AVISO DE LEY SECA PARA EL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE GRACIA

Fecha de publicación11 Septiembre 2020
Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 7Septiembre 11 de 2020
ARTICULO TERCERO. La medida entrará en vigor desde las 04:00 horas del domingo 13 y hasta
las 23:59 horas del domingo 20 de septiembre el 2020
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial del Estado de Aguascalientes.
SEGUNDO. Lo dispuesto en el presente Acuerdo, estará supeditado a las determinaciones que la
autoridad sanitaria establezca para mitigar y controlar los riesgos para la salud que implica la enfermedad
generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
TERCERO. La Secretaria del H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno, y la Dirección de
Seguridad Pública Municipal mantendrán coordinación con la Guardia Sanitaria del ISSEA para asegurar
que la medida se cumpla en este municipio.
Dado en el Municipio de San Francisco de los Romo, Aguascalientes, a los once días del mes de
septiembre del año dos mil veinte.
A T E N T A M E N T E
TEC. JUAN JOSÉ LOSOYA PONCE
PRESIDENTE MUNICIPAL
SAN FRANCISCO DE LOS ROMO, AGUASCALIENTES
H. AYUNTAMIENTO DE SAN JOSÉ DE GRACIA
MARÍA CRISTINA LÓPEZ GONZÁLEZ, Presidenta Municipal de San José de Gracia, en cumplimiento a lo
dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en ejercicio de
las facultades contenidas en los artículos 16, 36 fracción V y 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el
Estado de Aguascalientes y artículo 29 fracción V, artículo 35 fracciones I y II del Código Municipal de San
José de Gracia, a los habitantes del Municipio de San José de Gracia hace saber que el H. Ayuntamiento ha
tenido a bien aprobar el Punto de Acuerdo que aprueba la Ley Seca en el Municipio de San José de Gracia,
Aguascalientes del 13 al 20 de septiembre del año 2020, para quedar en los siguientes términos:
PUNTO DE ACUERDO QUE APRUEBA LA LEY SECA EN EL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE GRACIA,
AGUASCALIENTES
DEL 13 AL 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020
Con fundamento en lo establecido en el artículo 115 fracción II párrafos primero y segundo de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 66, 68, 69, 70 de la Constitución Política del Estado de
Aguascalientes, artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 15, 16, 17, 36 fracciones I, y XXXIX y demás relativos de la Ley
Municipal para el Estado de Aguascalientes; y los artículos 1, 13, 14, 15, 17, 18, 23, 97, 98,105,106,107,108
y de más relativos y aplicables del Código Municipal de San José de Gracias de Aguascalientes, por este
conducto se somete a la recta consideración de este Honorable Cabildo, la propuesta de la aplicación DE
LEY SECA, bajo lo siguiente antecedentes:
A pesar de los esfuerzos conjuntos que se han realizado como autoridades sanitarias en el Estado, los
contagios del virus SARS-CoV-2 no han mostrado un descenso considerable y tenemos gran preocupación
por el desarrollo de las fiestas patrias que se avecinan ya que de acuerdo a la experiencia que hemos tenido
en años pasados, es claro que las mismas dan lugar y motivo para generar reuniones entre personas que no
pertenecen al mismo núcleo familiar en las que el común denominador es el consumo de bebidas alcohólicas.
En este sentido es bien sabido que el consumo de bebidas alcohólicas en muchas ocasiones produce en el
cuerpo humano efectos tales como la afectación en la capacidad de razonamiento y juicio, locuacidad, euforia,
emotividad, desinhibición, impulsividad o la reducción de la capacidad motriz. Dichos efectos por si mismos
constituyen un obstáculo para respetar las medidas de seguridad impuestas por la autoridad sanitaria, para
la reducción del contagio del Virus SARS-CoV-2 (COVID-19).

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