Aviso por el que se da a conocer las modificaciones al Programa Institucional de Vivienda 2013-2018

INSTITUTO DE VIVIENDA

ING. RAYMUNDO COLLINS FLORES, Director General del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; en los artículos 10, fracción II; 20, 32, 35, 40, 47 y 48 de la Ley de Planeación de Desarrollo del Distrito Federal; Ordinales Tercero y Cuarto del Acuerdo por el que se aprueba el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal; en los artículos 24 y 25 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente, y

C O N S I D E R A N D O

Que en el Diario Oficial de la Federación de fecha 29 de enero de 2016 fue publicado el DECRETO por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México, en cuyo Artículo Segundo Transitorio refiere "Las normas de esta Constitución y los ordenamientos legales aplicables al Distrito Federal que se encuentren vigentes a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán aplicándose hasta que inicie la vigencia de aquellos que lo sustituyan".

Que el Jefe de Gobierno ejercerá la facultad de conducir y coordinar la planeación del desarrollo del Distrito Federal a través del Comité de Planeación.

Que mediante Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), el 11 de septiembre de 2013, se aprobó el Programa General de Desarrollo 2013-2018, mismo que establece los objetivos, metas y líneas de acción que servirán de base para la definición e implementación de las políticas públicas de la Ciudad de México hasta el año 2018.

Que los programas institucionales son los documentos que desagregan a mediano y corto plazo los objetivos y metas de los programas sectoriales, mismos que regirán sus actividades en el ámbito de sus competencias y atribuciones; conteniendo las políticas públicas necesarias para lograr lo dispuesto en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 y en los programas sectoriales.

Que los programas institucionales deberán ser presentados ante el Comité de Planeación del Desarrollo, por los titulares de las dependencias o de los órganos de gobierno de la entidad de que se trate para su validación.

Que mediante Acuerdo COPLADE/SE/IV/04/2016, el Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal aprobó las Modificaciones al Programa Institucional del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, acorde a lo establecido en la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, por ello, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LAS MODIFICACIONES AL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE VIVIENDA 2013-2018

INTRODUCCIÓN

La política habitacional del gobierno del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), instrumentada a través de los programas sociales de vivienda del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, se orienta a contribuir en forma progresiva a la realización del derecho humano a la vivienda, reconocido en el artículo cuarto constitucional, garantía individual que se precisa en la Ley de Vivienda del Distrito Federal; de acuerdo a esta Ley, las dependencias y organismos de Gobierno del Distrito Federal, en su caso, participarán en la ejecución de la política de vivienda y el desarrollo habitacional, la cual se desarrollará conforme a lo estipulado en la fracción 1, del artículo 14 en "Congruencia con los programas de desarrollo económico, social y urbano del Gobierno del Distrito Federal".La realización del Programa Institucional del Instituto de Vivienda, se presenta de conformidad a lo establecido por el artículo 10 fracción II, de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, en donde se señala que una de las atribuciones de los titulares de los Órganos Desconcentrados es la de "Elaborar, controlar y evaluar su respectivo programa institucional atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente". En apego a lo dispuesto por la misma Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, se tiene como marco de referencia la realización de un análisis de la situación actual de las condiciones de vida de la población más vulnerable en el Distrito Federal (ahora Ciudad de México), en particular de sus necesidades de vivienda, centrando su

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atención en que su actuar sea congruente con los enfoques de equidad, competitividad, sustentabilidad y desarrollo, y procurando que la construcción de vivienda social obedezca a las necesidades del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos, y contribuya a la generación de empleo, desarrollo productivo y económico, a través de modelos de participación y corresponsabilidad de los sectores público, social y privado en los programas de vivienda, inversión inmobiliaria, sistemas de ahorro, financiamiento y orientación habitacional.

El Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, ha establecido las directrices generales en materia de desarrollo social, desarrollo económico, desarrollo sustentable, protección civil y del ordenamiento territorial, del respeto de los derechos humanos y la perspectiva de género de la entidad, así como las políticas de desarrollo metropolitano; mismas que se enmarcan en cada uno de los 5 ejes de actuación para la implementación de las políticas públicas, cada uno con objetivos, metas y líneas de acción estratégicas.

El Programa Sectorial "Desarrollo Urbano y Espacio Público", responde a la problemática planteada en el Eje 4 del Programa General de Desarrollo 2013-2018, con acciones de gobierno que se implementarán en las áreas de oportunidad encontradas, el tema de la vivienda es una de ellas, y la propuesta de este Programa Institucional es la contribución de este Instituto de Vivienda al planteamiento de hacer de esta ciudad, más equitativa, compacta, ordenada territorialmente y respetuosa del medio ambiente.

MARCO NORMATIVO

Los Programas Institucionales son los documentos programáticos, que acordes con las políticas del Gobierno de la Ciudad, se constituyen como Instrumentos de planeación, coordinación, monitoreo y evaluación, y que en el ámbito de las atribuciones de cada entidad de la Administración Pública, desagregan los contenidos de los Programas Sectoriales en objetivos y metas de mediano y corto plazo. Conforman el conjunto de políticas públicas necesarias para lograr lo dispuesto en los Programas Sectoriales y en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal2013-2018.

Los principales instrumentos normativos y acuerdos aplicables en la elaboración de este Programa Institucional, tienen su fundamento legal en los siguientes ordenamientos:

A. Estatuto de Gobierno.

El Estatuto de Gobierno del Distrito Federal establece los principios estratégicos de la organización política y administrativa del Distrito Federal, que atenderán la planeación y ordenamiento del desarrollo territorial, económico y social de la Ciudad. Artículo 12º, fracción V.

B. Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal.

Establece que la planeación se llevará a cabo como un medio eficaz y permanente para impulsar el desarrollo integral del Distrito Federal y atenderá a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

En este sentido, corresponden a las dependencias, órganos desconcentrados y entidades públicas del Distrito Federal, las atribuciones de planeación, organización, normatividad, control, evaluación y operación, referidas a la planeación del desarrollo del Distrito Federal, Artículos 9, 10 fracción II; 33, 35y 37.

C. Acuerdo por el que se emite el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018.

El Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, establece los objetivos, metas y líneas de acción que servirán de base para la definición e implementación de las políticas públicas de la Ciudad de México hasta el año 2018. A partir de este Programa, se elaborarán los programas sectoriales, institucionales, y especiales, y se desarrollará la programación, elaboración del presupuesto, y evaluación de los mismos.

En términos del ordinal tercero del acuerdo por el que se aprueba el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, las dependencias, órganos desconcentrados y entidades llevarán a cabo las acciones necesarias, en los términos de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, a efecto de someter oportunamente a consideración y aprobación del Jefe de Gobierno los programas sectoriales, institucionales y especiales, y estar en posibilidad de publicarlos en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los plazos establecidos en el acuerdo señalado.

D. Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente, indica que la programación y elaboración del presupuesto anual del gasto público, incluidos los anteproyectos de presupuesto y los programas operativos anuales, se realizarán con base en las políticas del PGDDF, y de los programas sectoriales, institucionales y especiales, vigilando que haya congruencia en todo momento de estos con aquellos. Artículos 4, 23, 24, 25 y 47.

E. Acuerdo por el que se aprueban los Lineamientos para la Elaboración, Aprobación, y Seguimiento a los Programas Derivados del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018.

Los Lineamientos para la Elaboración, Aprobación y Seguimiento a los Programas Derivados del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 tiene como objeto establecer el procedimiento general que deberán observar las dependencias, incluyendo sus órganos desconcentrados, y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal en la elaboración de los...

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