Aviso por el cual se da a conocer la acción social, “Apoyo para Personas Residentes de la Ciudad de México que Perdieron su Empleo Formal durante la emergencia derivada del SARS-CoV2, (COVID-19)” y sus Lineamientos de Operación

SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

DRA. HAYDEÉ SOLEDAD ARAGÓN MARTÍNEZ, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo, con fundamento en el artículo 10, apartado B, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; los artículos 11, fracción I; 16 fracción XVII, 18, 20 fracción IX y 41 fracción XXXV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos 1, 3, fracción I y 6 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; los artículos 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; artículo 7, fracción XVII, inciso C) y 222 fracción I del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; tengo a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA ACCIÓN SOCIAL "APOYO PARA PERSONAS RESIDENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO QUE PERDIERON SU EMPLEO FORMAL DURANTE LA EMERGENCIA DERIVADA DEL SARS-COV2 (COVID-19)"Y SUS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN.

1. NOMBRE DE LA ACCIÓN

Apoyo para personas residentes de la Ciudad de México que perdieron su empleo formal durante la emergencia derivada del SARS-COV2 (COVID-19).

2. TIPO DE ACCIÓN SOCIAL.

La acción social "Apoyo para personas residentes de la Ciudad de México que perdieron su empleo formal durante la emergencia derivada del SARS-COV2 (COVID-19)" es una estrategia mediante la cual se entregarán apoyos económicos para contribuir a reducir el impacto económico causado por la pérdida del trabajo formal.

3. ENTIDAD RESPONSABLE

Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, a través de la Dirección General de Empleo.

4. DIAGNÓSTICO

4.1. Antecedentes

La epidemia de SARS-COV2 (COVID-19) fue declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como una emergencia de salud pública de preocupación internacional, el 30 de enero de 2020.

En México, la Secretaría de Salud Federal anunció el 29 de febrero de 2020 el primer caso de SARS-COV2 (COVID-19) en un paciente de la Ciudad de México con antecedente de viaje a Italia. El 19 de marzo del mismo año, dicha dependencia dio a conocer el primer deceso atribuible al SARS-COV2 (COVID-19) de una persona que estuvo internada en el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias ubicado en la Ciudad de México.

El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud emitió un comunicado en el que reconoció al brote de enfermedad por el virus SARS-COV2 (COVID -19) como una pandemia, debido a los elevados niveles de propagación y gravedad alrededor del mundo desde diciembre de 2019

En concordancia con las medidas preventivas que se tomaron a nivel internacional y del Gobierno Federal, el Gobierno de la Ciudad de México emitió el Acuerdo por el que se dan a conocer a las personas servidoras públicas de las Alcaldías, Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, las medidas preventivas en materia de salud, con motivo del virus SARS-COV2 (COVID-19), publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de fecha 19 de marzo de 2020.

Para evitar la propagación masiva del virus SARS-COV2 (COVID-19), el 23 de marzo de 2020 la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México anunció el cierre obligatorio de establecimientos y recintos que propician la aglomeración de personas, entre los que se encuentran: cines, teatros, museos, iglesias, deportivos, etc. Adicionalmente, anunció un plan de apoyo emergente para blindar la economía de las familias más vulnerables.

6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5 de mayo de 2020

Mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General, declaró emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARSCOV2 e instruyó a la Secretaría de Salud Federal a determinar todas las acciones que resulten necesarias para atender la emergencia.

El 31 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-COV2, ordenando, entre otros, la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, de las actividades no esenciales, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus aludido en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional.

El mismo 31 de marzo se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Aviso por el que se da a conocer la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor del Consejo de Salud de la Ciudad de México, en concordancia con la emergencia sanitaria declarada por el Consejo de Salubridad General, para controlar, mitigar y evitar la propagación del COVID-19, con el objeto de coincidir con la Declaratoria en el ámbito nacional, así como fortalecer al Comité Científico de Vigilancia Epidemiológica y Sanitaria de la Ciudad de México.

Asimismo, el pasado 1º de abril, la Jefa de Gobierno publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Tercer Acuerdo por el que se determinan Acciones Extraordinarias para atender la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por causa de fuerza mayor, en concordancia con el Acuerdo del Consejo de Salubridad General del Gobierno Federal, con el propósito de evitar el contagio y propagación del SARS-COV2 (COVID-19). Entre las medidas extraordinarias, se suspendieron de forma inmediata actividades no esenciales, lo que repercute en la operación normal de empresas en diversos sectores económicos establecidos en la Ciudad de México, y con ello, en la preservación de empleos formales debido a que algunas empresas han decidido despedir a una parte de sus trabajadores, generando un incremento en el número de personas desempleadas en la Ciudad de México.

4.2. Problema o necesidad social que atiende la acción

El problema social que se busca atender es la pérdida de ingreso laboral atribuible al desempleo involuntario que se ha suscitado a partir de las medidas de suspensión temporal de actividades económicas no esenciales, durante la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia de la enfermedad COVID-19.

Ante la inminente pérdida de empleo durante la emergencia sanitaria derivada del virus SARS-COV2, el Gobierno de la Ciudad de México ha ejecutado las acciones necesarias para mitigar los efectos negativos en la salud de los habitantes de la capital del país, así como en la economía interna de la Ciudad. El beneficio que se busca impulsar a través de la presente acción social es brindar un ingreso a quienes perdieron su empleo formal, para que posteriormente puedan iniciar la búsqueda de empleo y la reincorporación al mercado de trabajo formal en mejores condiciones.

4.3. Justificación y análisis de alternativas

La destrucción de empleos formales ha ido incrementando como consecuencia de las medidas sanitarias para detener la propagación del virus de SARS-COV2 (COVID-19), entre las que se pueden mencionar: cierre obligatorio de establecimientos y recintos que propician la aglomeración de personas y la suspensión de las actividades no esenciales. Según datos del Instituto Mexicano del Seguro Social publicados el 17 de abril, se registraron, para la Ciudad de México y con corte al 31 de marzo, un total de 11 mil 503...

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