Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social 'Mi Primer Trabajo' para el Ejercicio Fiscal 2017

SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo, con fundamento en los Artículos 87, 89 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; de los artículos 1, 2, 15, 16 fracción IV y 23 Ter fracciones II, III, VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 27, 33, 34 fracción I de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 102 y 102 Bis de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; 7 fracción XVII, numeral 2 y 119 Quintus del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 47, 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; y, Artículo 5° del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 29 de diciembre de 2016, y

CONSIDERANDO

Que el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 (PGDDF 2013-18), establece como uno de los objetivos del Eje 1 Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano el de ampliar el acceso de la población del Distrito Federal a trabajos dignos, con protección social, pleno respeto a los derechos laborales y sin discriminación por su origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, embarazo, orientación o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o situación de calle, entre otras.

Que avanzar en el pleno ejercicio del derecho al trabajo de la población juvenil de la Ciudad de México, impulsando sus capacidades y fortalezas hacia el logro del desarrollo social, es uno de los propósitos centrales del Gobierno del Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, tarea que implica la concertación con los actores sociales determinantes para establecer condiciones propicias en la generación de empleos que permitan incidir positivamente en la tasa de desocupación, indicador que se ha incrementado en los años recientes por las dificultades para acceder a la formación, capacitación y al mercado de trabajo que constituyen, sobre todo para las y los jóvenes, un grave obstáculo en su realización personal y profesional.

Que el derecho al trabajo es un tema prioritario para el Gobierno de la Ciudad de México, por lo cual se planteó la puesta en marcha del programa "Mí Primer Trabajo" como una política pública, dirigida a apoyar a las y los jóvenes de 16 a 29 años de edad, en plenitud laboral, con acciones nuevas y concretas para hacer menos difícil transitar hacia la consecución de un empleo estable, formal y remunerado, con las prestaciones sociales establecidas por ley.

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal establece que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, en adelante la STyFE, tiene entre sus atribuciones la de fomentar el servicio de empleo, capacitación y adiestramiento, así como formular, coordinar y ejecutar políticas y programas en materia laboral en el Distrito Federal (hoy Ciudad de México), tendientes a la protección y mejoramiento de las condiciones laborales de los trabajadores.

Que para el despacho de los asuntos de su competencia, se les adscribe la Dirección General de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo, en adelante la DGECyFC, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 fracción XVII, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

Que conforme a lo que establece el Reglamento en cita, en su artículo 119 Quintus corresponde a la Dirección General de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo, entre otras funciones, las de planear, diseñar, coordinar, fomentar y evaluar programas de empleo, de capacitación y adiestramiento además de fomentar actividades de promoción y concertación que apoyen acciones relativas al empleo y la capacitación.

Que el artículo 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, establece para las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, la obligación de someter a aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo, previsto en la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, la creación y operación de programas de desarrollo social que otorguen subsidios, apoyos y ayudas a la población del Distrito Federal [hoy Ciudad de México], así como la obligatoriedad de elaborar las Reglas de Operación correspondientes de conformidad con los lineamientos que emita el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal, mismas que deberán apegarse a lo dispuesto en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y que deberán publicarse en el órgano de difusión local, por lo que, con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas se emiten el siguiente:

282 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Enero de 2017

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL "MI PRIMER TRABAJO" PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017

