Aviso por el que se da a conocer el Acuerdo mediante el cual se adicionan y modifican diversas disposiciones de su Reglamento Interior, relativas a la integración y funcionamiento del Comité Editorial

INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

HUGO ERIK ZERTUCHE GUERRERO, SECRETARIO TÉCNICO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 15, FRACCIÓN XVIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE ESTE INSTITUTO, Y EN CUMPLIMIENTO AL PUNTO TERCERODEL ACUERDO 1255/SE/11-05/2020, EMITE EL SIGUIENTE:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ADICIONAN Y MODIFICAN DIVERSAS DISPOSICIONES AL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, RELATIVAS A LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ EDITORIAL.

CONSIDERANDO

1. Que de acuerdo con lo establecido en los artículos 46, Apartado A, inciso d), de la Constitución Política de la Ciudad de México (Constitución Local); 37, párrafo primero de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (Ley de Transparencia) y 78 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México (Ley de Datos), ordenamientos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el seis de mayo de dos mil dieciséis y diez de abril de dos mil dieciocho, respectivamente, el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas (INFO o Instituto) es un órgano autónomo especializado, independiente, imparcial y colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, financiera y capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto, así como determinar su organización interna, funcionamiento y resoluciones.

2. Que el Instituto es responsable de garantizar los derechos humanos de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, siendo la autoridad encargada del cumplimiento de la Ley de Transparencia, Ley de Datos y demás normatividad aplicable y vigente, conforme a los principios y bases establecidos por los artículos y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal), así como los Tratados Internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte, rigiéndose por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia, máxima publicidad y pro persona, favoreciendo en todo momento la más amplia protección.

3. Que de acuerdo con lo establecido en el...

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