Aviso por el cual se da a conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia

DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA

LIC. ALEJANDRO RAFAEL PIÑA MEDINA, Titular del Órgano Político-Administrativo en la Demarcación Territorial en Venustiano Carranza, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87, 104 y 117 fracción I, II y XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º, 3º,7º, 10 fracción XV, 37, 38 y 39 fracciones XLV, LV y LXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 120, 121, 122 y 190 fracción XVIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y 61 fracción XIII y XIV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, tiene a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL

DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA

1. ÍNDICE

2. PRESENTACIÓN

3. ANTECEDENTES

4. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO

5. OBJETIVO DEL MANUAL

6. INTEGRACIÓN

7. SUPLENCIA

8. FACULTADES DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICAY DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA

9. ATRIBUCIONES DE LOS INTEGRANTES

9.1 PRESIDENTE

9.2 SECRETARIO EJECUTIVO

9.3 SECRETARIO TÉCNICO

9.4 DE LOS VOCALES PERMANENTES

9.5 DE LOS VOCALES

9.6 DEL INVITADO PERMANENTE

10. POLÍTICAS DE OPERACIÓN

11. DESARROLLO DE LAS SESIONES

12. PRESENTACIÓN DE LOS CASOS

13. FORMATOS

14. PROCEDIMIENTO

2. PRESENTACIÓN

El presente Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la Delegación Venustiano Carranza, se ha elaborado a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 28 de marzo de 2008, precepto que establece la obligatoriedad de que cada Ente Público deberá contará con un Comité de Transparencia, integrado por los servidores públicos que el titular determine,

así como lo señalado en su Reglamento publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 15 de septiembre de 2008, sin omitir señalar que su elaboración se realizó bajo los criterios establecidos en la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal.

Este Manual describe el marco jurídico que le da sustento, su objetivo, su integración, atribuciones y funciones, los componentes operativos que le dan existencia, así como las características y especificaciones de las sesiones.

La integración del presente manual, consta de DIEZ apartados:

En el primer apartado se describen los motivos, propósitos y la importancia del manual, el por qué y para qué del mismo, su ámbito de aplicación, así como los destinatarios o usuarios del mismo.

El segundo apartado, referente a los Antecedentes, se describe la evolución de los mecanismos y las modificaciones a las disposiciones Jurídico- Administrativas que han dado origen y/o modificado aspectos de la organización del Comité de Transparencia.

Dentro del tercer apartado, relativo al Marco 2013 Jurídico 2013Administrativo. Se relacionan los ordenamientos jurídico- administrativos vigentes que fundamentan el quehacer en materia de acceso a la información generada por la Delegación en el marco de sus atribuciones.

En el cuarto apartado referente al Objetivo del Manual, se menciona el Objetivo que se pretende alcanzar a través de la aplicación de la Ley de Transparencia y acceso a la información, así como a los lineamientos establecidos a través de su reglamento de dicha Ley.

A través del quinto apartado, referente a la descripción de la integración, operación y funcionamiento del Comité de Transparencia.

Dentro del sexto apartado, se mencionan las atribuciones de la Oficina de Información Pública, mismas que se transcriben textualmente las conferidas a esta Oficina en el artículo 58 de la LTAIPDF y las conferidas al Comité de Transparencia descritas en el artículo 61 de la propia Ley.

Mediante el séptimo apartado, referente al Marco Funcional de los miembros del Comité de Transparencia se describen las funciones correspondientes a cada uno de los servidores públicos integrantes de éste Comité.

Octavo apartado. Políticas de Operación. Se hace referencia a las políticas de operación a las cuales deberá subscribirse el funcionamiento del Comité de Transparencia.

Noveno apartado. Formatos. Los formatos para la Lista de Asistencia, Actas de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias, Seguimiento de Casos y Seguimiento de Acuerdos del Comité de Transparencia, se detallan en este apartado.

Corresponde al apartado Décimo La descripción de los procedimientos que se desarrollan para el cumplimiento de las funciones y atribuciones conferidas a este comité.

La importancia del manual es la de contar con el instrumento normativo, accesible, eficaz, que describa de manera clara y precisa las bases y criterios que regulan su integración, funcionamiento y operación del Comité de Transparencia de la Delegación.