INTRODUCCIÓN

  1. Antecedentes

    El día 27 de agosto de 2014, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, suscribió con representantes de diversos corporativos empresariales un Acuerdo de Voluntades para impulsar en la Ciudad de México el Programa "Mi Primer Trabajo" como una política pública orientada a facilitar la incorporación de la población juvenil al sector productivo, con énfasis en quienes aún no han generado experiencia laboral, con la finalidad de abatir de esta manera los niveles de desempleo y subocupación en este sector de población. Directivos empresariales de Grupo Cinépolis, Grupo ALSEA, Grupo Chedraui, Grupo Cinemex, Grupo Comex, Grupo Cosmic, Gepp Grupo Santander, Grupo BBB y CMR; asumieron mediante su firma el compromiso de facilitar la inserción al trabajo para un mínimo de 10 mil jóvenes al cierre de la administración del Dr. Mancera, mediante la oferta de vacantes de trabajo, la evaluación y selección de candidatos de acuerdo con las políticas y procedimientos existentes en dichas empresas, a través de las Secretarías de Desarrollo Social (SEDESO), la STyFE y el Instituto de la Juventud de la Ciudad de México, en adelante el INJUVE.

    Como avance de ello, en 2014 se diseñó y puso en operación una plataforma electrónica para el registro y evaluación de la población juvenil interesada en participar en el programa y la suscripción de los primeros convenios de coordinación de las empresas con la STyFE para la realización de prácticas laborales. Con esta base, en 2015 iniciaron los procesos de práctica laboral de las personas jóvenes en las empresas, actividad que fue estimulada por la STyFE mediante la entrega de una beca para su manutención por un periodo de un mes y un monto de $3,000.00 (Tres Mil Pesos, 00/100 M. N.) o $3,500 (Tres Mil Quinientos Pesos, 00/100 M. N.), según su escolaridad y los perfiles de los puestos en los que intervinieron. Al cierre de dicho año, 4,507 jóvenes recibieron tales beneficios, a través del Programa de Fomento al Trabajo Digno en la Ciudad de México, Subprograma Capacitación para el Trabajo (SCAPAT) en sus modalidades Mixta y Capacitación en la Práctica Laboral.

    Con este avance, en el ejercicio fiscal 2016, el Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal (hoy Ciudad de México) aprobó las Reglas de Operación del Programa Mi Primer Trabajo, las cuales se publicaron el 29 de enero de dicho año, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (hoy Ciudad de México). El programa opera con tres Subprogramas que dan respuesta a necesidades de inserción laboral de la población juvenil con tres perspectivas distintas, la primera estimula la contratación inmediata de las juventudes y su permanencia durante un periodo de tres meses; la segunda promueve la práctica laboral como paso previo a la contratación y la tercera se orienta a facilitar la inserción laboral de las personas jóvenes que han concluido su formación profesional y enfrentan dificultades para acercarse al mundo del trabajo.

    Con este esquema, se tiene previsto dar continuidad en 2017 a esta política pública de intervención en la problemática de la desocupación de la población juvenil de 16 a 29 años de edad.

    b) ALINEACIÓN PROGRAMÁTICA

    Programa Social "Mi Primer Trabajo"

    Entidad Responsable: Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE)

    b1. Alineación con el Programa General de Desarrollo (PGDDF) 2013-2018

    ÁREA DE OPORTUNIDAD 7. Empleo con Equidad

    Insuficientes oportunidades de ocupación y empleo en condiciones de equidad, así como discriminación en el ámbito laboral, que se acentúan por el origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, embarazo, orientación, identidad o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o situación de calle, entre otras características.

    OBJETIVO 1

    Ampliar el acceso de la población del Distrito Federal a trabajos dignos, con protección social, pleno respeto a los derechos laborales y sin discriminación por su origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, embarazo, orientación o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o situación de calle, entre otras.

    META 2. Promover y fortalecer acciones institucionales que den mayor transparencia al mercado laboral.

    LÍNEA DE ACCIÓN: Mejorar la calidad y coordinación interinstitucional de los mecanismos de vinculación laboral (oficinas de servicio de empleo, bolsas de trabajo, ferias de empleo y mecanismos de intermediación sustentados en TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación), a fin de dar respuesta oportuna a las personas con mayor dificultad para acceder a un trabajo digno.

    META 3. Reforzar los programas y acciones institucionales para mejorar la empleabilidad de las personas en condiciones vulnerables.

    LÍNEAS DE ACCIÓN: Ampliar...

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