SE ADICIONA Y REFORMA EL BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES; REGLAMENTO DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES; REGLAMENTO DE PRESUPUESTO Y EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO PARA EL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES; Y REGLAMENTO DE ÁREAS VERDES DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES

Fecha de publicación10 Junio 2019
Sección
Pág. 94 PERIÓDICO OFICIAL Junio 10 de 2019
(Primera Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE JESÚS MARÍA
Ciudadano Maestro en Valuación Arquitecto Noel Mata Atilano, Presidente Municipal Constitucional de Jesús
María, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 115 fracción III de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; artículo 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y
XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, y las demás propias a su
cargo; se hace saber a los habitantes del Municipio de Jesús María que el H onorable Ayuntamiento tuvo a
bien aprobar en sesión extraordinaria de Cabildo celebrada en la presente fecha 6 de junio de 2019, la
Propuesta para adicionar y reformar el Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María,
Aguascalientes; Reglamento de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Municipio
de Jesús María, Aguascalientes; Reglamento de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público para el
Municipio de Jesús María, Aguascalientes; y Reglamento de Áreas Verdes del Municipio de Jesús
María, Aguascalientes”; de la cual se da publicidad en los términos siguientes:
Jesús María, Ags., a 4 de junio de 2019
HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA
P R E S E N T E
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracciones de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 66 y 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y 91 fracción I de la Ley
Municipal para el Estado de Aguascalientes, 22 y 111 y 112 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de
Jesús María, se tiene a bien someter a la recta consideración de esta Soberanía Municipal, propuesta para
adicionar y reformar el Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María, Aguascalientes;
Reglamento de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Municipio de Jesús María,
Aguascalientes; Reglamento de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público para el Municipio de Jesús
María, Aguascalientes; y Reglamento de Áreas Verdes del Municipio de Jesús María, Aguascalientes,
al tenor de la siguiente:
“Exposición de motivos:
I.- Es el caso que a manera extraordinaria en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, de fecha 31
de mayo de 2019, se publicó la “Reforma a la normatividad vigente para la construcción de una normativa
municipal, implementando el Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María,
Aguascalientes y diversos Reglamentos, que entrarían en vigor el día de hoy 4 de junio del año 2019”.
II.- La presente iniciativa que se formula lo es, por un lado, para adicionar la norma fundamental de carácter
municipal denominado Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María, el cúmulo de atribuciones
que corresponden a la Instancia de Salud Pública, con las cuales se regule la prestación del servicio público
que otorga; y por otro lado, el adecuar el nombre correcto de la Dependencia competente en el citado
ordenamiento y en los Reglamentos señalados, conforme a dicha normativa municipal.
III.- Para concretizar lo anterior, se tiene a bien formular el siguiente:
Punto de acuerdo:
Primero: Con respecto al Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María, Aguascalientes:
1.- Se adiciona el artículo 29 Bis al Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María,
Aguascalientes, para quedar en los términos siguientes:
“Artículo 29 Bis.- La Instancia de Salud Pública, tiene las siguientes atribuciones:
I. Colaborar con las autoridades federales y estatales así como instituciones privadas en la ejecución de
planes y programas de salud, a fin de mejorar el nivel de vida de los habitantes del municipio;
II. Promover y coordinar con las autoridades estatales y federales campañas de vacunación y contra
enfermedades zoonoticas, haciendo énfasis en educación y fomento a la salud; con especial interés a
los grupos más vulnerables para mejorar su calidad de vida;
III. Participar durante las Semanas Nacionales de Salud, así como en campañas permanentes, con las
autoridades federales y estatales;

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