Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de la Acción Social “Mi Unidad por los Niños y la Salud” Ejercicio Fiscal 2016

46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de Agosto de 2016

DELEGACIÓN COYOACÁN

MIREYA CRUZ LEVARIO, DIRECTORA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN COYOACÁN, con fundamento en los artículos 87 tercer párrafo y 117 primer párrafo del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; artículo 2 tercer párrafo, 7 primer párrafo, 10 fracción IV, 37, 39 fracción LVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 9 y 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1, 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 1, 3 fracción V y VI, 4, 6 y 8 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal;122 Bis fracción IV inciso F), 123 fracción IV y 145 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,así como lo establecido en el Marco Conceptual para la definición de criterios en la creación y modificación de programas y acciones sociales emitido por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 69 de fecha 14 de Abril del 2015.Contando con capacidad legal para subscribir el presente documento de conformidad con el Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 244 de fecha 22 de Diciembre de 2015, mediante el que se delega en el Titular de la Dirección General de Participación Ciudadana la facultad para suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, emito el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACCION SOCIAL "MI UNIDAD POR LOS NIÑOS Y LA SALUD EJERCICIO FISCAL 2016

CONSIDERANDO

Que conforme al artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas las autoridades en el ámbito de su competencia, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad;

Que el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Que conforme a la disposición constitucional antes invocada, los órganos de gobierno deberán velar en todo momento por el cumplimiento del interés superior del menor, garantizando de manera plena el ejercicio de sus derechos, debiendo ser este principio el que guíe el diseño, la ejecución, el seguimiento y la evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

Que el derecho al...

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