Decreto Número 587 que Adicionan una Fracción XXI al Artículo 40 y el Artículo 60 Sexies, de la Ley Orgánica del Municipio Libre.

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Xalapa Enríquez, noviembre 29 de 2012

Oficio número 431/2012

Javier Duarte de Ochoa, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, a sus habitantes sabed:

Que la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado se ha servido dirigirme el siguiente Decreto para su promulgación y publicación:

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo.Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.

La Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33 fracción I y 38 de la Constitución Política local; 18 fracción I y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 75 y 77 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, y en nombre del pueblo, expide el siguiente:

DECRETO NÚMERO 587

QUE ADICIONAN UNA FRACCIÓN XXI AL ARTÍCULO 40 Y EL ARTÍCULO 60 SEXIES,

DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE Artículo Único. Se adicionan una fracción XXI al artículo 40 y el artículo 60 Sexies, de la Ley Orgánica del Municipio Libre, para quedar como sigue:

Artículo 40 ...

I a XX ...

XXI. Ciencia y Tecnología.

Artículo 60 Sexies Son atribuciones de la Comisión de Ciencia y Tecnología:

I. Desarrollar actividades con el objeto de fortalecer el fomento de la investigación científica y el desarrollo tecnológico en el ámbito municipal.

II. Fijar en el presupuesto de egresos del municipio los recursos necesarios para la realización de las actividades relacionadas con la Ciencia y Tecnología.

III. Instalar en los principales parques y bibliotecas públicas municipales, el servicio de Internet gratuito, siempre y cuando lo permitan las condiciones técnicas y geográficas de los municipios.

IV. Las que señalan el artículo 8 de la Ley de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

V. Las demás que expresamente le señalen otras disposiciones normativas.

T R A N S I T O R I O S Artículos Primero y Segundo
Artículo Primero El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del estado de Veracruz de...

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