Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria a la Acción Institucional de Construcción Total o Parcial de viviendas afectadas por el sismo del pasado 19 de septiembre de 2017 y que colapsaron o fueron demolidas parcial o totalmente, derivadas del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) 2017

52 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Noviembre de 2017

TRANSITORIOS

Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México

Segundo.- La presente publicación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ciudad de México, a 15 de noviembre de 2017

Atentamente

ING. ABEL GONZÁLEZ REYES

(Firma)

DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO EN LA DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

DELEGACION ÁLVARO OBREGÓN

Ing. Abel González Reyes, Director General de Obras y Desarrollo Urbano en la Delegación Álvaro Obregón, con fundamento en los artículos 87 tercer párrafo, 104, 105, 112 segundo párrafo y 117 fracción VII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1 y 2 párrafos primero y tercero, 3 fracción III, 10 fracción I, 11 párrafo primero y segundo, 36, 37, 38, 39 fracciones XLV, LVI y demás relativos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 33 inciso A fracción I, inciso B fracción II, 48 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal; 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 32, 33 y 34 35 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 122 fracción II, 124 fracciones VI y XXI de la Ley de Transparencia Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de México; 1, 3 fracción III, 120, 121, 122 fracción III, 122 bis fracción I inciso D), 123 fracciones IV y XI, 126 fracciones IV y XVI y 131 fracciones III, V y X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; Acuerdo por el que se delega en el Director General de Obras y Desarrollo Urbano, las siguientes facultades publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de octubre de 2015; los Lineamientos para elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el ejercicio 2017, publicadas por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 31 de octubre de 2016; los Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se emiten los Lineamientos generales para la operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, publicado el 14 de febrero de 2014 y sus modificatorios el 13 de mayo de 2014, 12 de marzo de 2015, 31 de marzo de 2016 y 1 de septiembre de 2017 publicados por la Secretaría de Desarrollo Social en el Diario Oficial de la Federación, 8 fracción I del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2017; Acuerdo por el que se dan a conocer la fórmula, variables, fuentes de información, metodología y distribución que corresponde a las Demarcaciones Territoriales del Gobierno de la Ciudad de México respecto del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, para el Ejercicio 2017 publicado por la Secretaría de Finanzas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 30 de enero de 2017; Aviso por medio del cual se da a conocer la Actualización al Marco Conceptual para la Definición de Criterios en la Creación y Modificación de Programas y Acciones Sociales, publicado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 11 de mayo de 2017; y

CONSIDERANDO

Que conforme a la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y su Reglamento, las Dependencias que tengan a su cargo programas destinados al Desarrollo Social deben establecer anualmente los lineamientos y mecanismos de operación en los que se incluirán, al menos: "La dependencia o entidad responsable del programa; los objetivos y alcances; sus metas físicas; su programación presupuestal; los requisitos y procedimientos de acceso; los procedimientos de instrumentación; el procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; los mecanismos de exigibilidad; los mecanismos de evaluación y los indicadores; las formas de participación social y la articulación con otros programas sociales".

Con el objeto de dar cumplimiento al contenido de las disposiciones normativas antes indicadas, respecto de las acciones de construcción total o parcial de viviendas que resultaron afectadas por el sismo del pasado 19 de septiembre de 2017, este Órgano Político Administrativo emite el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LA CONVOCATORIA A LA ACCIÓN INSTITUCIONAL DE CONSTRUCCIÓN TOTAL O PARCIAL DE VIVIENDAS AFECTADAS POR EL SISMO DEL PASADO 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017 Y QUE COLAPSARON O FUERON DEMOLIDAS PARCIAL O TOTALMENTE, DERIVADAS DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL (FAIS) 2017.

INTRODUCCIÓN

A) Antecedentes

El día 19 de septiembre de 2017 el Servicio Sismológico Nacional (SSN) reportó un sismo con magnitud 7.1 localizado en el límite estatal entre los estados Puebla y Morelos, a 12 km al sureste de Axochiapan, Morelos y a 120 km de la Ciudad de México. El sismo, ocurrido a las 13:14:40 horas, fue sentido fuertemente en el centro del país. Las coordenadas del epicentro son 18.40 latitud N y -98.72 longitud W y la profundidad es de 57 km.

A consecuencia del fenómeno sísmico antes mencionado, y con base en los informes rendidos por la Secretaría de Protección Civil a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, el diecinueve de septiembre del mismo año, emitió la "Declaratoria de Emergencia con motivo del fenómeno sísmico ocurrido el día diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete en la Ciudad de México", misma que fue publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el veinte de septiembre del presente año.

Con base en el informe remitido a la Jefatura de Gobierno por la Secretaría de Protección Civil, en el que señala que el fenómeno sísmico causó daños que rebasan la capacidad de recuperación de las delegaciones afectadas y han causado afectaciones a la estructura productiva, la infraestructura urbana, vial y de servicios, que alteran las condiciones ordinarias de vida y ponen en riesgo la estructura social, la paz pública y el orden social. El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México con fecha veintiuno de septiembre de dos mil diecisiete ordenó la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la "Declaratoria de Desastre con motivo del fenómeno sísmico ocurrido el diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete en la Ciudad de México", misma que fue emitida para efecto de que, en el ámbito de sus respectivas competencias, las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, lleven a cabo las acciones tendientes a cubrir las necesidades básicas para la protección de la vida, la salud y la integridad física de las personas.

En el artículo 1 de la Declaratoria de Desastre antes mencionada, se declara como Zona de Desastre las áreas de la Ciudad de México afectadas por el fenómeno sísmico ocurrido el diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete en la Ciudad de México.

B) Alineación Programática

Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018

La Acción Institucional de Construcción total o parcial de Viviendas afectadas por el sismo del pasado 19 de septiembre de 2017 y que colapsaron o fueron demolidas parcial o totalmente, se instituyeron en concordancia con lo establecido en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, en lo siguiente:

Aborda el Eje 4 Habitabilidad y Servicios, Espacio Público e Infraestructura, a través del ofrecimiento de Acciones que apoyen a satisfacer la demanda de vivienda de calidad y acceso al goce de los derechos sociales de la Delegación Álvaro Obregón.

Con el Área de Oportunidad 6 Vivienda, coadyuvando con un instrumento que mejora las viviendas, que consideren las características y los cambios que han experimentado los hogares en la entidad.

Incidiendo en el Objetivo 1 Atender las necesidades de vivienda de la población de bajos ingresos de la capital, brindando oportunidades económicas y sociales para su adquisición y haciendo énfasis en los atributos del derecho a una vivienda adecuada y digna en la Meta 2 Ampliar, bajo una perspectiva de género, la cobertura de los programas de mejoramiento de

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