Aviso por el cual se dan a conocer las modificaciones a las Reglas de Operación del Programa “Inclusión Laboral para Personas en Condición de Integración Social” (Poblaciones Callejeras), para el Ejercicio 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, Tomo I, del 31 de enero de 2017

40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de Agosto de 2017

SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 12 fracciones I, II, IV, VI y XII, 87 y 115 del Estatuto del Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 15 fracción XVIII, 16 fracción IV, 17 y 23 TER de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 32 y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 97, 102 y 102 Bis de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la. Ciudad de México; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 4 del Reglamento para someter a la Aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo Social para el Distrito Federal, la creación y operación de Programas de Desarrollo Social que otorguen Subsidios, Apoyos y Ayudas a la Población del Distrito Federal; el Marco conceptual para la definición de criterios en la Creación y Modificación de Programas y Acciones Sociales, y los "Lineamientos para la elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2017" y

CONSIDERANDO

Que corresponde a la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, programar, dirigir y ejecutar el Programa Social "Inclusión Laboral para Personas en Condición de Integración Social" (Poblaciones Callejeras) en la Ciudad de México, el cual tienen como objetivo general promover la inclusión laboral de las personas integrantes de poblaciones callejeras, que se encuentran en la fase de integración social y que enfrentan problemas para obtener un empleo, apoyo económico y capacitación, por medio de procesos de capacitación para el trabajo, vinculación laboral, servicio laboral, proyectos productivos y sociedades cooperativa, sin distinción por edad, género, pertenencia étnica que favorezca el reconocimiento, respeto, protección, promoción, goce y ejercicio de los derechos humanos laborales, bajo los principios de igualdad y no discriminación.

Que las personas integrantes de poblaciones callejeras en situación discriminación y exclusión social requieren procesos integrales de capacitación en formación laboral y autoempleo, tomando en cuenta sus intereses, habilidades, aptitudes y características específicas que les facilite su proceso de integración social, en periodos más ampliados.

Que para el cumplimiento de las metas establecidas en el Programa "Inclusión Laboral para Personas en Condición de Integración Social" (Poblaciones Callejeras) para el Ejercicio Fiscal 2017, resulta necesario realizar modificaciones a sus Reglas de Operación, atendiendo criterios de calidad y tiempo.

Que conforme a lo dispuesto por el Artículo 4 del Reglamento para someter a la aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, la creación y operación de Programas de Desarrollo Social que otorguen subsidios, apoyos y ayudas a la Población del Distrito Federal, cualquier modificación en el enlace o modalidades de los programas, cambios en la población objetivo, o cualquier otra acción que implique variaciones en los criterios de selección de beneficiarios, montos o porcentajes de subsidios, apoyos...

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