Aviso mediante el cual se da a conocer el Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales sobre el Proceso de Selección de los Consejeros Electorales Distritales del Instituto Electoral

INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES SOBRE EL PROCESO DE SELECCIÓN DE LOS CONSEJEROS ELECTORALES DISTRITALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL.

LIC. RUBÉN GERALDO VENEGAS, SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, apartado A y 16, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 86, fracción I del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México; así mismo de aplicación supletoria los artículos 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y numerales 6 y 7 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y atendiendo a los principios de licitud, consentimiento, calidad de los datos, confidencialidad, seguridad, disponibilidad y temporalidad de los datos personales en poder del Instituto Electoral de la Ciudad de México, para dar cumplimiento a las obligaciones a las que está sujeto en materia de datos personales, se determina la modificación de un sistema de datos personales con base a los siguientes:

CONSIDERANDO:

I. El Instituto Electoral de la Ciudad de México es un Órgano Autónomo de la Administración Pública de la Ciudad de México, y por ende un Sujeto Obligado al cumplimiento de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (Ley General de Datos), la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y de aplicación supletoria la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, de conformidad con el artículo 50 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 36, párrafo primero del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México y supletoriamente el artículo 1 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.

II. Que de conformidad con los artículos 6 y 7, fracción I, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y numeral 6, párrafo primero de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, ambos supletoriamente aplicados, corresponde a cada Sujeto Obligado determinar, mediante Acuerdo emitido por el titular o, en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia y publicarlo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

III. Que conforme lo establece el artículo 7, fracción I, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito...

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