Problema o necesidad social que atiende la acción

El problema social que se busca atender es la pérdida de ingreso laboral atribuible al desempleo involuntario que se ha suscitado a partir de las medidas de suspensión temporal de actividades económicas no esenciales, durante la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia de la enfermedad COVID-19, así como la falta de ingreso laboral de aquellos que perdieron previamente su empleo y que, dadas las medidas para atender la emergencia sanitaria, no se encuentran en condiciones de buscar y obtener un empleo formal.

Por otra parte, con esta acción social, se pretende mitigar las afectaciones económicas que el cierre de Mercados Públicos cuyos establecimientos se dedican a actividades no esenciales, ha provocado en los locatarios y trabajadores.

De la misma forma, se busca proteger el ingreso de las personas artesanas pertenecientes a comunidades indígenas residentes de la Ciudad de México, con el objeto de que, una vez que concluyan las medidas para la atención de la emergencia sanitaria, especialmente el resguardo domiciliario, el sector este en condiciones...

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