Y cuya finalidad, es la de contar con la existencia en la delegación, de un Órgano Colegiado, integrado por funcionarios responsables de las Unidades Administrativas que integran su estructura, que permitan el cumplimiento en lo relativo al derecho de toda persona al acceso a la información pública generada, administrada o en posesión de la estructura orgánica de la Delegación Venustiano Carranza.

El ámbito de aplicación del presente Manual, es exclusivamente para el Comité de Transparencia y puede ser consultado por la ciudadanía y servidores públicos en general y estarán sujetos al mismo los miembros de dicho Órgano Colegiado.

3. ANTECEDENTES

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el Distrito Federal, además de su trascendencia como instrumento regulador de un bien de orden público fundamental para la Democracia, como lo es la información pública, es un ordenamiento jurídico que dota a todas las personas de un valioso instrumento que aporta a la construcción de una cultura democrática de transparencia en el ejercicio del poder público. (1)

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el Distrito Federal, fue publicada el 8 de mayo de 2003, misma que entró en vigor el 1° de enero del 2004.

Instrumento jurídico ha tenido diversas reformas: (2)

Junio de 2003 2003.

El ejecutivo local interpone una controversia constitucional contra la Asamblea Legislativa del Distrito Federal por la designación de los consejeros ciudadanos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordena la instalación inmediata del Consejo.

16 de Diciembre 2003.

La ley fue objeto de nuevas modificaciones, aún sin que el Consejo se hubiere instalado, mismas que fueron aprobadas por la III Legislatura de la Asamblea.

18 de Diciembre de 2003.

Se publica en la GODF el acuerdo en el que se establecen los lineamientos para la instalación y funcionamiento de las oficinas de información pública al interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

31 de Diciembre de 2003.

Se publican las modificaciones a la legislación aprobadas por la III Legislatura el 16 de diciembre de 2003. 2 de Marzo de 2004.

Rinden protesta los consejeros ciudadanos del Consejo de Información Pública del Distrito Federal.

7 de Julio de 2005.

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal discute y aprueba las nuevas reformas a la LTAIPDF.

27 de Septiembre de 2005.

Se deroga el artículo 44 Bis de la nueva Ley reformada el 7 de Julio de 2005.

28 de Octubre de 2005.

En la GODF, se publica el decreto por el que se reforman, derogan y adicionas diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, y entra en vigor al siguiente día de su publicación. Esta reforma ha sido la más significativa, pues introdujo modificaciones y adiciones sustantivas, que colocaron a esta Ley entre los mejores instrumentos jurídicos en la materia en México.

26 de Diciembre de 2005.

En la GODF, se publica la reforma al artículo segundo transitorio de la LTAIPDF, en donde se establece la fecha del 31 de enero de 2006 para la designación de los cinco Comisionados Ciudadanos, y la de uno de ellos como Presidente del Instituto de Acceso a la Información Pública del D.F.

31 de Enero de 2006.

Se publica nuevamente en la GODF, la reforma del artículo Segundo Transitorio de la LTAIPDF, y se establece la fecha límite del 31 de marzo del 2006 para la designación de los Comisionados Ciudadanos, y el Presidente del Instituto.

30 de Marzo de 2006.

Queda constituido el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal con cinco Comisionados Ciudadanos y desaparece el anterior Consejo de Información Pública del D.F.

29 de Mayo de 2006.

En la GODF, se publican diversas reformas y adiciones a la LTAIPDF, publicada el 28 de octubre de 2005.

Posteriormente y con la finalidad de contemplar los principios y bases establecidos en el segundo párrafo del Artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se publica en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 28 de marzo de 2008, la Nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, misma que entro en vigor el 28 de mayo de 2008 y

que tiene por objeto transparentar el ejercicio de la función pública, garantizar el efectivo acceso de toda persona a la información pública en posesión de los órganos locales: Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Autónomos por ley, así como de cualquier entidad, organismo u organización que reciba recursos públicos del Distrito Federal.

Esta Ley, además de establecer en sus artículos 13, 14 y 18, que al inicio de cada año, los Entes Públicos del Distrito Federal deberán publicar y mantener actualizada, de forma impresa o en los respectivos sitios de Internet, la información respecto de los temas, documentos y políticas relacionados con sus funciones, enuncia en su articulo 59 que cada ente público contará con un Comité de Transparencia integrado por servidores públicos que el titular determine y que el titular del Órgano de Control Interno...

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